Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

NO", con matricula Nº PL-2423-CM, de Arqueo Neto 15.03 equivalente a 63.88 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 y 38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca para la extraccion del recurso sardina con destino al consumo humano indirecto y los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Conforme a los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE y hasta que se concluya con el MORDAZA de implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital en las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente obtenido al MORDAZA de la Ley Nº 26920, los armadores de la embarcacion citada en el articulo 1º de la presente resolucion estan obligados a solicitar, previo a cada zarpe con fines de pesca, el embarque de un inspector acreditado, de acuerdo a las disposiciones que se establezcan por Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo 1º de la presente resolucion, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, normas de sanidad, normas de proteccion del medio ambiente, asi como demas normas complementarias del ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, al embarque de un inspector acreditado conforme al articulo 3º de la presente resolucion o a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital -SISESAT a bordo de la referida embarcacion, cuando corresponda y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con la respectiva MORDAZA, el mismo que sera abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado por el articulo 1º de la presente resolucion, en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 191-2002-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria del Litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15872

tida - MORDAZA XIV, por la excelente labor desempenada durante la misma; Vista la Resolucion Ministerial Nº 385-DE/FAP-CP del 18 de febrero de 2003, en la que se nombra al personal de tripulantes de la aeronave FAP que efectuara el repliegue del personal y material de la Expedicion MORDAZA XIV; Visto el Oficio V-55-DOEN-Nº 1244 del 1 de MORDAZA 2003, en que se da cuenta de la omision del MAY. FAP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA integrante de la tripulacion de la aeronave L-100-20 FAP Nº 397 que participo en el repliegue de la Expedicion Antartica del 13 al 21 de febrero 2003; CONSIDERANDO: Que la mencionada felicitacion debe alcanzar a todos y cada uno de los integrantes de la expedicion que cumplieron con eficiencia las funciones encomendadas en beneficio de la MORDAZA MORDAZA XIV; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Hacer extensiva la felicitacion, en via de regularizacion, al siguiente personal, integrante de la Decimocuarta MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida - MORDAZA XIV, por la excelente labor efectuada, lo que ha contribuido en forma sustantiva al exito de la misma y a los objetivos trazados en la Politica Nacional Antartica: Tripulacion Aeronaves de la Fuerza Aerea del Peru Avion MORDAZA L-100. 1. Mayor FAP MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, Piloto. Articulo Segundo.- MORDAZA de la presente Resolucion Suprema debera ser incluida en la respectiva Foja de Servicios, para los efectos correspondientes. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Defensa y Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 16192

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Amplian plazo a que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud
DECRETO SUPREMO Nº 008-2003-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 001-98-SA y 010-2002-SA, se establecio que los asegurados de regimenes especiales, registrados bajo la modalidad de Continuacion Facultativa, Facultativo Independiente, Ama de MORDAZA y Chofer Profesional Independiente, al 9 de setiembre de 1997, continuarian gozando del integro de sus prestaciones a cargo de EsSalud hasta el 31 de agosto del 2003, debiendo trasladarse al Seguro Potestativo despues de esta fecha;

RELACIONES EXTERIORES
Expresan reconocimiento a personal integrante de la Decimocuarta MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida por la labor efectuada
RESOLUCION SUPREMA Nº 216-2003-RE
MORDAZA, 28 de agosto de 2003 Vista la Resolucion Suprema Nº 103-2003-RE de 23 de MORDAZA de 2003, en la que se MORDAZA al personal integrante de la Decimocuarta MORDAZA Cientifica del Peru en la Antar-

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