Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1999 (16/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Los Titulares de Pliego pueden convocar a los Funcionarios y Servidores de la Municipalidad asi como a la poblacion de su circunscripicion territorial, a fin de exponer los Objetivos Generales propuestos por la Oficina de Presupuesto del Pliego, para su discusion y armonizacion. (d) Sobre la base del examen de la propuesta o de las conclusiones arribadas en las reuniones de coordinacion que se efectuen, segun sea el caso, el Titular del Pliego aprobara y/o formulara las observaciones y sugerencias que estime pertinentes efectuar respecto a la propuesta de Objetivos Generales. De formularse observaciones y/o sugerencias, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, procedera a efectuar las subsanaciones y/o modificaciones e inclusiones pertinentes, luego de lo cual remitira nuevamente la propuesta de Objetivos Generales al Titular del Pliego para su aprobacion. (e) Aprobada la propuesta de Objetivos Generales por el Titular del Pliego, este debe establecer la prioridad de cada uno de los Objetivos Generales suscribiendo el documento denominado Escala de Prioridades, para cuyo efecto, debe utilizarse el modelo contenido en el Anexo Nº 3 : "Escala de Prioridades", de la presente Directiva. Dicho documento debe ser visado por el Titular del Pliego y el Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. Determinacion de los Objetivos Parciales y Especificos Articulo 12º.- En base a los Objetivos Generales, la Oficina de Presupuesto procede a coordinar con las Unidades Organicas del Pliego la elaboracion de los Objetivos Parciales y Especificos, de modo que reflejen las lineas de politica institucional que la Municipalidad desarrollara durante el Ano Fiscal 2000 para el logro de los Objetivos Generales trazados. Para la elaboracion de los Objetivos Parciales y Especificos, debe tomar en cuenta las definiciones tecnicas contenidas en el Anexo N° 15 : "Glosario de Terminos", de la presente Directiva. Las Municipalidades identifican tales Objetivos Parciales, teniendo en cuenta las diferentes acciones que deberan desenvolver durante el Ano Fiscal. Tales acciones, se fundamentan en lo dispuesto en el articulo 62° de la Ley N° 23853 ­ Ley Organica de Municipalidades (funciones generales de la Municipalidad).

En razon a la especializacion que requiere la determinacion de los Objetivos Parciales, estos deben ser propuestos por las diferentes Direcciones de las Municipalidades. La revision y consolidacion de los mismos es responsabilidad de la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. Los Objetivos Especificos son propuestos por las diferentes Unidades Organicas de la Entidad y consolidados por la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. En funcion a los Objetivos Especificos deberan determinarse las Metas Presupuestarias a cumplir durante el Ano Fiscal 2000. Las Metas Presupuestarias deben permitir verificar el logro de los Objetivos Institucionales determinados para el citado periodo, a nivel de cada Actividad y Proyecto. Pautas adicionales para la determinacion de los Objetivos Generales, Parciales y Especificos Articulo 13º.- Los procesos de determinacion de los Objetivos Institucionales, MORDAZA Generales, Parciales o Especificos, deben tener en cuenta las siguientes pautas: (a) No deben ser numerosos. Deben ser concretos y reflejar claramente los propositos que en materia de servicios institucionales, administracion, recursos humanos, infraestructura y equipamiento, desarrollara el Pliego para el Ano Fiscal 2000. (b) Los Objetivos Parciales deben obedecer al criterio de division del trabajo. Es recomendable que cuando un Objetivo General se revele muy complejo para su desarrollo se considere mas de un Objetivo Parcial vinculado al mismo. (c) Los Objetivos Especificos deben servir de base conceptual y permitir una MORDAZA y facil determinacion de las Actividades y Proyectos a seleccionar durante la Fase de Formulacion Presupuestaria. En tal sentido, dichos Objetivos Especificos deben reflejar Propositos claramente definidos, diferenciandose de otros Objetivos Especificos que se identifiquen. (d) Teniendo en cuenta lo precedentemente senalado, la determinacion de los Objetivos Institucionales debe permitir vincularlos facilmente con las Categorias Presupuestarias que conformen la Estructura Funcional Programatica del Pliego para el Ano Fiscal 2000, de acuerdo al siguiente esquema:

Objetivos Generales

Programa

Objetivos Parciales

· Subprograma Subprograma Generales Generales

Objetivos Especificos Objetivos Especificos

Actividad/Proyecto

Nota : Los Objetivos Generales, Parciales y Especificos sirven de referencia para la identificacion de las Categorias Programaticas. Los Objetivos Generales que se definan

para el Ano Fiscal 2000, inciden en el(los) Programa(s) que seleccione el Pliego para dicho periodo. Por tanto, cada Programa seleccionado por el Pliego debe contener -al menos- un (01) Objetivo General, pudiendo ademas darse el caso que un determinado Objetivo General incida en varios Programas.

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