Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395193

que proceda con el MORDAZA Administrativo Sancionador que corresponda. 5.5 Acotaciones y cobranza coactiva del Pago por Retribucion La acotacion se produce por oficio de OSITRAN, como resultado de una verificacion de la informacion recibida o por una auditoria. En ambos casos, detectado el incumplimiento del Pago por Retribucion, la Gerencia de Administracion y Finanzas con la asesoria de la Gerencia de Asesoria Legal, elaborara el Proyecto de Resolucion de Gerencia General para efectuar la cobranza correspondiente para que la Entidad Prestadora pague en un plazo de cinco (05) dias habiles, debiendo esta cumplir con los intereses que correspondan. Asimismo, la Gerencia de Administracion y Finanzas pondra este hecho en conocimiento de la Gerencia de Supervision para que proceda con el MORDAZA Administrativo Sancionador correspondiente. En los casos de cobranza coactiva corresponde a la Gerencia de Administracion y Finanzas, iniciar el MORDAZA de cobranza y realizar su seguimiento hasta que esta se produzca, bajo el MORDAZA descrito en el parrafo anterior.

5.6 Mecanismos para liberar Retribucion al Estado con Inversiones En los casos de las concesiones que de acuerdo al contrato de concesion la Retribucion al Estado se pueda liberar o descontar a traves de Inversiones u otros mecanismos establecidos contractualmente; la Gerencia de Supervision sera la responsable de verificar el importe de las inversiones o descuentos que puedan ser reconocidas, a fin de determinar el saldo por cobrar a la Entidad Prestadora para su posterior control. En la Declaracion Jurada debera senalar el monto de la liberacion o descuento. 5.7 Emision de Informes La Gerencia de Administracion y Finanzas elaborara un informe trimestral, segun corresponda, sobre la Retribucion. VI.- VIGENCIA La presente directiva entrara en vigencia a partir de su aprobacion por Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos.
LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.