Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

El monto de este Ingreso esta constituido por el pago al que esta obligado el concesionario minero en donde se encuentra localizado el petitorio o concesion afecta.

Tratamiento de los Saldos de Balance Articulo 9°.- Los Recursos Publicos que no se hayan utilizado al termino del Ano Fiscal 1999, constituyen Saldos de Balance, debiendo ser incorporados en el Presupuesto Institucional aprobado para el Ano Fiscal 2000 una vez culminado el citado periodo, en las mismas MORDAZA de Financiamiento que los han generado. En la Estimacion de los Ingresos, bajo ninguna circunstancia se incluyen proyecciones de Saldos de Balance que pudieran corresponder al Ano Fiscal 1999. SECCION MORDAZA : DETERMINACION Y APROBACION DE LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES Y LA ESCALA DE PRIORIDADES Objeto de la Determinacion de los Objetivos Generales Articulo 10º.- La Determinacion de los Objetivos Generales es un MORDAZA tecnico que tiene por objeto identificar los Propositos institucionales en funcion de los cuales se elaborara el Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2000. Para tal efecto, debe tenerse en cuenta, de ser posible, los Objetivos Estrategicos contemplados en el Plan Estrategico de la Municipalidad, los lineamientos basicos del Programa de Gobierno Municipal, el Plan Integral de Desarrollo Provincial y documentos de similar naturaleza. La falta de los precitados documentos no exime al MORDAZA -en su condicion de Titular de Pliego- de la obligacion de determinar los Objetivos Generales del Pliego para el Ano Fiscal 2000, bajo responsabilidad. Determinacion de los Objetivos Generales Articulo 11º.- La determinacion de los Objetivos Generales del Pliego se sujeta al siguiente procedimiento: (a) En el caso de los Pliegos que cuentan con un Plan Estrategico debidamente aprobado, con un Plan Integral de Desarrollo Provincial o documentos de similar naturaleza, los Objetivos Generales se determinan sobre la base de los Objetivos Estrategicos que incidan en el Ano Fiscal 2000. Para tal efecto, el area de planeamiento u organo responsable de dicha funcion, debe informar, dentro de los diez (10) dias de publicada la presente Directiva, a la Oficina de Presupuesto, los Objetivos Estrategicos que deben tomarse en cuenta para elaborar los Objetivos Generales del Ano 2000. Sobre la base de dichos Objetivos Estrategicos, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, procede a elaborar una propuesta de Objetivos Generales en funcion de la cual se programa y formula el Presupuesto Institucional del Pliego para el Ano Fiscal 2000. (b) En el caso de las Municipalidades que no cuentan con un Plan Estrategico Institucional, Plan Integral de Desarrollo Provincial o documentos de similar naturaleza, y en tanto lo elaboren, las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces efectuan una propuesta de Objetivos Generales para el Ano Fiscal 2000, sobre la base de las atribuciones y competencias a que se refieren los articulos 62°, 70° y 71° de la Ley N° 23853 ­ Ley Organica de Municipalidades, circunscribiendose al ambito funcional, competencias y responsabilidades establecidas en las indicadas disposiciones. Adicionalmente, dicha propuesta debe recoger los lineamientos basicos establecidos en el Programa de Gobierno Municipal (c) Las precitadas propuestas seran sometidas a consideracion del Titular del Pliego para su aprobacion .

Canon Minero Los recursos del Canon Minero se consignan en el Formato A - 1 : Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: Cadena del Ingreso 1. 1.6. 1.6.1. 1.6.1.009. Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Minero

El monto de este Ingreso esta constituido por el rendimiento del 20% del Impuesto a la Renta pagado por los titulares de la actividad minera de la circunscripcion donde se encuentran ubicados los derechos mineros en explotacion.

Canon y Sobrecanon Petrolero Los recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero, se consignan en el Formato A - 1 : Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso : Cadena del Ingreso 1. 1.6. 1.6.1. 1.6.1.007. Cadena del Ingreso 1. 1.6. 1.6.1. 1.6.1.008. Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Canon Petrolero (*) Concepto Ingresos Corrientes Rentas de la Propiedad De la Propiedad Real Sobrecanon Petrolero (*)

(*) Nota: Segun corresponda. El monto de este Ingreso, lo conforman el 10% del valor de la produccion de petroleo de cada MORDAZA (Canon) y el 2.5% en calidad de Sobrecanon. Dicho monto es comunicado oportunamente por el Ministerio de Economia y Finanzas a cada Municipalidad. El Canon le corresponde a los departamentos de MORDAZA y MORDAZA y a la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de MORDAZA y el Sobrecanon le corresponde a los departamentos de Ucayali y Tumbes.

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Programa del Vaso de Leche Los recursos del Programa del Vaso de Leche, se consignan en el Formato A - 1 : Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 13. Donaciones y Transferencias utilizando la siguiente Cadena del Ingreso : Cadena del Ingreso 3. 3.1. 3.1.2. 3.1.2.001. Concepto Transferencias Transferencias Internas : Del Sector Publico Programa del Vaso de Leche

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