Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

2.3. Ensayo de Entidad Acreditada. Es el analisis a las muestras de Biocombustibles en las que se siguen metodos y procedimientos segun normas nacionales o internacionales realizados por una entidad especializada. 2.4. Entidad Acreditada. Laboratorio de Ensayo, Organismo de Inspeccion u Organismo de Certificacion acreditado ante el INDECOPI. 2.5. Especificaciones Tecnicas. Son los requisitos de calidad minimos que figuran en la MORDAZA Tecnica Peruana vigente y que sirven de parametros para determinar si un combustible esta dentro del rango permitido. 2.6. Lote. Cantidad de Biocombustible con caracteristicas definidas producida bajo condiciones uniformes, que se somete a inspeccion como un conjunto unitario. 2.7. Muestra. Cantidad de Biocombustible extraida de un lote, que sirve para obtener informacion necesaria que permita apreciar una o mas caracteristicas de dicho lote, sirviendo de base para una decision sobre el mismo o sobre el MORDAZA que lo produjo. 2.8. Muestra dirimente. Cantidad de Biocombustible extraida del mismo lote del producto utilizado en el ensayo de laboratorio realizado por una entidad acreditada. La muestra dirimente se debe mantener almacenada en condiciones controladas para la conservacion de sus caracteristicas iniciales, para que de ser el caso se realice un ensayo de dirimencia sobre la misma. 2.9. Dirimencia. Procedimiento a traves del cual se corroboran los resultados reportados por una entidad acreditada, que han sido observados por los supervisados o los destinatarios finales de sus servicios, empleando la muestra dirimente. 2.10. Periodo de Custodia. Plazo dentro del cual la entidad acreditada esta obligada a mantener la muestra dirimente. 2.11. Repetibilidad. Grado de concordancia entre los resultados de sucesivas mediciones, del mismo producto, valorando las efectuadas con aplicacion de la totalidad de las mismas condiciones de medicion. 2.12. Reproducibilidad. Grado de concordancia entre los resultados de las mediciones, del mismo producto, valorando las efectuadas bajo diferentes condiciones de medicion. Articulo 3°.- Tolerancias. Los limites de tolerancia, aceptados tanto en los ensayos de las supervisiones realizadas, como en los ensayos de dirimencias, corresponderan a los detallados en los valores de reproducibilidad establecidos en las Especificaciones Tecnicas de Calidad vigentes. Articulo 4°.- Procedimiento de Muestreo para el analisis en la Entidad acreditada. a. OSINERGMIN tomara dos (02) muestras de cada producto directamente de los tanques, cuyos recipientes conteniendo las muestras seran depositados de forma individual en bolsas que se cerraran con precintos numerados. Las muestras se distribuiran de la forma siguiente: - Una muestra sera analizada por una entidad acreditada la cual sera designada por OSINERGMIN. - La otra muestra, se mantendra bajo custodia de la misma entidad acreditada, en caso tenga que efectuarse una dirimencia; observando las condiciones ambientales

apropiadas para asegurar la permanencia de sus caracteristicas iniciales. b. El periodo de custodia de la muestra dirimente sera de 90 dias calendario, contados a partir de la toma de la muestra. Articulo 5°.- Ejecucion de los Ensayos La calidad del Biodiesel B100 y del Alcohol carburante se verificara, salvo precisiones o excepciones expresas establecidas por el Ministerio de Energia y Minas, de acuerdo a las Especificaciones Tecnicas de Calidad establecidas en las Normas Tecnicas Peruanas aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual- INDECOPI; o mientras estas no MORDAZA aprobadas, en las normas ASTM o las normas internacionales actualizadas y pertinentes vigentes al momento de la toma de la muestra. Para verificar la calidad de los Biocombustibles se efectuara un analisis a cargo de una entidad acreditada, la misma que brindara los servicios de ensayo de laboratorio. En el caso de no existir en el MORDAZA, ensayos de Biocombustibles acreditados o certificados, las muestras podran ser enviadas a un laboratorio en el extranjero para su analisis o dirimencia debiendo asumir la entidad acreditada nacional, referida en parrafo precedente, la responsabilidad por la veracidad del correspondiente resultado obtenido por el laboratorio extranjero. Articulo 6°.- Resultados de los Ensayos En caso se acredite que la primera muestra cumple con las especificaciones tecnicas de calidad vigente, la MORDAZA muestra podra ser retirada por los supervisados del almacen de OSINERGMIN, dentro de los 15 dias calendarios posteriores a la comunicacion que realice OSINERGMIN respecto de los resultados, caso contrario, se procedera a su eliminacion. Asimismo, en caso el supervisado no solicite la dirimencia, dentro del plazo establecido, se considerara el primer resultado obtenido como el resultado definitivo y la entidad acreditada, que tiene bajo su custodia la muestra dirimente, procedera a eliminarla. OSINERGMIN comunicara los resultados de los analisis efectuados a las muestras de Biodiesel B100 y Alcohol Carburante, dentro de los primeros 35 dias calendarios, contados a partir de la fecha en la cual se tomaron las muestras. En caso el supervisado estuviera en desacuerdo con los resultados puede proceder conforme lo dispuesto en el articulo 7° de presente Reglamento. Articulo 7°.- Procedimiento de Dirimencia Si el supervisado no esta de acuerdo con los resultados de los ensayos de la Entidad acredita contratada por OSINERGMIN, podra proceder de la siguiente manera: a. Podra solicitar por escrito y de forma expresa e indubitable un ensayo de dirimencia ante la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos (GFHL) dentro de un plazo de 10 dias utiles, contados desde el dia siguiente de la notificacion de los resultados del ensayo de la primera muestra, asumiendo los costos del ensayo, y de ser caso, el traslado de la muestra. b. En la solicitud de dirimencia, debera adjuntar el original o MORDAZA del recibo de cancelacion del costo del ensayo de dirimencia, el que se realizara por una entidad acreditada distinta a la que efectuo el primer ensayo y seleccionada por el establecimiento supervisado de una lista de entidades acreditadas propuesta por el por OSINERGMIN, la cual se adjuntara al oficio mediante el que se comunica los resultados de la primera muestra. c. Una vez acreditado el cumplimiento de lo MORDAZA dispuesto, la MORDAZA muestra sera trasladada o enviada por un representante de OSINERGMIN y un representante del establecimiento supervisado a la entidad acreditada referida en el literal precedente. El resultado que arroje el ensayo sobre la MORDAZA muestra es definitivo y sera considerado por OSINERGMIN al momento de resolver el correspondiente procedimiento administrativo sancionador. d. En el supuesto que la MORDAZA muestra no MORDAZA podido ser trasladada o enviada a la entidad acreditada

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