Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395167

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 384 de fecha 17 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, el Comandante de la Duodecima Fuerza Aerea de los Estados Unidos de MORDAZA y su comitiva realizaran una visita de caracter protocolar a autoridades de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:

extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del Contralmirante de la Armada de MORDAZA MORDAZA Niemann Figari, del 30 de MORDAZA al 05 de MORDAZA de 2009, para asistir a la ceremonia civico patriotica de conmemoracion del 143º Aniversario del "Combate MORDAZA del 2 de MORDAZA de 1866". Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de los siguientes oficiales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, del 30 de MORDAZA al 01 de MORDAZA de 2009, para realizar una visita de caracter protocolar a autoridades de la Fuerza Aerea del Peru: 1) MORDAZA General USAF MORDAZA R. Seip 2) MORDAZA USAF MORDAZA MORDAZA 3) Mayor USAF MORDAZA Mesenbrink Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 342511-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 400-2009 DE/SG MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 375 de fecha 16 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la VI Reunion de Estados Mayores y XXI Reunion Bilateral de Inteligencia entre la Armada de MORDAZA y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo el intercambio de visitas de autoridades navales para las celebraciones del "Combate de Abtao" en la Republica de MORDAZA y del "Combate MORDAZA del 2 de MORDAZA de 1866" en nuestro pais; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar

MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 342511-3

ECONOMIA Y FINANZAS
Precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo
DECRETO SUPREMO Nº 097-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como la fiscalizacion de la gestion; Que, el articulo 4º de Ley Nº 28056, modificado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su presupuesto participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes leyes organicas; para tal efecto, se considera criterios de alcance, cobertura de poblacion, asi como montos de ejecucion o envergadura; Que, la MORDAZA disposicion complementaria de la Ley N° 29298, establece que mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, se precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion, que permitan delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y distrital;

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