Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Admiten a tramite solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA
RESOLUCION Nº 493-2009-CONAFU MORDAZA, 22 de octubre de 2009 VISTOS: El Escrito s/n recibido con fecha 15 de MORDAZA de 2009, el Oficio Nº 732-2009-CONAFU-P de fecha 04 de MORDAZA de 2009, el Escrito s/n recibido con fecha 28 de MORDAZA de 2009, la Resolucion Nº 336-2009-CONAFU de fecha 20 de MORDAZA de 2009, el Escrito s/n recibido con fecha 27 de agosto de 2009, el Informe Legal Nº 374-2009CONAFU-CJ de fecha 01 de setiembre de 2009, el Oficio Nº 528-2009-CONAFU-CDAA de fecha 11 de junio de 2009, el Oficio Nº 1637-2009-CONAFU-P de fecha 05 de octubre de 2009 y el Acuerdo Nº 423-2009-CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU llevada a cabo el dia 13 de octubre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3° y el inciso c) del articulo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 14º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se establece que: "Con la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional, el administrado debera presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional..."; Que, el articulo 21º del texto normativo MORDAZA referido, senala que: "el procedimiento se establece con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, previo pago de la tasa administrativa para evaluacion de admision a tramite de la solicitud.... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos (CEAA) y la parte b) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes

son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, por Escrito s/n recibido con fecha 15 de MORDAZA de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la referida Universidad, con las Carreras Profesionales de Comercio Exterior, Contabilidad, Enfermeria y Derecho; para su aprobacion y autorizacion correspondiente; Que, por Oficio Nº 732-2009-CONAFU-P de fecha 04 de MORDAZA de 2009, el Presidente del CONAFU traslada las observaciones formuladas de la Parte "A" y "B" al Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, para que en el plazo de ocho (08) dias habiles, la Promotora de dicho Proyecto Universitario cumpla con levantar las observaciones MORDAZA indicadas; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 28 de MORDAZA de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, presenta el levantamiento de observaciones remitidas mediante Oficio Nº 732-2009-CONAFU-P; Que, por Resolucion Nº 336-2009-CONAFU de fecha 20 de MORDAZA de 2009, se resuelve declarar Inadmisible la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del referido Proyecto de Universidad; concediendosele un plazo de ocho (08) dias habiles para subsanar las omisiones advertidas, bajo apercibimiento de expedirse resolucion de tenerse por no presentada la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional y archivarse el expediente en forma definitiva, en caso de incumplimiento; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 27 de agosto de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, presenta el levantamiento de observaciones remitidas mediante en la Resolucion Nº 336-2009-CONAFU; Que, con Informe Legal Nº 374-2009-CONAFU-CJ de fecha 01 de setiembre de 2009, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU con respecto al presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante administrativo de la Promotora del Proyecto de la Universidad Tecnologica de MORDAZA, con la que hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en la Resolucion Nº 336-2009-CONAFU; manifestando que el recurrente ha cumplido en forma debida con el levantamiento de la observacion efectuada por este Consejo Nacional, en lo que corresponde a la Parte "B", en consecuencia la Comision Juridica opina que corresponde admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Tecnologica de America; Que, con Oficio Nº 528-2009-CONAFU-CDAA de fecha 11 de junio de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos, informa al Pleno del CONAFU que el representante del Proyecto Universidad Tecnologica de MORDAZA, remite el levantamiento de la observacion contenida en la Parte "A" para su admisibilidad, cumpliendo con presentar el curriculum MORDAZA del profesional el doctor MORDAZA MORDAZA Yarlaque MORDAZA propuesto para ocupar el cargo de Vicepresidente Academico, por lo tanto el Consejero de Asuntos Academicos sugiere admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de MORDAZA, correspondiente a la Parte "A"; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite";

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