Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

405790
Nº PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
DERECHO (I) % UIT1/ S/. 8.86 12.82 7.02 0.25 0.36 0.20

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

COSTO ( C ) S/. 8.87 12.83 7.03

% COBERTURA (I / C) 99.89% 99.93% 99.86%

16 Copias certificadas de nacimiento, matrimonio, defuncion y expedicion de extractos de partidas de nacimiento 17 Legalizacion de partidas para el extranjero (incluye expedicion de partida de nacimiento, matrimonio y defuncion) 19 Busqueda de partidas y otros documentos 5. GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL 5.1 SUB GERENCIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL 1 Carne de salud (semestral para manipuladores de alimentos y anual para los otros casos) 7. GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS 7.1 SUB GERENCIA DE OBRAS PUBLICAS 1 Autorizacion para ejecucion de obra en area publica instalacion y mantenimiento de la infraestructura para la prestacion de servicios publicos 1.1 Obras hasta 10 metros lineales 1.2 Obras mayores de 10 hasta 50 metros lineales 1.3 Obras mayores de 50 hasta 100 metros lineales 1.4 Obras mayores de 100 metros lineales a mas 2 Autorizacion para instalacion de conexiones domiciliarias, retiro, cierre, reapertura de toma o anulacion de agua y desague, asi como de gas, electricidad y telecomunicaciones en areas de uso publico 3 Autorizacion para remodelacion del area de uso publico (estacionamiento berma lateral rampa de acceso al garaje, etc.) 5 Autorizacion para instalacion de casetas de vigilancia privada 5.1 Inspeccion ocular 5.2 Derecho de tramite 6 Renovacion para autorizacion de casetas de vigilancia privada (inspeccion ocular) 7 Autorizacion para colocacion de otros elementos de seguridad (rejas batientes y plumas levadizas) 7.1 Inspeccion ocular 7.2 Derecho de tramite 8 Renovacion de autorizacion para colocacion de otros elementos de seguridad (rejas batientes y plumas levadizas) 9 Autorizaciones para ocupacion de la via publica con elementos provisionales como andamios, gruas, escaleras y otros similares 1/ UIT vigente en el 2009 = S/. 3,550 Fuente: Expediente Ords. Nº 312-MM, 308-2009 Elaboracion: SAT - Gerencia de Asuntos Legales

0.81

28.87

28.88

99.98%

9.46 16.22 27.24 38.23 1.00 6.02

335.98 575.72 966.92 1,357.16 35.50 213.76

335.99 575.73 966.93 1357.16 309.64 213.76

100.00% 100.00% 100.00% 100.00% 11.47% 100.00%

1.72 3.92 1.72 1.67 4.13 1.67 2.93

60.93 138.99 60.93 59.31 146.45 59.31 103.97

60.94 138.99 60.94 59.32 146.45 59.32 103.97

99.98% 100.00% 99.98% 99.99% 100.00% 99.99% 100.00%

418904-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Ordenanza que MORDAZA la funcion de fiscalizacion y control de los establecimientos comerciales, industriales y de servicios
ORDENANZA N° 160-A­ MDCH Chorrillos, 11 de setiembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia,

pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion; correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna. Que, de acuerdo al Sub Capitulo II sobre Capacidad Sancionadora normada en el Art. 46º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 se establece que las Normas Municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras; a solicitud de la municipalidad respectiva o del ejecutor coactivo correspondiente la Policia Nacional prestara el apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo responsabilidad. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores se aprobo la siguiente:

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