Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

y/o reasignacion del personal excedente, cuando se ha determinado la Institucion Educativa de destino. 8.2 El personal declarado excedente sera reasignado cuando exista una plaza vacante o sera transferido con su respectiva plaza a una institucion educativa donde exista necesidad de servicio, teniendo en cuenta lo siguiente: a- Elaborada la lista de personal excedente y el cuadro de necesidades por Institucion Educativa, la Comision procedera a efectuar en forma obligatoria en acto publico, la ubicacion de la Institucion Educativa de destino para efecto de las Reasignaciones o Transferencia del personal excedente, de acuerdo al orden de prelacion que le corresponda. b- El orden de prelacion de los trabajadores docentes, se determinara teniendo en cuenta el cargo y/o area curricular, nivel, modalidad y forma educativa que ocupa asi como el Titulo, especialidad y el tiempo de servicios oficiales en la docencia, y servira de base para que en el acto publico el servidor elija la Institucion Educativa de destino donde exista plaza vacante o deficit de plaza. c- La Institucion Educativa de destino del personal docente y administrativo excedente sera elegida de la lista de plazas vacantes o requerimientos de personal publicados por la comision tecnica de evaluacion de plazas. d- Al servidor que no se presente en la fecha de convocatoria al acto publico se le transferira y/o reasignara a una plaza de oficio a propuesta de la (COTDRE/UE) , siempre y cuando se MORDAZA cumplido con la notificacion personal de excedencia y/o absuelto el reclamo formulado por el personal excedente. e- La Comision Tecnica, elaborara un informe del personal a ser reasignado o transferido y el Proyecto de Resolucion Directoral con las visaciones correspondientes, para la firma del Director Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local o presidente del CEM, en un plazo de 72 horas de concluido el acto publico. f- Recibida la resolucion de reasignacion o transferencia, el trabajador que no MORDAZA posesion de cargo, en un lapso de 5 dias habiles sera declarado en abandono de cargo, procediendose de acuerdo a Ley. g- Por ningun motivo procede reasignacion de personal, en plaza declarada excedente. h- Concluido el MORDAZA de reasignacion, transferencia o reubicacion, por causal de excedencia de personal, el especialista en finanzas o Presupuestario, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, y la Secretaria Tecnica del CEM, elaboraran las propuestas de modificaciones presupuestarias que se requieran, para su aprobacion correspondiente. 8.3 Las Plazas Vacantes excedentes, determinadas en el MORDAZA de evaluacion y racionalizacion, se reubican a las Instituciones Educativas de acuerdo al cuadro de requerimiento de plazas elaborado por la Comision Tecnica en base al informe de cada una de las Instituciones Educativas, dando prioridad en primer lugar al nivel de Educacion Inicial, atendiendo la necesidad de incremento de cobertura en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados (PpR) y en MORDAZA lugar la necesidad de plazas para las nuevas Instituciones Educativas creadas a raiz de la conversion de las Instituciones Educativas de Gestion Comunal (IEGECOM), establecido en la Ley de Presupuesto del ano 2009, siempre y cuando cuenten con la Resolucion Directoral Regional de creacion y el codigo modular de la II.EE, IX - CRITERIOS PARA LA ASIGNACION DE PLAZAS 9.1 La asignacion de plazas, de personal docente a instituciones educativas, se determinara en funcion al numero de estudiantes por aula, seccion y modulo, asi como el numero de horas del plan de estudio aprobado en el diseno curricular nacional teniendo en cuenta el nivel, modalidad o forma educativa que atiende. 9.2 Las Instituciones Educativas, de educacion secundaria de (EBR) y ciclo avanzado (EBA) que provienen de las Instituciones de Educacion Secundaria de Ex variante Tecnica, deberan estar debidamente acreditadas

como tales por el area de Gestion Pedagogica de la Unidad de Gestion Educativa Local a la cual pertenezca; a fin de poder asignarse correctamente las plazas. 9.3 Para la asignacion de plazas docentes, directivos, jerarquicos, personal administrativo a las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Tecnico Productivo, se seguira los parametros establecido en los MORDAZA que a continuacion se detallan: A- PLAZA DIRECTIVO:
Modalidad

DE

PERSONAL

DOCENTE

Y

Nivel/Ciclo Director y/o Subdirector Asignacion de Docente Menos de 7 secciones, el INICIAL 1 docente por cada seccion. director con aula a cargo. 1 docente por cada seccion. Podra considerarse 1 docente adicional para educacion Con 8 o menos secciones fisica por cada 15 secciones, PRIMARIA el director con seccion a dictando 2 horas de clase cargo. en cada seccion siempre que exista disponibilidad presupuestal . Con mas de 20 secciones 1 subdirector (Si la II.EE es 1 docente sin aula a cargo, para el aula innovacion pedagogica ( solo del nivel primaria). docente de primaria), si esta Si la II.EE es integrada debidamente implementada; EDUCACION podra existir un subdirector siempre que exista BASICA para este nivel, si cuenta disponibilidad presupuestal (**) REGULAR con 10 o mas secciones. Con 10 o menos secciones para el Dpto. de MORDAZA y El numero de docente se Secundaria 09 o menos para otros asigna de acuerdo al cuadro de (*) departamentos el Directos horas de clase. tendra 12 horas de dictado de clase. Por cada 20 secciones, 1 1 docente (de secundaria) sin subdirector de formacion horas de clases, por aula de general. innovacion, por cada turno, si el aula se encuentra debidamente siempre Mas de 20 secciones 1 implementada subdirector administrativo. que exista disponibilidad presupuestal (**). En los CEBA, que han Ciclo culminado su MORDAZA de inicial e conversion y cuenten con Se asigna un docente por cada Intermedio la plaza de Director; este aula con 20 estudiantes. de EBA. no tiene horas de dictado de clase. Actualmente este cargo seguira siendo EDUCACION Ciclo El numero de docentes se desempenado por el BASICA ALTER- avanzado asigna de acuerdo al cuadro de subdirector asignado, hasta MORDAZA de EBA horas de clase. culminar con el MORDAZA de conversion administrativa. Un docente por cada una de las aulas que atienden solo a estudiantes con discapacidad MORDAZA y/o multidiscapacidad. EDUCACION BASICA ESPECIAL Con 8 o menos secciones, Y docentes para los SAANEE el director tendra seccion (***), si cada uno de ellos tiene a cargo 10 o mas alumnos incluidos en las II:EE de Educacion Basica a quien brinda asesoramiento, siempre y cuando se cuente con plazas presupuestadas. El numero de docentes se Con 8 o menos, el director CETPRO asigna de acuerdo al cuadro de dicta 12 horas de clase. horas de clase. Con mas de 20 secciones, 1 subdirector. CEBE

EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA

(*) Deberan considerar el cargo de subdirector de areas tecnicas siempre y cuando cuenten con la plaza y este acreditado. (**) Considerando la Directiva Nº 003-2003- Proyecto Huascaran, aprobada por la RM Nº 0364-2003-ED. (***) Servicio de apoyo y asesoramiento para la atencion de las necesidades educativas especiales (SAANEE), en las instituciones Educativas inclusivas. a.1- En las Instituciones Educativas de ex Variante Tecnica, tanto de EBR como de la EBA, que cuentan con infraestructura, equipamiento, y estan debidamente acreditados, se podra considerar a efectos de realizar el respectivo desdoblamiento para los talleres horas adicionales de acuerdo al cuadro siguiente, siempre que exista disponibilidad presupuestal. Entendiendose que el numero referencial de Alumnos por

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