Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21



DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

PAGO DE DERECHOS

CALIFICACION PLAZO EVALUACION EN AUT. POS. NEG. DIAS

DEPENDENCIA INICIA TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECUR. IMPUGNATIVO

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

to pesquero en embarcaciones de bandera nacional o extranjera

se al cumplimiento de las normas y procedimientos para evitar la contaminacion ambiental. 3.- Inspeccion Tecnico-Sanitaria efectuada por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero u otra entidad autorizada conforme se establezca por Resolucion Mnisterial. Cuando se trate de embarcacion extranjera con permiso temporal y sin perjuicio de lo indicado en el parrafo anterior, podra presentar el documento internacional de sanidad o certificado de exencion de la desratizacion expedido por el organismo competente del Ministerio de Salud 4.- MORDAZA de pago o declaracion jurada referida a los derechos contemplados en el Art. 16º del Reglamento de la Ley Ge neral de Pesca, conforme se establezca por Resolucion Ministerial. 5.- MORDAZA de pago por derechos de tramite CHI = 0.50 UIT CHD =0.25 UIT PHPR=0.50 UIT

NORMAS LEGALES

6- MORDAZA de pago por la publicacion de la Resolucion de primera instancia y de los recursos impugnativos, cuando corresponda. 0.25 UIT TOTAL CHI = 0.75 UIT CHD = 0.50 UIT PHPR = 0.75 UIT (*)Exonerado Art. 45° de la Ley General de Pesca.

28

Licencia para la operacion de planta de procesamiento pesquero con fines de investigacion, que cuente con Estudio de Impacto Ambiental, MORDAZA bado.

X

30

Oficina de Adm. Documentaria.

DNPP

DNPP DVM.

0.25 UIT

Pag. 177923

29

Licencia para la operacion de planta de procesamiento

1.- Solicitud dirigida a la DNPP 2.- MORDAZA simple del documento de indentidad para personas naturales o de Escritura de Constitucion Social inscrita en el registro correspondiente para personas juridi cas. 3.- Programa de investigacion a que se refiere el Art. 31° del Reglamento de la Ley General de Pesca. 4.- Compromiso de presentar el informe sobre los resultados de la investigacion. 5- MORDAZA de pago por la publicacion de la Resolucion de primera instancia y de los recursos impugnativos cuando corresponda. 6.- Inspeccion Tecnico-Sanitaria efectuada por la Direccion Nacional de Procesamiento Pes quero o una entidad autorizada conforme se establezca por Resolucion Ministerial. 1.- Solicitud dirigida a la DNPP 2.- MORDAZA simple de Certificado de Compatibilidad (*)Exonerado

X

Oficina de Adm.

DNPP

DNPP

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