Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

de pesca y desembarque indicando las cantidades, especies, zonas de pesca, puerto de desembarque, entre otros, la misma que debera ser consignada en el Formato que para tales fines aprobara el Ministerio de la Produccion, precisandose que las descargas en puerto de desembarque en el extranjero no liberara al armador de la entrega de informacion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el formulario que permita dar inicio a la inscripcion del referido Registro Especial, a efectos de maximizar los beneficios economicos que se deriven de la actividad extractiva; asi como aprobar los formatos de reportes de captura y de transbordo en Alta Mar o puerto extranjero, que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4 de la Clausula MORDAZA del mencionado Convenio; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de Seguimiento, Control y Vigilancia, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 022-2009PRODUCE, que establece medidas de ordenamiento para la extraccion comercial a mayor escala de recursos hidrobiologicos transzonales (jurel y caballa) en la Alta Mar, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de Formulario establecido en los articulos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 022-2009-PRODUCE, mediante el cual se solicitara ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero la inscripcion en el Registro Especial para desarrollar actividades extractivas de jurel y caballa en la MORDAZA de la Alta Mar, el mismo que en Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Aprobar los modelos de Formatos de reportes de captura y de transbordo en la Alta Mar o en puerto extranjero, los mismos que como Anexos II, III y IV forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia para su cumplimiento conforme lo dispuesto en los articulos 5 y 6º del Decreto supremo Nº 022-2009-PRODUCE y el numeral 4 de la Clausula MORDAZA del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento aprobado por el articulo 4º del referido Decreto Supremo. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y de sus Anexos en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (http://www. produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 419978-1

asegurar la conservacion y racional explotacion de los recursos hidrobiologicos en aguas jurisdiccionales podran aplicarse mas alla de las 200 millas marinas a aquellos recursos multizonales que migran hacia aguas adyacentes o que procedan de estas hacia el litoral por su asociacion alimentaria con otros recursos marinos o por corresponder a habitats de reproduccion o crianza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE, Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recºursos Jurel y Caballa se establece como objetivos el de promover la explotacion racional de los recursos jurel y caballa, la proteccion del ecosistema MORDAZA y la preservacion de la biodiversidad en concordancia con los principios y normas contenidos en el Decreto Ley Nº 25977 sus disposiciones complementarias y/o conexas; Que, en el numeral 9.1 del Articulo 9º de dicho Reglamento, se establece que La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, llevara el control de las autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca otorgados para operar embarcaciones dedicadas a la extraccion de jurel y caballa, con relacion a su vigencia, monto abonado por concepto de derechos de pesca y demas datos y especificaciones que la Administracion considere necesario; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Formulario de Solicitud de Inscripcion en el Registro de Embarcaciones de Bandera Nacional con Permisos de Pesca de los Recursos Jurel y Caballa para Desarrollar Actividades Extractivas de dichos Recursos en la Alta Mar para una mejora en la gestion y en el manejo de la citada pesqueria; Que, asimismo, se recomienda aprobar los Formatos de Reporte de Captura, de transbordo en alta mar o en puerto extranjero y de desembarque en puerto extranjero o nacional, los mismos que podran ser remitidos por los armadores pesqueros que se encuentren inscritos en el citado registro via declaracion jurada, permitiendo de esta manera consolidar la pesqueria nacional en la Alta Mar y afirmar nuestra presencia en el MORDAZA MORDAZA Sudoriental; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Consumo Humano a traves del Informe Nº 620-2009PRODUCE/DGEPP-Dch, de fecha 05 de Noviembre de 2009 y con la opinion de la instancia legal; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 011-2009PRODUCE, que establece como objetivos el de promover la explotacion racional de los recursos jurel y caballa, la proteccion del ecosistema MORDAZA y la preservacion de la biodiversidad, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Formulario, mediante el cual podran solicitar ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero la inscripcion en el Registro de Embarcaciones de Bandera Nacional premunidos con permisos de pesca de los recursos Jurel y Caballa para desarrollar actividades extractivas de dichos recursos en la Alta Mar, el mismo que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Aprobar los Formatos de reportes de captura, de transbordo en alta mar o en puerto extranjero y desembarque en puerto nacional o extranjero, que podran ser remitidos por los armadores pesqueros que se encuentren inscritos en el citado registro via declaracion Jurada; los mismos que como Anexos II, III y IV forman parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, como tambien debera consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (http://www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Aprueban Formulario de solicitud de inscripcion en el Registro de Embarcaciones de Bandera Nacional premunidos con permisos de pesca de los recursos Jurel y Caballa para desarrollar actividades extractivas de dichos recursos en Alta Mar, y aprueban otros Formatos
RESOLUCION DIRECTORAL N° 886 -2009-PRODUCE/DGEPP 6 de noviembre del 2009 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Ley General de Pesca establece que las normas adoptadas por el Estado para

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