Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28



DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS Direccion Regional

Pag. 177930

PAGO DE DERECHOS

CALIFICACION PLAZO EVALUACION EN AUT. POS. NEG. DIAS

DEPENDENCIA INICIA TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECUR. IMPUGNATIVO

3. MORDAZA simple de escritura de constitucion social inscrita en el Registro Publico correspondiente. 4. Formulario de verificacion vigente. 5. MORDAZA del pago por derecho de tramite. 6. Certificado de Inspeccion Tecnica emitido por la Direccion Nacional de Acuicultura, o dependencia de pesqueria de los CTAR, de acuerdo a su jurisdiccion. 0.15 UIT X 0.5 UIT 15 DVM DNA Dir. Regional

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Formulario de verificacion con fines de tramitar el otorgamiento de una concesion (No aplicable a subsistencia y menor escala).

1. Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Acuicultura o dependencias de pesqueria de los CTAR, segun Formato N° 11. 2. MORDAZA del pago por derecho de tramite

Oficina de Administracion Documentaria de la Sede Central o Direccion Regional

D.N.A. Dir. Regional Dir. Subregional

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X

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Opinion favorable para la importacion de nauplios, post-larvas y reproductores de langostinos (Penaeus spp); Artemia, poliquetos y otros invertebrados en cualquier estado biologico y forma de MORDAZA, con fines de acuicultura, asi como crustaceos vivos o muertos con destino al consumo humano directo, a excepcion de los enlatados.

Oficina de Administracion Documentaria de la Sede Central o Direccion Regional de Pesqueria.

NORMAS LEGALES

D.N.A. Dir. Regional

DVM DNA Dir. Regional

1. Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Acuicultura o dependencias de pesqueria de los CTAR, adjuntando el Formato N° 12 la misma que se presentara 8 dias MORDAZA de la fecha de importacion. 2. Declaracion jurada, comprometiendose a alcanzar dentro de los seis (6) dias de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o patologico, emitido por la Entidad Oficial del MORDAZA de origen, el mismo que consignara que los especimenes o productos materia de la importacion se encuentran libres de agentes patogenos y de causales de las enfermedades denominadas de la "mancha MORDAZA (WSSV) y de la "cabeza amarilla" (YHV), especificando que en las pruebas realizadas y los resultados obtenidos se ha utilizado la tecnica de la PCR (Reaccion en Cadena de la Polimeresa), en el primer caso. 3. Declaracion jurada, comprometiendose a alcanzar dentro de los seis (6) dias de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o patologico nacional, emitido por la Autoridad competente o laboratorios autorizados por el Ministerio de Pesqueria, donde se consigne que con el uso de la tecnica de la PCR, para el caso de la "mancha blanca", se ha determinado que los especimenes, productos o subproductos de las especies de crustaceos u otros, se encuentran libres de agentes virales causantes de las llamadas enfermedades "mancha blanca" y de la "cabeza amarilla". 4. MORDAZA del pago por derecho de tramite 5. MORDAZA del pago por los gastos que demande la inspeccion. 0.5 UIT 0.5 UIT TOTAL 1 UIT

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

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