Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Procesos de coordinacion interna en los trabajos de Programacion y Formulacion Presupuestal de los Gobiernos Locales Articulo 22°.- Los trabajos correspondientes a las Fases de Programacion y Formulacion Presupuestal de los Gobiernos Locales, cuyo cronograma se detalla en el Anexo N° 1 "Cronograma para la Programacion y Formulacion de los Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2000" de la presente Directiva, se sujetan a lo siguiente: 1. El responsable de la Direccion Municipal a propuesta de la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, emite la correspondiente Directiva de coordinacion, remision y consolidacion de la informacion necesaria, para llevar a cabo los trabajos de Programacion y Formulacion Presupuestal, de conformidad con las disposiciones contenidas en la presente Directiva. La indicada Directiva debe hacer enfasis en el trabajo coordinado y oportuno de las diferentes unidades organicas para un adecuado MORDAZA de elaboracion del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2. La Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, consolida la citada informacion y efectua los procesos tecnicos orientados a Programar y Formular el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). Adicionalmente, debe elaborar la Exposicion de Motivos del Anteproyecto del Presupuesto Institucional de Apertura, segun el Modelo N° 1 "Exposicion de Motivos" asi como consignar la informacion requerida por los Formatos y Anexos establecidos para las Fases de Programacion y Formulacion, que se adjunta a la presente Directiva. 3. En un plazo que vence indefectiblemente el 2 de noviembre de 1999, el Anteproyecto del Presupuesto Institucional de Apertura, la Exposicion de Motivos y los Formatos y Anexos correspondientes son elevados al Titular del Pliego, para su revision. El Titular del Pliego, dentro de los seis (6) dias de elevados los documentos MORDAZA senalados (hasta el 8 de noviembre de 1999), expresa su consentimiento u observaciones a los mismos, debiendo en este ultimo caso devolverlos a la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces, para efectos de la correccion y/o ajustes pertinentes. De producirse observaciones, la Oficina de Planificacion y Presupuesto, dentro de siete (7) dias siguientes de comunicadas por el Titular del Pliego (hasta el 15 de noviembre de 1999), efectua las subsanaciones del caso y vuelve someter el Proyecto al Titular del Pliego. El Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura debidamente corregido y/o subsanado, es sometido por el Titular del Pliego a consideracion del Concejo Municipal para su aprobacion, dentro de los dos (2) dias siguientes (hasta el 17 de noviembre de 1999) a la remision efectuada por la Oficina de Planificacion y Presupuesto . 4. El Concejo Municipal al termino de un plazo que no excede de ocho (08) dias (hasta el 25 de noviembre de 1999), a traves de la Alcaldia, formula las observaciones que estime pertinente senalar, las que deben ser absueltas por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, dentro de los siete (07) dias de culminado el precitado plazo (hasta el 2 de diciembre de 1999). Efectuadas las absoluciones del caso, el Concejo Municipal, en un plazo MORDAZA de siete (07) dias (hasta el 9 de diciembre de 1999), suscribe el Acuerdo, de conformidad con lo prescrito en el articulo 6° de la Ley N° 26703 ­ Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. 5. Una vez sancionado el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura, mediante el Acuerdo de Concejo

correspondiente, este se remite al Titular del Pliego para su promulgacion mediante Resolucion de Alcaldia. CAPITULO IV RESPONSABILIDADES DE LOS TITULARES DE PLIEGO Y DE LAS OFICINAS DE PRESUPUESTO EN LA PROGRAMACION Y FORMULACION PRESUPUESTAL Responsabilidades del Titular del Pliego Articulo 23°.- Para efecto de las acciones que se desarrollen durante las Fases de Programacion y Formulacion Presupuestal, le corresponde al Titular del Pliego las siguientes responsabilidades: a) Establecer los Objetivos Generales para el Ano Fiscal 2000, los cuales deben enmarcarse dentro de las atribuciones y competencias que le corresponden al Pliego, de acuerdo a la Ley N° 23853 ­ Ley Organica de Municipalidades. b) Suscribir el documento denominado Escala de Prioridades. c) Aprobar la propuesta de Estructura Funcional Programatica que presente la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. d) Presentar al Concejo Municipal, dentro del plazo establecido en el Anexo N° 1 de la presente Directiva, el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). e) Remitir el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) a la Municipalidad Provincial, en el caso de los Titulares de Pliego de las Municipalidades Distritales. f) Consolidar y remitir los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA), solo en el caso de las Municipalidades Provinciales, a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Responsabilidades de la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego Articulo 24°.- La Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego como integrante del Sistema de Gestion Presupuestaria del Estado, es responsable de lo siguiente: a) Prestar asesoria tecnica a las diferentes dependencias administrativas de cada Municipalidad, en la elaboracion de la informacion necesaria para la Programacion y Formulacion Presupuestal, encontrandose facultada a emitir las pautas adicionales pertinentes para garantizar la fluidez y consistencia de los procesos de programacion y formulacion, sin que ello implique modificar y/ o desnaturalizar el sentido de las disposiciones legales y administrativas vigentes en materia presupuestal. b) Someter a consideracion del Titular del Pliego la propuesta de Estructura Funcional Programatica; debiendo reflejar, los propositos a lograr durante el Ano Fiscal 2000 establecidos por el Titular del Pliego a traves de los Objetivos Generales senalados durante la Fase de Programacion. c) Contar con la informacion relativa a los ingresos que recaude, obtenga o capte el Pliego, por cada Fuente de Financiamiento. d) Efectuar la compatibilizacion de los ingresos y gastos. e) Supervisar que la Formulacion Presupuestal garantice y priorice el logro de los Objetivos Institucionales establecidos para el Ano Fiscal 2000, asegurando que la seleccion de las Metas Presupuestarias expresen con claridad- dichos propositos. f) Presentar al Titular del Pliego, en expediente unico, el Ante Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura, la Exposicion de Motivos asi como la Escala de Prioridades, Anexos y Formatos respectivos.

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