Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2006 (22/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA
Sancionan con destitucion a servidora de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 022-2006/MDCA Cerro MORDAZA, 14 de marzo de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA VISTO: El Informe Nº 003-2006-CPPAD-MDCA de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 004-2006/ MDCA de fecha 4 de febrero del presente ano, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora contratada MORDAZA MORDAZA AYAUCAN CARBONEL asistente de la Oficina de Contabilidad de esta entidad, por la comision de faltas administrativas tipificadas los incisos d) y f) del articulo 28º de la Ley de Bases para la MORDAZA Administrativa - Decreto Legislativo Nº 276, ello en virtud de las conclusiones y recomendaciones precisadas en el Informe Nº 001-2005-CPPAD-MDCA de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, el Informe Nº 003-2006-CPPAD-MDCA, es consecuencia de la evaluacion de caracter juridico administrativo efectuada por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; siendo el caso de que dicho Colegiado ha considerado de que existen suficientes elementos de prueba para determinar de que la servidora contratada MORDAZA MORDAZA AYAUCAN CARBONEL ha incurrido en responsabilidad administrativa funcional respecto a los hechos imputados tales como: haber aceptado el giro de cheques diferente a sus remuneraciones a su nombre, haberlos hecho efectivo apropiandose indebidamente de dichos fondos cuando los mismos estaban destinados al pago de obligaciones de esta entidad frente a terceros: Administradoras de Fondos de Pension, Oficina de Normalizacion Previsional, ESSALUD, SUNAT y otros, fondos por los cuales no ha rendido cuenta y/o efectuado su devolucion, hecho que viene acarreando a la fecha graves perjuicios; habiendo determinado la precitada comision de que los referidos titulos valores correspondian a la Cuenta Corriente Nº 401-0000151677 de esta entidad en el Banco Interbank, siendo su detalle el Cheque Nº 56599474 por la suma de Cuatrocientos Setentiocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 478.00) el Cheque Nº 56599809 por la suma de Cuatrocientos Setentiocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 478.00), el Cheque Nº 56598606 por la suma de Seis Mil Setecientos Sesenta y Cinco y 84/100 Nuevos Soles (S/. 6, 765.84), todos ellos girados a nombre de la servidora contratada denunciada y cobrados, el 4 de MORDAZA, 30 de junio y 25 de agosto del ano proximo pasado, respectivamente; montos de los cuales se habria apropiado de la suma de Cuatro Mil Seiscientos

Ochenta y cuatro Nuevos Soles con 84/100 (S/. 4,684.84); Que, la imputada presenta una absoluta falta de responsabilidad en el desempeno de las funciones para las cuales fue contratada y se rehusa efectuar descargo alguno sobre los cargos hechos en su contra, ello a pesar de haber sido requerida conforme a Ley, siendo lo mas grave que de acuerdo a las investigaciones efectuadas por la Comision Pe r manente de Procesos Administrativos Disciplinarios, se ha comprobado de que esta conducta ha sido efectuada por la servidora imputada no solo en los casos imputados ut supra sino en otros de manera reiterativa y sistematica, ascendiendo los montos apropiados a los preliminarmente determinados e imputados a la servidora contratada, vale decir que dichos montos a la fecha superarian los Trece Mil Ochocientos Cincuentiseis Nuevos Soles con 44/100 (S/.13,856.44) y, por los cuales tampoco dicha servidora contratada ha rendido cuenta ni efectuado devolucion alguna a esta entidad; lo cual reviste singular gravedad que debe ser tomada en consideracion; Que, la procesada no ha presentado prueba alguna para desvirtuar los cargos materia del MORDAZA, conforme lo dispone el articulo 169º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que en consecuencia ha quedado demostrado de que la misma ha incurrido en las causales senaladas de sancion administrativa precisadas en el primer considerando y, estando lo propuesto por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y; resguardando los principios de legalidad, razonabilidad, tipicidad y causalidad, es pertinente la aplicacion de la sancion disciplinaria referida en el inciso d) del articulo 26º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector PublicoDecreto Legislativo Nº 276º concordante con lo precisado en el articulo 115º inciso d) de su Reglamento -Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, el articulo 242º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 precisa que la Presidencia del Consejo de Ministros conduce en forma permanente un Registro Nacional de Sanciones de destitucion y despido que se hayan aplicado a cualquier autoridad o personal al servicio de la entidad, independientemente de su regimen laboral o contractual, con el objeto de impedir su reingreso a cualquiera de las entidades por un plazo de cinco anos; siendo en este contexto necesario remitir la informacion necesaria a dicha entidad para los fines de Ley; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico- Decreto Legislativo Nº 276º y, su Reglamento - Decreto Supremo Nº 005-90 PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion de Destitucion a MORDAZA MORDAZA AYAUCAN CARBONEL, servidora contratada, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion, Oficina de Personal y Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion; debiendose remitir MORDAZA del presente acto administrativo a la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a Ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05124

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