Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Financiera TFC la apertura de tres oficinas especiales ubicadas segun se indica: - Boulevard 28 de MORDAZA Nº 166, distrito y provincia de Camana, departamento de Arequipa. - Jr. 2 de MORDAZA Nº 1068, distrito, provincia y departamento de Huanuco. - Jr. Callao Nº 224, distrito, provincia y departamento de Ica. Articulo Segundo.- Autorizar a la Financiera TFC el traslado de la oficina especial ubicada en el Jr. San MORDAZA 697 a la MORDAZA Sucre Nº 601, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 341743-1

La relacion, contenido y detalle de los MORDAZA que se incorporen posteriormente al software REPRIMAS podran ser actualizados mediante Oficio Multiple, emitido por el Superintendente Adjunto de Seguros, sobre la base de las caracteristicas de cada uno de los productos de seguros cuya informacion se solicite. En todos los casos, la informacion sobre tarifas o precios por "primas" se refiere al valor de la prima y/o tasa comercial bruta aplicable a los productos senalados en cada cuadro. Para los efectos de la presente circular, entiendase como prima o tasa comercial bruta, la prima o tasa que incluye todos los costos que se le cobran al usuario al momento de la contratacion (incluyendo IGV y derecho de emision). 4. Actualizacion de la informacion La informacion que se encuentre registrada en el REPRIMAS debera ser consistente con la MORDAZA por las empresas, directamente o traves de intermediarios. Por lo tanto, de producirse algun cambio en las tarifas que afecte la informacion registrada en el REPRIMAS, la empresa debera actualizar dicha informacion el mismo dia en que se produce el cambio de tarifas, salvo que en la metodologia de los MORDAZA de informacion del software REPRIMAS se indique lo contrario. 5. Responsables de la informacion Las empresas deberan informar mediante comunicacion escrita dirigida a la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de esta Superintendencia, el nombre del funcionario responsable de la utilizacion de REPRIMAS y cualquier cambio que ocurra en la designacion del mismo, debiendo a su vez enviar MORDAZA de dicha comunicacion a la siguiente direccion electronica: tasas@sbs.gob.pe. Esta comunicacion debera realizarse dentro de los tres (3) dias habiles de producido el cambio. 6. Responsabilidad de la informacion registrada Con el fin de garantizar la exactitud de la informacion reportada, esta debera contar con la conformidad del area de suscripcion, comercializacion u otra encargada de la determinacion de las tarifas comerciales de la empresa, previamente a su ingreso en el registro, por lo que se asumira que toda informacion reportada a traves de REPRIMAS ha sido revisada y verificada por dicha area. 7. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", otorgandose un plazo de treinta (30) dias calendario para que las empresas designen al funcionario que se encargara de la actualizacion de la informacion contenida en el referido software, asi como para remitir la informacion requerida en los MORDAZA que forman parte de la presente Circular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 341792-1

Aprueban Circular sobre el Software para el Registro de Primas, Coberturas y Otros Costos - REPRIMAS
CIRCULAR Nº S-634-2009 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009 ----------------------------------------------------Ref.: Software para el Registro de Primas, Coberturas y Otros Costos REPRIMAS. -----------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, con el proposito de promover la transparencia de la informacion en el sistema de seguros, esta Superintendencia ha resuelto emitir la presente Circular que establece disposiciones respecto a la operatividad e informacion objeto del software "Registro de Primas, Coberturas y Otros Costos" (REPRIMAS). 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas senaladas en el literal D del articulo 16º de la Ley General, en adelante empresas. 2. Finalidad del software REPRIMAS El software REPRIMAS, disponible a traves del "Portal del Supervisado", tiene como objetivo el registro de informacion de primas, coberturas y otros costos, presentada en forma comparable, de los productos que brinden las empresas, la cual sera ofrecida al publico a traves de la pagina web de esta Superintendencia. 3. Registro de la informacion Las empresas deberan registrar la informacion sobre las primas, coberturas y otros costos asociados a los seguros que ofrecen, de acuerdo al detalle de los MORDAZA de informacion del software REPRIMAS que se presentan en el anexo que forma parte de la presente Circular, el cual se publica en el MORDAZA institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

UNIVERSIDADES
Designan Jefe de la Oficina Planeamiento y Presupuesto INICTEL - UNI
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 624 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009

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