Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, para el ejercicio presupuestal 2003, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0392003-EM/DM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, quedando el MORDAZA Plan redactado de acuerdo al documento adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobadas en el articulo 1º de la presente Resolucion MORDAZA comunicadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, y que MORDAZA puestas a disposicion del publico en general en la Pagina Web de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 16033

Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2003-IN-1704 que establece el diseno, caracteristicas, especificaciones tecnicas, distintivos e implementos y uso del uniforme por parte del personal que presta Servicios de Seguridad Privada en el ambito nacional, en sus diversas modalidades. Articulo 2º.- Deroguese la R.M. Nº 0660-92-IN/DGGI del 30.JUL.92 y su modificatoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior DIRECTIVA Nº 001-2003-IN-1704 ESTABLECER EL DISENO, CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES TECNICAS, DISTINTIVOS, IMPLEMENTOS Y USO DEL UNIFORME, DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA A NIVEL NACIONAL EN SUS DIVERSAS MODALIDADES I. ASPECTOS GENERALES A. OBJETIVO

INTERIOR
Aprueban Directiva que establece diseno, caracteristicas, tecnicas, distintivos, implementos y uso del uniforme del personal que presta servicios de seguridad privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1424-2003-IN-1701
MORDAZA, 25 de agosto del 2003 VISTO; el estudio formulado por el Director General de la DICSCAMEC, sobre la necesidad de actualizar la normatividad legal vigente relacionada con el uso del uniforme para el personal de vigilantes de las Empresas de Seguridad Privada; CONSIDERANDO: Que, por R.M. Nº 0660-92-IN/DGGI del 30.JUL.92, modificada mediante R.M. Nº 1088-97-IN-0304000000 del 2.DIC.97, se dictaron normas que disponen el uso de uniforme de un solo MORDAZA y color para el personal de vigilantes dedicados a la actividad de Seguridad Privada; Que, el desarrollo de la seguridad y vigilancia privada, a traves de sus diferentes modalidades esta motivando el requerimiento por parte de usuarios que ejercen actividades comerciales con ciertas caracteristicas y peculiaridades que justifican la prestacion de servicios de seguridad privada provistas de un uniforme que le facilite las acciones de control, situacion no prevista en la normatividad vigente; Que, con el fin de superar la situacion presentada, buscando perfeccionar el sistema de seguridad y vigilancia, en los aspectos de funcionamiento y control, teniendose en consideracion las sugerencias presentadas por organizaciones que agrupan a empresas de servicios de seguridad privada, la opinion de especialistas en esta actividad, asi como preceptos normativos de legislacion comparada al respecto, es necesario actualizar la normatividad vigente, sobre el uso de uniforme para el personal que presta Servicios de Seguridad Privada; Que, el articulo 60º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por D.S. Nº 005-94-IN del 9.MAY.94, establece que el Sector Interior mediante Resolucion Ministerial normara las caracteristicas, especificaciones tecnicas y uso del uniforme, emblemas, distintivos e implementos del personal que presta Servicios de Seguridad Privada a nivel nacional; Estando a lo informado por la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior;

Normar el diseno de las caracteristicas, especificaciones tecnicas, distintivos, implementos y uso del uniforme del personal que presta servicios de seguridad privada a nivel nacional, en las modalidades de Vigilancia Privada, Proteccion Interna, Transporte de Dinero y Valores, y Servicio Individual de Seguridad Patrimonial. B. FINALIDAD Regular el uso del uniforme, distintivos e implementos del personal que presta servicios de seguridad privada en sus diferentes modalidades, a fin de lograr una adecuada MORDAZA y facilitar el control por parte de la DICSCAMEC. C. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de competencia de: 1. Las Personas Naturales y Juridicas que desarrollan actividades o prestan servicios de seguridad privada en sus diversas modalidades. 2. Personal de la Sede Central DICSCAMEC, de las Jefaturas Departamentales y Delegaciones Policiales Departamentales de Apoyo a la DICSCAMEC a nivel nacional. D. VIGENCIA A partir de la fecha de su aprobacion. II. BASE LEGAL D.S. Nº 005-94-IN del 9.MAY.94, que aprueba el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada. III. DISPOSICIONES GENERALES A. El Personal que preste Servicios de Seguridad Privada a nivel Nacional utilizara para su servicio el Uniforme establecido en la presente Directiva el mismo que para justificar su uso obedeciendo a su modalidad y a determinadas caracteristicas o peculiaridades se ha clasificado en la presente Directiva en Uniforme Numero UNO y Uniforme Numero DOS. B. El personal que preste servicios de seguridad privada, en las modalidades de Vigilancia Privada, Proteccion Interna, Transporte de Dinero y Valores, y Servicio Individual de Seguridad Patrimonial, usara obligatoriamente el Uniforme Numero UNO acorde a las caracteristicas y especificaciones tecnicas establecidas en la presente directiva. C. El personal que presta servicios de seguridad privada en el interior de instalaciones, que por sus caracteristicas y peculiaridades justifique utilizar uniforme distinto al indicado en el literal "B" requerira de la evaluacion y aprobacion previa de la DICSCAMEC. En caso de contar con dicha aprobacion utilizara el Uniforme Numero DOS cuyas caracteristicas se detallan en la presente directiva.

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