Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2002 (04/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 4 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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dad a cargo de la operacion, el mantenimiento y otras acciones necesarias para la sostenibilidad del proyecto. Articulo 9º Banco de Proyectos 9.1. El Banco de Proyectos esta conformado por todos los Proyectos de Inversion Publica que se encuentran en la fase de preinversion. 9.2. Una vez terminada la elaboracion de un estudio de preinversion, de acuerdo a los Contenidos Minimos establecidos por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, la Unidad Formuladora debe registrar el proyecto formulado, como requisito previo a la evaluacion de dicho estudio. 9.3. Al registrar un Proyecto de Inversion Publica por primera vez, el aplicativo informatico del Banco de Proyectos, define automaticamente la Oficina de Programacion e Inversiones responsable de su evaluacion, en base al Clasificador de Responsabilidad Funcional del SNIP aprobado por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. Tambien genera un codigo de identificacion unico, que permitira el seguimiento y evaluacion del Proyecto de Inversion Publica durante todas sus fases. 9.4. Es responsabilidad de las Oficinas de Programacion e Inversiones y de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico el registro de todas las evaluaciones realizadas. 9.5. Los procesos y procedimientos que utiliza el Banco de Proyectos son establecidos por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. Articulo 10º Coordinacion del Sistema Nacional de Inversion Publica con otros sistemas administrativos Con el fin de optimizar los procesos al interior del Sector Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico: a. Remite a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico o al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado la relacion de Proyectos de Inversion Publica declarados viables. b. En el caso de Proyectos de Inversion Publica que precisen financiamiento mediante una operacion oficial de credito: - Envia a la Direccion General de Credito Publico la propuesta de proyectos, que requieren ser financiados mediante una operacion oficial de credito. Asimismo presentara la propuesta de fuente de financiamiento. Los Proyectos de Inversion Publica deben contar con Perfil aprobado para su inclusion en el programa Anual de Concertaciones. - Coordina con las misiones de las MORDAZA financieras, los aspectos tecnicos de los proyectos y culminado el MORDAZA de preparacion del proyecto, presenta a la Direccion General de Credito Publico el informe tecnico de viabilidad, debiendo actualizarlo o ratificarlo como requisito previo a la aprobacion del dispositivo legal que aprueba la operacion. Los Proyectos de Inversion Publica deben contar con estudios de Prefactibilidad aprobados para que se solicite el inicio de conversaciones con la posible fuente financiera y de Factibilidad aprobados para iniciar el tramite de aprobacion de la operacion. - Es responsabilidad de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, durante la fase de inversion del Proyecto de Inversion Publica, aprobar las modificaciones tales como costos, metas, categorias de inversion y plazo de ejecucion o de desembolso, que a su criterio pudieran afectar su viabilidad. En todas las coordinaciones, MORDAZA referidas, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico actuara con participacion de la Oficina de Programacion e Inversiones del sector. c. Coordina con la Contraloria General de la Republica los lineamientos a incluirse en las acciones de control a fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional de Inversion Publica incluyendo que la elaboracion de estudios definitivos, la ejecucion y la evaluacion ex post, ademas de la operacion y mantenimiento, correspondan al resultado de los estudios de preinversion. d. Establece mecanismos de informacion compartida con otras entidades del sector Publico. Articulo 11º Seguimiento La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y las Oficinas de Programacion e Inversio-

nes se encuentran facultadas para realizar coordinadamente el seguimiento fisico y financiero de los Proyectos de Inversion Publica, con el objeto de propiciar la oportuna toma de decisiones, en cada Sector, durante la fase de inversion. Articulo 12º Evaluacion ex post Las Unidades Ejecutoras son las responsables por las evaluaciones ex post de los Proyectos de Inversion Publica que ejecutan. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico esta facultada para determinar en que casos se requeriran dichas evaluaciones, la metodologia a seguir y el requisito de que sea efectuada o no por una agencia independiente. Los resultados de las evaluaciones deben ser enviadas a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Delegacion de Facultades El Ministerio de Economia y Finanzas aprobara, en un plazo no mayor de 15 dias calendario de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, mediante Resolucion Ministerial, la delegacion de facultades para la declaracion de viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica. Segunda.- Gobiernos Regionales y Locales La aplicacion de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27293 y el presente Reglamento a los Proyectos de Inversion Publica que formulen y ejecuten los Gobiernos Regionales y Locales se realizara progresivamente en la forma y oportunidad que senalen las Resoluciones y Directivas que, para tal efecto, dictara oportunamente la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. En tanto no se conformen los Gobiernos Regionales, los Consejos Transitorios de Administracion Regional se sujetan a las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica, como entidades pertenecientes al Sector Presidencia del Consejo de Ministros. Tercera.- Tratamiento de los proyectos con estudios previos Los Proyectos de Inversion Publica que cuenten con estudios de preinversion o estudios definitivos anteriores al 22 de diciembre del ano 2000 y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA no se hallen contemplada su ejecucion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones aprobados para el ejercicio 2002 o cuya ejecucion presupuestaria directa no se encuentre incluida en el presupuesto aprobado para el ejercicio 2002; requieren, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la evaluacion de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico sobre la viabilidad del proyecto como requisito previo a su ejecucion. Cuarta.- Responsabilidad Toda la informacion que presenten las Unidades Formuladoras sobre los Proyectos de Inversion Publica, incluyendo la registrada en el Banco de proyectos, tienen el caracter de Declaracion Jurada, y en consecuencia se sujetan a las responsabilidades y consecuencias legales correspondientes. El incumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27293 y la presente MORDAZA, por cualquier Entidad, organo o dependencia del Sector Publico No Financiero, sera informado a la Contraloria General de la Republica para los fines de control respectivos. Quinta.- Normas Complementarias La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en el plazo MORDAZA de treinta dias calendario, a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, aprobara, mediante Resolucion Directoral la Directiva que regule los procesos contemplados en el presente Reglamento. Dicha MORDAZA dejara sin efecto la Directiva aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 182-2000-EF-10.

Anexo Glosario de Terminos
1. Analisis Costo Beneficio: Metodologia de evaluacion de un PIP que consiste en identificar, cuantificar y valorar monetariamente los costos y beneficios generados

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