Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2009 (30/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

Aprueban Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidas en las Bases de convocatoria a licitacion de suministro de energia electrica para las empresas Luz del Sur S.A.A. y Edecanete S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 068-2009-OS/CD MORDAZA, 27 de MORDAZA 2009 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante "LUZ DEL SUR"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia. Como consecuencia de dicha publicacion, la empresa Edecanete S.A. (en adelante "EDECANETE"), manifesto su intencion de incorporarse al procedimiento al MORDAZA del Articulo 4.3 de la Ley; Que, con fecha 16 de MORDAZA de 2009, se recibio la carta N° LE-43/2009 con la propuesta de Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion: LUZ DEL SUR y EDECANETE; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN N° 053-2009-OS/CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2010; Que, se han emitido el Informe N° 0169-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0166-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion: LUZ DEL SUR y EDECANETE; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de

OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2°:
Factores de Perdida de Potencia 1,0000 1,0000 0,9974 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9978 Factores Nodales de Energia Horas Horas Fuera Punta de Punta 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9857 0,9902 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9867 0,9921

Punto de MORDAZA de Entrega y suministro Medicion San MORDAZA 212 kV MORDAZA MORDAZA 212 kV MORDAZA 218 kV MORDAZA 61 kV MORDAZA ­ Sur Huachipa 60 kV MORDAZA 61 kV Balnearios 61 kV Chosica 61 kV Callahuanca 10 kV Canete Cantera 220 kV

Articulo 2º.- Aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion: Luz de Sur S.A.A. y Edecanete S.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 342078-1

Aprueban Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega, comprendidos en Bases para la MORDAZA convocatoria a licitacion de suministro de energia electrica para Edelnor S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 069-2009-OS/CD MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados, en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases

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