Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE CALLAO GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE ICA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA MORDAZA METROPOLITANA (REGIMEN ESPECIAL) GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE PASCO GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE TACNA GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

NORMAS LEGALES
0.0005910473 0.0391802854 0.0002165247 0.0130320943 0.0000000000 0.0496331032 0.0000000000 0.0000000000 0.0000808289 0.0000000000 0.0032503273 0.0016363162 0.0069272921 0.0000000000 0.0018519244 0.0021640271 0.0000000000 0.0000000000 0.0173942821 0.0019408132 0.0000005450 0.0524444582 0.0000809552 0.0095751752 0.0000000000 0.0000000000

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 124-2002-EM/ DGE; Estando a lo dispuesto por los articulos 4º y 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a Empresa Regional de Servicios Publicos de Electricidad Electronorte Medio - Hidrandina S.A., que se identificara con codigo Nº 31125102, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, en las instalaciones de la Central Hidroelectrica MORDAZA, que esta ubicada en el distrito de Cajabamba, provincia de Cajabamba, en el departamento de MORDAZA, y cuyas caracteristicas principales son las siguientes: Potencia Instalada Salto neto Caudal Turbinas Recurso Hidrico : : : : : 566 kW (2 x 283 kW) 247 m 0,135 m³/seg. por turbina 02 MORDAZA MORDAZA Rio Lulichuco (Resolucion Administrativa Nº 015-99-CTAR CAJ/DRA-ATDR-CAJAB del 22.10.1999)

Articulo 2º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

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ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a Hidrandina S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2003-MEM/DM
MORDAZA, 12 de agosto de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31125102 que incluye los documentos con Registros Nº 1372512, Nº 1381867 y Nº 1388421, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por la Empresa Regional de Servicios Publicos de Electricidad Electronorte Medio - Hidrandina S.A.; CONSIDERANDO: Que, Hidrandina S.A. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica MORDAZA, con una potencia instalada de 566 kW, ubicada en el distrito de Cajabamba, provincia de Cajabamba, en el departamento de Cajamarca; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, el otorgamiento de la autorizacion solicitada no implica una disminucion, dano o restriccion a la competencia y a la libre concurrencia en los mercados de las actividades de generacion y distribucion o en los mercados relacionados, debido a que la produccion de energia electrica de la Central Hidroelectrica MORDAZA esta destinada al suministro de una MORDAZA de concesion de Hidrandina S.A. que pertenece a un Sistema Secundario; razon por la cual no es de aplicacion lo dispuesto en el articulo 122º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido

MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 15314

Declaran que no hay merito para iniciar MORDAZA administrativo disciplinario a ex Director General de la Oficina General de Recursos y Servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 355-2003-MEM/DM
MORDAZA, 26 de agosto de 2003 Visto el Informe Nº 05-2002-2-0054-EM/IG, que tuvo por objeto verificar si las licitaciones, concursos publicos y adjudicaciones directas realizadas por la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Recursos y Servicios, durante los anos 2000 y 2001, se han efectuado en cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 374-2002-EM/ DM, de fecha 22 de agosto de 2002, se constituyo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada de evaluar el Informe Nº 05-2002-2-0054-EM/ IG, a fin de determinar la procedencia de la instauracion de un MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex funcionario senor MORDAZA MORDAZA Gambetta, en su condicion de ex Director General de la Oficina General de Recursos y Servicios; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 242-2002-EM/ DM, de fecha 23 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 23º del mencionado Reglamento, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad; Que, el articulo 35º del Reglamento citado, establece que las disposiciones senaladas para la constitucion, funcionamiento, atribuciones y procedimiento a seguir de la Comision Permanente, seran de aplicacion para los casos de la Comision Especial;

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