Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2006 (22/03/2006)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2006

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 555-2005/ MINSA, de fecha 19 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital de Chancay de la Direccion de Salud III Lima; Que con Resolucion Ministerial Nº 886-2005/MINSA, de fecha 17 de noviembre de 2005, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Chancay de la Direccion de Salud III Lima; Que se encuentra en calidad de previsto el cargo de Director de la Oficina de Administracion y la plaza debidamente presupuestada, por lo que resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del articulo 8º de la Ley Nº 28652 y el articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de la Oficina de Administracion, Nivel F-3, del Hospital de Chancay de la Direccion de Salud III Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 05166

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Costa Rica, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 237-2006-MTC/02 MORDAZA, 20 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, los viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos quedan prohibidos, exceptuandose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del ano 2006, los que seran aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es

ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, la empresa Taca Peru S.A., con Carta TP-05903-06, del 1 de marzo de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica por renovacion de MORDAZA de Conformidad a la aeronave Airbus 320 de matricula N-464TA de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, durante los dias 22 al 24 de marzo de 2006; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 7199, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0430-2006-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar la inspeccion tecnica por renovacion de MORDAZA de Conformidad a la aeronave Airbus 320 de matricula N464TA de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, durante los dias 22 al 24 de marzo de 2006; Que, constituyendo una accion que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Direccion General de Aeronautica Civil para el presente ano, el viaje al exterior de los Inspectores mencionados, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aereas en concordancia con las normas tecnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, modificado por el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el articulo 16º del Decreto de Urgencia Nº 0022006, establece que "mediante Resolucion del Titular del Sector debera aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, MORDAZA del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizara la relacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos considerando que el gasto presupuestado, con cargo a los recursos publicos, debera ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relacion al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolucion Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 2006, se aprobo el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el Ano Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje de inspeccion solicitado;

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