Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, publicada en el Diario Oficial el 7 de marzo de 2002, establece en el articulo 199º que las municipalidades formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que la ley organica de desarrollo constitucional que regula el MORDAZA de descentralizacion, denominada Ley de Bases de la Descentralizacion, aprobada por Ley Nº 27783, publicada en el diario oficial el 20 de MORDAZA de 2002, establece en el articulo 17º, inciso 17.1, que los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; Que la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, publicada en el diario oficial el 27 de MORDAZA de 2003, establece en el articulo 9º las competencias del Concejo Municipal, precisando en el inciso 1, que le compete aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; y en el inciso 14, la de aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que en los articulos 102º, 103º y 104º de la Ley Organica de Municipalidades se establece como la definicion, composicion, instalacion y funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital como el organo de coordinacion y concertacion del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que en los articulos 106º, 108º, 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades se establece la definicion y composicion, funciones, sesiones, delegacion vecinal y regulacion respectivamente de la Junta de Delegados Vecinales como organos de coordinacion para concertar y proponer las prioridades de gasto e inversion local; Que la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, aprobada por Ley Nº 27209, publicada en el diario oficial el 3 de diciembre de 1999, establece en el articulo 8º, inciso 8.1, que el titular del pliego es responsable de las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos nacionales e institucionales y, en lo especifico, al cumplimiento de las metas establecidas en los Presupuestos Institucionales; Que el 20 de MORDAZA de 2003, se publico la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01, Directiva para la programacion, formulacion y aprobacion del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2004, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 020-2003-EF/76.1, la misma que establecio las normas de caracter tecnico y operativo que permitan a los Gobiernos Locales, en su calidad de Pliegos Presupuestales, programar, formular y aprobar sus Presupuestos Institucionales para el ano fiscal 2004; Que el 22 de MORDAZA se publico en el diario oficial el Instructivo Nº 002-2003-EF/76.01, Instructivo para la programacion participativa del presupuesto en los gobiernos regionales y gobiernos locales para el ano fiscal 2004, a traves del cual se establecen los lineamientos para que los gobiernos locales puedan mejorar su gestion institucional en el MORDAZA del presupuesto 2004; Que el citado Instructivo Nº 002-2003-EF/76.01, senala que las pautas del citado Instructivo tienen un caracter referencial y no invalida los casos en los que los gobiernos subnacionales hayan convocado a un MORDAZA similar con igual o diferente denominacion a la de programacion participativa del presupuesto, y que cuente con metodologias diferentes, siempre y cuando el MORDAZA convocado promueva de manera amplia y transparente la discusion, participacion y concertacion de las distintas acciones publicas que se preve desarrollar durante el ano fiscal 2004; Que la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, publicada en el diario oficial el 8 de agosto de 2003, en el articulo 1º, define que el MORDAZA del presupuesto participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalecen las relaciones del Estado - Sociedad Civil, estableciendo que para ello los gobiernos regionales y locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que es politica de la actual gestion fortalecer la gobernabilidad democratica del Gobierno Local, lo cual im-

plica de manera especial realizar un amplio MORDAZA de inclusion ciudadana en la gestion de sus instituciones de gobierno a fin de concertar y trabajar decididamente por el desarrollo humano y favorecer los mecanismos de participacion, transparencia y rendicion de cuentas que aseguren un uso eficiente y eficaz de los recursos publicos en la construccion del desarrollo local; Estando a las facultades conferidas a los gobiernos locales en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Municipalidades; y de manera especifica por lo dispuesto en la Disposicion Complementaria Decimo Sexta de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal y las ABSTENCIONES de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, ROMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ESTRAVER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DENEGRI Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprobo la siguiente: Ordenanza Nº 011 "Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" Titulo Preliminar Articulo 1º.- Finalidad de la Ordenanza. La presente ordenanza tiene por finalidad la aprobacion de los mecanismos de programacion, formulacion y aprobacion participativa del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho para el ano fiscal 2004, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru; los articulos 17º, 18º, 20º y 42º de la Ley de Bases de la Descentralizacion; los articulos 9º, 53º, 102º, 103º, 104º, 106º, 108º, 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades; y las disposiciones de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y de las Directivas del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales dictadas por el Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 2º.- Objeto de la Ordenanza. La presente ordenanza tiene por objeto instaurar en la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho los nuevos conceptos, normas y mecanismos de la gestion presupuestaria participativa de los gobiernos locales, concertando entre las autoridades y los ciudadanos las decisiones y prioridades de la gestion municipal para el ano 2004. A tal efecto se propone los objetivos especificos siguientes: 1.- Establecer nuevas formas de relacion democratica entre la ciudadania y el gobierno local, para gestionar en comun los asuntos publicos, facilitando la informacion para la formacion de politicas publicas locales que definan el destino y prioridades en el uso de los recursos municipales; articulando los objetivos del desarrollo local de largo y mediano plazo, con los objetivos institucionales y metas presupuestales de corto plazo correspondientes al ano fiscal 2004. 2.- Establecer los procedimientos de caracter politicotecnico-operativo que orienten los trabajos de programacion, formulacion y aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho para el Ano Fiscal 2004; impulsando la participacion ciudadana a traves de espacios y MORDAZA permanentes de dialogo, capacitacion, diseno y evolucion de las propuestas de actividades, proyectos o programas de la gestion municipal. 3.- Fortalecer y consolidar los principios, tecnicas, metodos y procedimientos del sistema de gestion presupuestaria participativa que se han de aplicar en la programacion, formulacion y aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2004; desarrollando mecanismos de transparencia fiscal y de gestion municipal que permitan a los ciudadanos fiscalizar, controlar y evaluar el presupuesto municipal. 4.- Establecer las responsabilidades en la intervencion de autoridades, funcionarios, trabajadores y la ciudadania; asi como los plazos para el MORDAZA de programacion, formulacion y aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura para el ano fiscal 2004.

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