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42 NORMAS LEGALES Lunes 1 de febrero de 2021 / El Peruano (interpuso recurso de queja contra la resolución de fecha seis de marzo de dos mil quince) en el equipo de cómputo del Poder Judicial, el mismo que se encuentra dirigido a la Fiscal Provincial titular Civil y Familia de la provincia de Sihuas en el Caso número cero siete guión dos mil quince, donde también luego de terminado e impreso el escrito realizó la misma operación de eliminar los archivos recientes, con el ánimo de no dejar evidencias en el equipo de cómputo asignado a su persona- g) Con el “Acta de Intervención de Equipo de Cómputo” levantada por la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Poder Judicial en la intervención realizada el veintidós de abril de dos mil quince, de fojas setenta y uno a ochenta y uno, se evidencia respecto del equipo de cómputo con código patrimonial setecientos diecinueve mil cuarenta, nombre JMSHS guión cero cuatro, marca Dell, Optiplex nueve mil veinte, con serie seis R treinta y tres CZ uno, utilizando las herramientas informáticas Recuva, para efectuar una búsqueda profunda de los diferentes archivos eliminados, temporales u otros de diferentes extensiones como “.doc” y “Amp”, que fueron direccionados a la carpeta “recuperados” en la unidad D:\, para posteriormente proceder a la instalación de AgentRansack, para poder realizar el fi ltro respectivo, especi fi cando las extensiones precisas, un asunto general (ESCRITO) para la búsqueda y direccionando la ruta donde se obtuvo los archivos de recuperación; obteniendo como resultado una lista de archivos .tem y .doc, procediéndose a la veri fi cación de cada uno de ellos e imprimiendo los documentos que no tiene injerencia con las labores judiciales. Asimismo, tomando al azar dos archivos se veri fi có que habrían sido elaboradas en la máquina del Poder Judicial (Autor PJUDICIAL, Guardado por PJUDICIAL, del archivo Consuelo NCPP.doc, autores Corte Superior de Justicia y guardado por Corte Superior de Justicia del archivo DENUNCIA LUIS.doc). h) Se ha acreditado con los archivos fílmicos del monitoreo efectuado por el Asistente de Informática de Sihuas, que obran en el soporte digital de fojas cinco, así como de los archivos recuperados durante la intervención a la computadora asignada al investigado, el día veintidós de abril de dos mil quince, como consta de fojas setenta, por parte del Asistente de Informática, que los escritos recuperados fueron elaborados por el investigado en el equipo de cómputo intervenido de propiedad del Poder Judicial. Tal es el caso, del escrito dirigido al Juzgado Mixto de Sihuas, sumillado “Demanda sobre Proceso Contencioso Administrativo” de la persona de Nancy Eyeny Moreno Cueva contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Sihuas y la Dirección de Educación de Ancash, fechado el trece de marzo de dos mil quince, de fojas ochocientos cuarenta y uno a ochocientos cuarenta y nueve; e, i) Se ha acreditado con los escritos que han sido recuperados en el equipo de cómputo asignado al investigado Castillo Moreno, que la mayoría son dirigidos al propio órgano jurisdiccional donde desempeña sus labores como Secretario Judicial, y habiéndose solicitado que se ponga a la vista los expedientes que obran en los órganos jurisdiccionales de la provincia de Sihuas, se obtuvo como resultado que éstos, efectivamente, habían ingresado a los juzgados luego de haberse elaborado, sin lugar a dudas, por el propio Secretario Judicial Castillo Moreno, utilizado el equipo de cómputo asignado por el Poder Judicial, sirviéndose de la fi rma de los letrados Haydee Patilla Orihuela y Juan A. García Pecsen; escritos que entre todos los hallados en la computadora intervenida, por lo limitado del tiempo que duró la visita se pudieron ubicar y contrastar durante la intervención de la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash, en presencia del Ministerio Público de Sihuas, conforme es de verse del “Acta de Visita Judicial Extraordinaria Inopinada al Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Sihuas”, levantada en presencia y suscrita por el propio servidor judicial investigado, Luis Alberto Castillo Moreno. Tal es el caso, de las copias certi fi cadas de los escritos y demás actuados que obran en el presente procedimiento administrativo disciplinario, de fojas setecientos ochenta y seis a