Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Capitulo II De la Fase de Programacion

Son funciones de las Redes de Politicas Publicas Locales: 1.- Organizar y sistematizar la informacion de su area funcional respectiva determinando el mejor conocimiento de la realidad local. 2.- Realizar analisis de prospectiva y de escenarios del desarrollo local en su area funcional. 3.- Propiciar consensos entre los actores urbanos para la formulacion de las politicas publicas locales relacionadas con su area funcional. 4.- Proponer estrategias para el desarrollo de las actividades y proyectos de la gestion municipal que favorezcan el logro de resultados para la mejor calidad de MORDAZA y el desarrollo local. 5.- Colaborar en el monitoreo y control de los indicadores del desarrollo local. 6.- Las demas que le delegue el alcalde. Titulo IV Del MORDAZA Participativo para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional Articulo 21º.- Inscripcion y Registro de las Organizaciones Sociales territoriales y sectoriales. La Jefatura de Participacion Vecinal, al dia siguiente de la aprobacion de la presente Ordenanza debe dar inicio al MORDAZA de inscripcion y registro de las organizaciones sociales territoriales y sectoriales que desean participar en el MORDAZA presupuestario del 2004, debiendo emitirse la correspondiente Resolucion Directoral, en un plazo no mayor a 5 dias habiles, aprobando la inscripcion a las organizaciones vecinales que cumplen los requisitos de ley y los dispuestos por la Ordenanza correspondiente aprobada por el Concejo Municipal. Las organizaciones podran inscribir su participacion en no mas de dos de las Redes de Politicas Publicas Locales y solo podran integrar la mesa directiva o su representacion en solo una de ellas. Articulo 22º.- Organizacion de reuniones de la Asamblea Vecinal Distrital. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal organizara reuniones de la Asamblea Vecinal Distrital cuantas veces lo estime conveniente a fin de informar a la poblacion y a las organizaciones vecinales territoriales y sociales sobre el MORDAZA presupuestario y los mecanismos de participacion; se expondra asi mismo el MORDAZA de eleccion a los representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y una sintesis de la evaluacion de la gestion municipal. Las organizaciones vecinales solo podran participar en dicha asamblea con una persona representante previamente inscrita en el Registro de Organizaciones Vecinales. Articulo 23º.- Organizacion del MORDAZA de elecciones de los representantes al Consejo de Coordinacion Local Distrital y las Juntas Vecinales. De acuerdo con lo dispuesto por la presente Ordenanza, la Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto procedera a la organizacion de las elecciones de los representantes de las organizaciones sociales que deben integrar el Consejo de Coordinacion Local Distrital y de los vecinos residentes o delegados vecinales que conformaran las directivas de las Juntas Vecinales en sus tres niveles. Articulo 24º.- Preparacion de la informacion de diagnostico de la realidad local. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal en coordinacion con todas las areas de organizacion organizara y sistematizara toda la informacion relevante que permita a los ciudadanos un mayor conocimiento de la realidad local en todas las dimensiones del desarrollo humano integral y sustentable. Articulo 25º.- Organizacion de la capacitacion de los funcionarios y trabajadores de la municipalidad para la gestion del MORDAZA de presupuesto participativo. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debera organizar todas las actividades de informacion y capacitacion que estime necesarias a fin de motivar y capacitar a los funcionarios y trabajadores de la municipalidad en los fines, procesos y procedimientos de gestion del presupuesto participativo.

Articulo 26º.- Desarrollo de las reuniones participativas de diagnostico de la realidad local. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debera definir la metodologia participativa y realizar reuniones con las Juntas Vecinales y las Redes de Politicas Publicas Locales para identificar las condiciones y necesidades de cada area territorial y de cada dimension del desarrollo local, configurando el documento de diagnostico distrital, en el cual se debe definir con claridad el problema principal y la prioridad de los asuntos que deben ser atendidos por el gobierno local u otras instancias publicas y privadas. Para estas reuniones la Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debera poner a disposicion de los participantes toda la informacion estadistica, documental y de estudios existentes sobre la realidad local. Articulo 27º.- Desarrollo de las reuniones participativas de definicion de la vision y objetivos del desarrollo local. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debera definir la metodologia participativa y realizar las reuniones con las Juntas Vecinales y las Redes de Politicas Publicas Locales para definir la vision, objetivos y prioridades para el desarrollo local que deben ser tomados en cuenta en el Presupuesto Institucional del ano 2004. Para tal efecto, en las reuniones se deben discutir y en su caso validar o recomendar las modificaciones a los objetivos y prioridades institucionales preliminares, indicados en la presente Ordenanza. Articulo 28º.- Desarrollo de las reuniones participativas de elaboracion de propuestas de actividades y proyectos para el Presupuesto Institucional para el ano 2004. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debera definir la metodologia participativa y realizar las reuniones con las Juntas vecinales y las Redes de Politicas Publicas Locales para la definicion de las actividades y de los proyectos en orden de prioridad e importancia segun la evaluacion de las alternativas para cada inversion, en funcion a los recursos presupuestales previstos para el ejercicio fiscal 2004 y a los objetivos institucionales y prioridades de gestion aprobados por Decreto de Alcaldia. Se deben elaborar en dichas reuniones los anteproyectos de los perfiles de las actividades y proyectos propuestos. En estas reuniones la Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debe exponer y proporcionar informacion detallada a los participantes respecto de la real situacion economica y financiera de la municipalidad y de la prevision de los gastos y recursos disponibles para inversiones. Para tal efecto, previamente las areas de la organizacion municipal deberan proporcionar la informacion de ingresos y gastos que les fuese solicitadas, de acuerdo a su naturaleza y funciones. El Director Municipal aprobara, mediante Resolucion, la Directiva que precise la informacion necesaria para los fines del presupuesto participativo, que deberan proporcionar las dependencias administrativas, bajo responsabilidad funcional. Articulo 29º.- Revision tecnica de las propuestas de actividades y proyectos. La Comision Tecnica de Planificacion y Presupuesto Municipal debe realizar la evaluacion tecnica y economica de las propuestas de actividades y proyectos, en coordinacion con todas las areas de la organizacion municipal. Luego de la evaluacion deberan presentar la relacion de las actividades y proyectos totales que seran incluidos en el Presupuesto Institucional y aquellos que no podran serlo, exponiendo las razones tecnicas y economicas de tales decisiones. Capitulo III De la Fase de Formulacion Articulo 30º.- Votacion ciudadana para definir el orden de prioridad en la ejecucion de las actividades y proyectos. Realizada la relacion de actividades y proyectos propuestos por las Juntas Vecinales Comunales y Zonales,

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