Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2006 (22/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

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los programas socio-economicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo, literal b) Formular y Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las Municipalidades y la Sociedad Civil de su Region y; numeral 2 son competencias compartidas del Gobierno Regional, literal h) participacion ciudadana, alentando la concertacion entre los intereses publicos y privados en todos los niveles; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28056 - "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo", Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba su Reglamento, Ley Nº 27293 - "Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica" y demas disposiciones complementarias y modificatorias; es pertinente oficializar el inicio del mencionado MORDAZA mediante Ordenanza Regional, aprobar su reglamentacion y disponer la implementacion de la identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes en el proceso; De conformidad con la Ley Nº 27783 - "Ley de Bases de la Descentralizacion", Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales" y su modificatoria Ley Nº 27902 que regula la participacion de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales, asi como el fortalecimiento del MORDAZA de Descentralizacion y Regionalizacion; Que, en uso de las atribuciones que le confiere la ley al Consejo Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARESE INICIADO E IMPLEMENTADO el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2007 del Gobierno Regional de Ica, a desarrollarse en el ambito del departamento de Ica. Articulo Segundo.- El Gobierno Regional de Ica con la participacion del Consejo de Coordinacion Regional, convocara a la poblacion debidamente organizada, a las organizaciones publicas y privadas que ejecutan acciones en la region, a la cooperacion tecnica y a las autoridades elegidas democraticamente en elecciones publicas; a participar activamente en el mencionado evento, previa inscripcion como Agentes Participantes, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes en la materia; asimismo se podran recibir los aportes de monitoreos y acciones de distintas organizaciones de la sociedad civil para el exito de este MORDAZA Articulo Tercero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto, Participativo para el Ano Fiscal 2007 y el respectivo Cronograma de Actividades, los mismos que serviran de MORDAZA referencial para el desarrollo mencionado MORDAZA, de conformidad con las normas legales vigentes. Dicho cronograma debera ser debidamente consensuado con las autoridades de los Gobiernos Locales y los representantes de los Consejos de Coordinacion Regional y Local Provincial y Distrital. Articulo Cuarto.- DISPONER la implementacion de la identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2007, sobre la base del Libro de Inscripciones de las Organizaciones Publicas y Privadas y de la Sociedad Civil aperturado por el Gobierno Regional de Ica en el ano Fiscal 2004 y 2005 respectivamente, lo que a su vez contribuira al MORDAZA de eleccion de los integrantes del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Ica para el Ano Fiscal 2007. Articulo Quinto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial con la participacion de los Consejos de Coordinacion Regional, se encarguen de la organizacion del mencionado MORDAZA y de la confor macion del Equipo Tecnico que evaluara tecnicamente las acciones propuestas por los Agentes Participantes debidamente acreditados que intervendran en los talleres de trabajo respectivos. Articulo Sexto.- DISPONER que las Instancias Administrativas respectivas del Gobierno Regional de Ica, realicen una adecuada prevision de los Recursos Financieros y Logisticos, entre otros; a fin de llevar a cabo el aludido MORDAZA, sin ningun contratiempo hasta su culminacion.

Publiquese, registrese y cumplase. Dado, en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 05186

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas mediante las cuales la Municipalidad Distrital de Chorrillos establece montos por servicio de emision, determinacion y distribucion de tributos para el ejercicio 2006
ACUERDO DE CONCEJO Nº 080 MORDAZA, 2 de marzo de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2 de marzo del ano en curso, el Oficio Nº 001-090-00003206 y el Informe Nº 004-082-00000440, elaborado por la Gerencia Legal, ambos del Servicio de Administracion Tributaria, en relacion a la solicitud presentada por la Municipalidad Distrital de Chorrillos de ratificacion de la Ordenanza Nº 093-MDCH, modificada por la Ordenanza Nº 097-MDCH, por medio de la cual se establece los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion de tributos correspondientes al ejercicio 2006, a aplicarse en su jurisdiccion. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, en virtud a lo senalado, mediante Oficio Nº 0412005-SG-MDCH del 6 de enero de 2005, la Municipalidad Distrital de Chorrillos solicito la ratificacion de la Ordenanza Nº 093-MDCH, mediante la cual establece los montos por el servicio de emision, determinacion y distribucion de tributos para el ejercicio 2006; Que, la Ordenanza Nº 607-MML publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas Tributarias, cuya Sexta Disposicion Final indica que sus disposiciones seran de aplicacion para la tramitacion de los Procedimientos de Ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales que aprueben derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada segun lo establecido en dicha Ordenanzas; Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los Articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el Articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, regula dicha potestad municipal de crear, modificar y suprimir las tasas y contribuciones; Que, mediante la Ordenanza Nº 093-MDCH, modificada por la Ordenanza Nº 097-MDCH, la

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