Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo se ha tomado conocimiento que el valor referencial unitario de los Mamelucos Nomex Item Nº 05 se encontrarian por encima del valor de MORDAZA, lo que generaria que los postores sobrevaluen el precio de los bienes; Que, el Acta emitida por el Comite Especial senala la necesidad de remitir a revision las especificaciones tecnicas del Item Nº 05 - Mameluco Nomex a fin de asegurar que dichos bienes se ajusten a la necesidad de la Institucion y se adquieran a un precio competitivo en el mercado; Que, la revision de las Especificaciones Tecnicas permitira incorporar caracteristicas a los bienes precisando el uso y los fines que se persiguen con su adquisicion; Que, a traves del Oficio Nº 158-2003-CGBVP/CE de fecha 22 de agosto del 2003 el Comite Especial de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003-CGBVP - Adquisicion de Uniforme para Bomberos del CGBVP - Item Nº 05 - Mameluco Nomex solicito se declare la nulidad del MORDAZA de seleccion y se retrotraiga el mismo a la etapa de elaboracion de bases; Que, el Articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que los procesos de adquisicion y contratacion regulados por esta Ley y su Reglamento se rigen por los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia transparencia, economia, vigencia tecnologica y trato MORDAZA e igualitario; teniendo como finalidad garantizar que las entidades obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados; Que, asimismo, el Articulo 25º inciso a), de la Ley, obliga a que las bases contengan mecanismos que fomenten la mayor participacion de postores en funcion al objeto del MORDAZA y la obtencion de la propuesta tecnica y economica mas favorable.(...); Que, el Articulo 26º del Reglamento senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos (..); Que, el Articulo 57º de la Ley senala que el Tribunal en los casos que conozca declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en el presente caso y por los motivos expuestos en los parrafos precedentes, el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003-CGBVP - Item Nº 05 - Mameluco Nomex ha incurrido en una de las causales de nulidad establecidas en el Articulo 57º de la Ley, especificamente en aquella referida a la contravencion de las normas legales, toda vez que al encontrarse imprecisas las Especificaciones Tecnicas de las Bases del MORDAZA de seleccion que nos ocupa, no se estaria garantizando el cumplimiento de la finalidad establecida en el Articulo 3º del TUO de la Ley y por el contrario se estaria atentando contra MORDAZA, asi como tambien se estaria contraviniendo lo establecido por el Articulo 25º inciso a) del TUO de la Ley; Por lo expuesto y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar NULO el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003-CGBVP - Adquisicion de Uniformes para Bomberos del CGBVP - Item Nº 05 Mameluco Nomex, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la etapa de formulacion de Bases. Articulo 2º.- Devolver a las empresas postoras que presentaron propuesta solo por el Item Nº 05 - Mameluco Nomex el pago por derecho de adquisicion de bases.

Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 16004

INDECOPI
Aceptan renuncia de miembro de la Comision Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en ESAN
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 089-2003-INDECOPI/DIR
MORDAZA, 26 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA Serida Nishimura ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados - ESAN; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la institucion; y, De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA Serida Nishimura al cargo de miembro de la Comision Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados -ESAN-, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Directorio (e) 15949

INEI
Amplian plazo para que entidades de la Administracion Publica comuniquen al INEI la adecuacion del nombre de dominio a que se refiere la R.J. Nº 2072002-INEI
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 259-2003-INEI
MORDAZA, 27 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 207-2002-INEI, se aprobo la Directiva Nº 010-2002-INEI/DTNP "Normas Tecnicas para la asignacion de nombres de Dominio de las Entidades de la Administracion Publica" para su aplicacion y cumplimiento en las entidades del Poder Ejecuti-

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