Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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CAPITULO V

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

DISPOSICIONES PARA LA FASE DE APROBACION Definicion Articulo 25°.- Durante esta Fase deben aprobarse los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA), de conformidad con lo prescrito en el articulo 77° de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 23° de la Ley Nº 26703 ­ Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las disposiciones contenidas en el presente Capitulo. Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los Gobiernos Locales Articulo 26°.- La aprobacion del Presupuesto Municipal de Apertura se realiza a nivel de Pliego (por cada Municipalidad Distrital y Distrito Capital), MORDAZA de Financiamiento, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto, Modalidad de Aplicacion y Especifica del Gasto. Una vez culminado el procedimiento establecido en el articulo 22° de la presente Directiva, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) es promulgado mediante Resolucion de Alcaldia, de acuerdo al Modelo N° 2 "Resolucion de Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2000". Plazo para la aprobacion de los Presupuestos Municipales de Apertura Articulo 27°.- La aprobacion y promulgacion de los Presupuestos Institucionales de Apertura de los Gobiernos Locales se efectua en un plazo que no excede el 31 de diciembre de 1999, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal, debiendo adjuntarse a la citada Resolucion, los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A6, A-6A y A-7 asi como la Exposicion de Motivos (desarrollado en el Modelo N° 1). Remision de los Presupuestos Municipales de Apertura consolidados a Nivel Provincial Articulo 28°.- Los Alcaldes Distritales remiten sus presupuestos aprobados a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geograficamente, a mas tardar el 10 de enero del Ano Fiscal 2000, debiendo adjuntarse los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A, A-6B y A-7. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad, el Presupuesto Institucional de Apertura, consolidado a nivel Provincial, utilizando para dicho fin los Formatos A-2, A-4 y el Anexo N° 14 "Cumplimiento de la MORDAZA de los Presupuestos Institucionales de Apertura por las Municipalidades Distritales - Ano Fiscal 2000", a mas tardar el 20 de enero del Ano Fiscal 2000. Adicionalmente, remiten a los precitados organos, los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A, A-6B y A-7 de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la provincia (incluido el Distrito Capital), con las correspondientes Resoluciones Aprobatorias y Exposiciones de Motivos, dentro del plazo senalado en el parrafo precedente. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo acepta los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) que se remitan a traves de la respectiva Municipalidad Provincial, quedando en la condicion de omisas aquellas Municipalidades Distritales que remitan su PIA directamente a la citada Entidad. DISPOSICION FINAL Remision de informacion adicional Unica.- A efectos de facilitar las labores de seguimiento de la elaboracion de los Presupuestos Municipales para el Ano Fiscal 2000, por parte de la Direccion Nacional del Presu-

puesto Publico, las Municipalidades Provinciales y Distritales deben remitir dentro de los 15 dias a partir de la vigencia de la presente Directiva, la siguiente informacion relativa a todos sus Organismos Publicos Descentralizados, Empresas Municipales y demas entes con personeria juridica inscritos dentro de su respectivo ambito municipal: (a) Dispositivo de creacion y base legal que lo sustenta (de ser posible remitir el informe juridico pertinente). (b) Documentos de organizacion interna (Estatuto y/o documentos similares). (c) Plan Operativo y Presupuesto de los Anos 1998 y 1999. (d) Evaluacion Presupuestaria al MORDAZA Trimestre del Ano 1998. Los Titulares de Pliego, de las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de remitir la informacion resenada en el parrafo precedente. Sobre la base de lo dispuesto en la presente disposicion la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de considerarlo necesario, emite las normas complementarias que se requieran. MODELO Nº 1 EXPOSICION DE MOTIVOS ANO FISCAL 2000 PLIEGO PRESUPUESTARIO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE .................... 1. INTRODUCCION : Debera considerarse lo siguiente : a) b) c) d) Ubicacion Geografica. Poblacion Situacion Actual Problematica Socio Economica

2. BASE LEGAL : Debe resenarse la siguiente base normativa: · · · · · · · Ley de Creacion de la Municipalidad. Ley N° 23853 - Ley Organica de Municipalidades. Ley N° 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y su modificatoria - Ley N° 26884. Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. Resolucion Directoral N° 036 -99-EF/76.01 que aprueba la Directiva N° 007-99-EF/76.01 ­ Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2000. Decreto Legislativo N° 776 - Ley de Tributacion Municipal. Maestro del Clasificador de Ingresos aprobado por la Resolucion Directoral N° 047-98-EF/76.01.

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3. PROPOSITOS MUNICIPALES PARA EL ANO FISCAL 2000 : En este punto debera indicarse el caracter particular que la Municipalidad imprimira en su gestion durante el Ano Fiscal 2000, de acuerdo con la mision que detente, destacando los principales rubros de gasto, de acuerdo a lo siguiente : A) Gasto Corriente : B) Gasto de Capital : C) Servicio de Deuda : 4. PRESUPUESTO PARA EL ANO FISCAL 2000 : En este punto se debe explicar la metodologia utilizada para la Programacion y Formulacion del Presupuesto Municipal de Apertura. Adicionalmente se expondra lo siguiente : I. Estimacion de los Ingresos.- Explicacion breve de la estimacion efectuada en cada Grupo Generico y de las principales Especificas del Ingreso.

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