mil seiscientos cuarenta, los cuales han sido dirigidos al Juzgado Mixto de la provincia de Sihuas, Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Sihuas y a la Fiscal Provincial titular de la Fiscalía Civil y Familia de Sihuas. Sexto. Que, de otro lado, la Jefatura del Órgano de Control de la Magistratura al analizar los fundamentos de defensa del investigado, en cuanto niega los cargos atribuidos en su contra, los ha contrastado con el escrito presentado por la abogada Haydee Patilla Orihuela, de fojas mil novecientos cuarenta a mil novecientos cuarenta y uno; la manifestación de la señora Julia Raquel Cruz Chavarría, de fojas mil seiscientos cincuenta y seis a mil seiscientos cincuenta y ocho; la razón emitida por la servidora judicial encargada de la Mesa de Partes de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash, de fojas ciento noventa; y, la manifestación de la señora Julia Bertha Acuña Romero, de fojas mil seiscientos sesenta y uno a mil seiscientos sesenta y dos, desvirtuando la negación del investigado, dado que lo manifestado por los declarantes no desvirtúan que el investigado no haya sido el que ha elaborado los documentos encontrados en el equipo de cómputo que le asignó el Poder Judicial, e incluso indican que éste era quien presentaba los escritos en la Mesa de Partes de los respectivos órganos jurisdiccionales. Sétimo. Que ante la a fi rmación del investigado sobre que no se explica cómo estaban esos documentos en su equipo de cómputo, el Órgano de Control recibió la manifestación del Asistente de Informática que participó en el operativo de intervención a la computadora del investigado, quien a la pregunta: “¿Los archivos recuperados pueden haberse copiado a un dispositivo USB a la computadora sin que éstos se hayan abierto o ejecutado en la misma? respondió: “Que no, sin embargo debo precisar que todo archivo que se haya ejecutado en la máquina en sus diferentes extensiones de texto, generan archivos temporales, por lo que dichos archivos en algún ,momento han sido abiertos o trabajados en el equipo intervenido” , lo cual a criterio del Órgano Contralor desvirtúa la defesa del investigado. Por lo tanto, tales archivos no se han copiado por error o involuntariamente en el equipo de cómputo intervenido, sino que han sido abiertos y trabajados en la computadora intervenida. Por ello, el mismo Órgano de Control de la Magistratura del Poder Judicial concluyó “... que fue el investigado quien elaboró los documentos encontrados en la computadora, haciendo uso de la misma; tal como se puede comprobar de la evaluación de los medios probatorios en conjunto, esto es los escritos hallados durante la investigación, las declaraciones efectuadas por los testigos, así como del análisis de los archivos que obran en el USB “LUIS (G)” de propiedad del investigado (CD fojas 5), en el que se hallaron los mismos archivos que se trabajaron en la PC asignada a su persona, lo cual se desprende del monitoreo de la computadora asignada a éste por el encargado de informática, de los documentos recabados que fueron elaborados por el investigado, y peor aún que dichos documentos hayan sido ingresados por mesa de partes, en su mayoría de los Juzgados de la provincia de Sihuas, para luego ser anexados y tramitados en sus respectivos expedientes judiciales, tal y como se puede veri fi car a manera de muestra en el escrito de: Yabeth Dines Diestra Ramírez (folios 1116 a 1117 - escrito elaborado por el investigado y a folios 1126 a 1127 escrito recibido por Mesa de Partes de Sihuas y adjunto al expediente judicial), Sebastián Brayan Bermúdez Velásquez (folios 1128 a 1131 - escrito elaborado por el investigado y a folios 1142 a 1145 escrito recibido por Mesa de Partes de Sihuas y adjunto al expediente judicial), Edwin Lenen Chinchay Moreno (folios 1146 a 1150 - escrito elaborado por el investigado y a folios 1163 a 1167 escrito recibido por Mesa de Partes de Sihuas y adjunto al expediente judicial), Nancy Eyeny Moreno Cueva (folios 816 a 824 - escrito elaborado por el investigado y a folios 841 a 849 el escrito ingresado por Mesa de Partes de Sihuas, obrando además a fojas 850 a 852 el auto admisorio de demanda tramitado por el propio investigado en su función de secretario judicial), Oto Augusto Diaz Mori (folios 131 a 132 - escrito elaborado por el investigado con los útiles de escritorio designado al Poder Judicial, tal y como se