Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2006 (22/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006 MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica

NORMAS LEGALES

Pag. 315183

Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el senor Presidente de la Republica, en cumplimiento de los articulos 108º de la Constitucion Politica y 80º del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de marzo de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 05285

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros

LEY Nº 28696
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Per manente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

05286

LEY Nº 28697
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Per manente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL DE LA LEY Nº 26338 LEY GENERAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto modificar la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento. Articulo 2º.- Modificacion legal Modificase la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, la misma que quedara redactada de la siguiente manera: "QUINTA.- La Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA (SEDAPAL) se encuentra fuera de los alcances de lo previsto en los articulos 5º, 7º, 45º, 46º y 47º de la presente Ley. Precisase que el ambito de responsabilidad de SEDAPAL comprende la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao y aquellas otras provincias, distritos o zonas del departamento de MORDAZA que se adscriban mediante resolucion ministerial del Sector Vivienda, cuando MORDAZA continuidad territorial y la cobertura del servicio pueda ser efectuada en forma directa por dicha empresa." Articulo 3º.- Disposiciones finales Deroganse todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. La presente Ley entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano".

LEY QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 173º, INCISO 2, Y 321º, INCISO 2, DEL CODIGO PROCESAL PENAL
Articulo unico.- Objeto de la Ley Modificanse los articulos 173º, inciso 2, y 321º, inciso 2, del Codigo Procesal Penal, en los terminos siguientes: "Articulo 173º.- Nombramiento (...) 2. La labor pericial se encomendara, sin necesidad de designacion expresa, al Laboratorio de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, a la Direccion de Policia Contra la Corrupcion y al Instituto de Medicina Legal, asi como a los organismos del Estado que desarrollan labor cientifica o tecnica, los que presentaran su MORDAZA gratuitamente. Tambien podra encomendarse la labor pericial a universidades, institutos de investigacion o personas juridicas en general, siempre que reunan las cualidades necesarias para tal fin, con conocimiento de las partes. Articulo 321º.- Finalidad (...) 2. La Policia Nacional del Peru y sus organos especializados en criminalistica, la Direccion de Policia Contra la Corrupcion, el Instituto de Medicina Legal y los demas organismos tecnicos del Estado, estan obligados a prestar apoyo al Fiscal. Las universidades, institutos superiores y entidades

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.