Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Establecer una medida extraordinaria y urgente destinada a otorgar un racionamiento especial para el personal de Tropa de las Fuerzas Armadas y el personal Subalterno de la Policia Nacional del Peru que presta servicios en la Region Militar del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE) a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 001-2009-DE/EP. Articulo 2º.- Racionamiento Especial - VRAE 2.1 Autorizase al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior a otorgar el Racionamiento Especial - VRAE equivalente a DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10,00) diarios, a favor del personal de Tropa de las Fuerzas Armadas y del personal Subalterno de la Policia Nacional del Peru mientras permanezca efectuando servicios en la Region Militar VRAE. 2.2 Dicho racionamiento se aplica hasta el 31 de diciembre de 2009, no tiene caracter remunerativo o pensionable ni constituye base para el calculo y/o reajuste de beneficio, asignacion o entrega alguna. Tampoco es extensivo para los pensionistas bajo el regimen del Decreto Ley Nº 19846. 2.3 Lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia suspende la aplicacion de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 040-2003-EF y en el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 28254 para el personal de Tropa de las Fuerzas Armadas y para el personal Subalterno de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, en tanto se encuentren prestando servicios en la referida Region Militar VRAE, conforme a lo establecido en los numerales precedentes. Articulo 3º.- Del financiamiento El gasto que irrogue la aplicacion del presente dispositivo se financiara integramente con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa y del Pliego 007: Ministerio del Interior, segun corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, exceptuandose de lo dispuesto en el articulo 5º numeral 5.1 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 4º.- Disposicion derogatoria Deroguense o dejense en suspenso, segun sea el caso, las disposiciones que se opongan a la presente MORDAZA o limiten su aplicacion. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra del Interior y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 342712-1

AGRICULTURA
Designan representantes titular y alterno del Ministerio en la Mesa de Dialogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0335-2009-AG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2009MIMDES, se conformo la Mesa de Dialogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana, cuya funcion general es realizar el seguimiento de la obligacion del Estado peruano de garantizar la existencia y autonomia de los pueblos indigenas, promover su desarrollo y asegurar que gocen de los mismos derechos y oportunidades que la legislacion otorga a los demas miembros de la sociedad nacional; la que dependera del Instituto Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos ­ INDEPA; Que, la citada Mesa de Dialogo Permanente esta conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, la misma MORDAZA establece que las entidades del Poder Ejecutivo designaran mediante Resolucion del Titular del Pliego correspondiente, un representante titular y un representante alterno, Que, en tal sentido, corresponde efectuar la designacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 0022009-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a MORDAZA Perochena MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Maguina MORDAZA como representantes, titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura en la Mesa de Dialogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana conformada por Decreto Supremo Nº 002-2009MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 342101-1

Declaran en Cuarentena Temporal los predios Avicola San Fernandito y Avicola San MORDAZA I, ubicados en el distrito de Alto Laran, provincia de Chincha, departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009. VISTO: El Informe Tecnico Nº 324-2009-AG-SENASA-SCADSA de fecha 23 de MORDAZA de 2009, elaborado por la Subdireccion de Cuarentena Animal, de la Direccion de Sanidad Animal del SENASA, sobre la ocurrencia de la enfermedad de Laringotraqueitis Infecciosa Aviar; y,

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