Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2002 (04/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de octubre de 2002

Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 196483 de fecha 13 de noviembre de 2001, presentada por don MORDAZA Freddy MORDAZA Castaneda ante el Registro de Propiedad Vehicular en el que se adjunta la Carta Poder de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tabja, documento supuestamente certificado por el Notario Publico de MORDAZA Dr. MORDAZA Corvetto MORDAZA, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 22 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorandum Nº 1559-2001-ORLCGBM, de fecha 9 de noviembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 179088 de fecha 9 de octubre de 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, en el que se adjunta la Partida de Matrimonio de don MORDAZA MORDAZA Huanac, y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, documento supuestamente extendido por la Municipalidad Provincial de Barranca, la citada municipalidad manifiesta en su Oficio Nº 217-2001DRRCC-MPB, de fecha 22 de octubre de 2001, que el acta de matrimonio es completamente falsa; Que, mediante Memorandum Nº 1549-2001-ORLCGBM, de fecha 7 de noviembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal la Oficina Registral de MORDAZA y Callao sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 192415 de fecha 7 de noviembre de 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el Registro de Propiedad Vehicular, el que se adjunta un Contrato Privado de Compraventa de Motor Usado suscrito entre don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinteros como vendedor, y de la otra parte don MORDAZA Crucita MORDAZA como comprador, por la suma de S/. 1,000.00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles), documento supuestamente certificado por la Notaria Publico de MORDAZA, Dra. MORDAZA MORDAZA de Mestaza, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 12 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorandum Nº 1421-2001-ORLCGBM, de fecha 12 de octubre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 173261 de fecha 3 de octubre de 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, el cual esta referido al Contrato de Compraventa del vehiculo de Placa Nº GO-7726, suscrito de una parte por MORDAZA Mariella Navaro Barragelata, como vendedora y de la otra parte MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como compradora, por la suma de US$ 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Dolares Americanos), asi como copias de los Documentos Nacional de Identidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA Mariella Novaro Barbagelata documento supuestamente certificado por el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Molinares, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 22 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorandum Nº 1269-2001-ORLCGBM, de fecha 7 de setiembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 156398 de fecha 6 de setiembre de 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, en el que se adjunta MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, documento supuestamente certificado por el ex Notario Publico de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Valdez. La Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, administradora del archivo notarial, manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 10 de enero de 2002, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden al despacho notarial del ex Notario Publico de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fallecio el 6 de enero de 2002; Que, mediante Memorandum Nº 506-2001-ORL-GBM, de fecha 3 de MORDAZA de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 58210 de fecha 2 de MORDAZA de 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, el cual esta referido al contrato de Compraventa del vehiculo de Placa II-2209, suscrito de una parte don MORDAZA Elipio MORDAZA MORDAZA como vendedor, y de la otra parte don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como comprador por la suma de US$ 800.00 (Ochocientos y 00/100 Dolares

Americanos), documento supuestamente certificado por el ex Notario Publico de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Molinares, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 23 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CULANTRES 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4. MORDAZA Dejehova MORDAZA MORDAZA 5. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASALINO 6. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7. MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORTIZ; y, Los demas que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Justicia 17601 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 355-2002-JUS MORDAZA, 1 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 1378-2002-JUS/PPMJ de fecha 11 de setiembre de 2002, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 041-2002-ORLC/GL, de fecha 7 de junio de 2002, de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, se desprende que existen indicios razonables de la comision del delito contra la fe publica (Falsificacion de Documentos), en la solicitud de inscripcion del titulo Nº 92410, de fecha 20 de MORDAZA de 2002, presentada por don MORDAZA Rosty MORDAZA MORDAZA, mediante la cual se presenta ante el Registro de Personas Naturales, la escritura de poder especial que otorga don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de don MORDAZA Rosty MORDAZA MORDAZA, documento expedido supuestamente por el Notario Publico de Chiclayo, Dr. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, quien mediante Oficio s/n de fecha 24 de MORDAZA de 2002, manifiesta que la firma y sello no corresponden a su despacho notarial, por lo que es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

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