Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2006 (22/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006

desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, a los funcionarios que se indican a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tafur. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mimbela. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Intendente (e) Intendencia Regional - MORDAZA 05183

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban los "Lineamientos de Politica Regional en materia del Enfoque de Equidad de Genero en la Region Ica 2004-2006"
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Ica, mediante Oficio Nº 517-2006GORE ICA/GGR-SG-UAD, recibido el 20 de marzo de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº 0011-2004-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: El Consejo Regional de lca, en Sesion Ordinaria del 15 de MORDAZA del 2004 con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y con dispensa del tramite de Comisiones y de debate ha aprobado la Ordenanza Regional sobre los "Lineamientos de Politicas Regional en Materia de Equidad de Genero en la Region de lea 2004-2006"; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion Ley Nº 27680, establece en su Art. 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa; asimismo en el inciso 5) del Art. 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socioeconomico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el numeral 17.2 del Art. 17º de la Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783, referido a la Participacion Ciudadana establece que sin perjuicio de los derechos politicos que asisten a todos los ciudadanos de conformidad con la Constitucion y la ley de la materia, la participacion de ciudadanas y ciudadanos se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes y, los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a Ley; Que, el Gobierno Regional de lca se adhiere a los tratados internacionales suscritos, aprobados y ratificados por el Peru que integran el concepto de genero, como son: El Estatuto de MORDAZA de la Corte Penal Internacional, la Convencion Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (CONVENCION DE MORDAZA DO PARA). Los protocolos de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, El Programa Interamericano sobre la Promocion de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Genero de la Comision Interamericana CIM, de la OEA, La Carta Democratica Interamericana; Que, el Gobierno Regional de lca, asume los Acuerdos del Cairo y Copenhague de Mujeres y, la Conferencia Mundial sobre la Mujer de Bejing (1995) preve garantizar la igualdad y la no discriminacion de la mujer ante la Ley; Que, la Constitucion Politica del Peru de 1993, Art. 191º reformado mediante la Ley Nº 27680, publicada el 7 de marzo del 2002, establece porcentajes minimos para hacer accesible la representacion de genero, comunidades nativas y pueblos originarios en los Consejos Regionales. Igual tratamiento se aplica para los Concejos Municipales; Que, el Art. 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de genero, etnicas, religiosas entre otras

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 012-2006-SEPS/S MORDAZA, 17 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las Ofertas de Puestos Publicos que tengan previsto concursar, excepto los puestos clasificados como de confianza; al efecto que se difundan por los medios de comunicacion que senala la misma norma; Que, corresponde al titular de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al mencionado Programa, con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes a ofertar; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA Paoli Casuso, Especialista en Recursos Humanos como funcionario responsable de remitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- Derogar la Resolucion de Superintendencia Nº 054-2004-SEPS/S. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 05165

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