Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
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ORDENANZA QUE MORDAZA LA FUNCION DE FISCALIZACION Y CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- FINALIDAD. La presente Ordenanza tiene como finalidad la convivencia en comunidad, propiciando el desarrollo integral y armonioso creando una actitud civica, orientada al cumplimiento y respeto de las disposiciones municipales dentro de la jurisdiccion del distrito de Chorrillos. Articulo 2º.- OBJETIVO el objetivo de la presente ordenanza es la creacion de la Unidad de Fiscalizacion y Control de Normas Administrativas, que se encargara de verificar el cumplimiento de las disposiciones municipales a los establecimientos comerciales, industriales y de servicios. Cuyo incumplimiento originara la aplicacion de las respectivas sanciones y/o multas administrativas. Articulo 3º.- PRINCIPIOS.- Entre los principios del Sistema de Fiscalizacion y Control se consideran los siguientes: 3.1 Autonomia Funcional, Administrativa y economica, que es potestad de la Municipalidad organizarse, administrarse y ejercer sus competencias y sus funciones en su jurisdiccion, con la facultad para ejercer la fiscalizacion y control de las normas y disposiciones emitidas. 3.2 Objetividad, Las acciones de control deben realizarse sobre la base de una evaluacion de los hechos con imparcialidad, evitando la subjetividad, sustentandose en razones de derecho. 3.3 Legalidad, tanto la infraccion y la sancion deben estar establecidas en normas y procedimientos de deteccion, notificacion, imposicion y ejecucion de sanciones, efectuandose conforme a ley. 3.4 Integridad, el Control consta de un conjunto de acciones, de normas y disposiciones municipales con relacion a los objetivos y metas previstas, orientadas en el desarrollo local y bienestar de los vecinos y visitantes. 3.5 Equidad, la aplicacion de sanciones administrativas por infracciones a las disposiciones municipales son impuestas a la generalidad de los infractores de acuerdo a la gravedad y MORDAZA de infraccion. 3.6 Debido MORDAZA, desde la imposicion y ejecucion de las sanciones administrativas se debe observar procedimientos transparentes tanto para los infractores como para la Municipalidad, la cual aplicara lo dispuesto en el Art. 146º de la Ley Nº 27444. 3.7 Control, el control como instrumento de evaluacion permite la revision y periodica actualizacion de las disposiciones municipales en beneficio de la comunidad, debiendo realizar la fiscalizacion con un caracter tecnico que permita verificar objetivamente el grado de cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de las personas e instituciones sujetas a control municipal Articulo 4º.- DEL ORGANO DE FISCALIZACION Y CONTROL,- para efectos de la presente ordenanza se crea la Unidad de Fiscalizacion y Control de establecimientos comerciales, industriales y de servicios la cual dependera directamente de la Gerencia Municipal y se encargara del control del cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de estos y por cuyo incumplimiento se impondra las sanciones correspondientes de acuerdo al Regimen de Aplicacion de Sanciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para dictar las disposiciones complementarias para su adecuada aplicacion de la presente Ordenanza.

Segunda.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion en el diario Oficial El Peruano. Tercera.- INCORPORAR en la Estructura Organica de la Municipalidad de Chorrillos la Unidad de Fiscalizacion y Control, Diferenciandose de la Sub Gerencia de Fiscalizacion y Control Tributario de la Gerencia de Rentas. Cuarta.- Dejese sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga a la presente Ordenanza y oportunamente se incluya en la estructura Organica de la Municipalidad de Chorrillos. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 419340-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Modifican la Ordenanza Nº 308MM que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 312-MM Miraflores, 25 de septiembre de 2009 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades distritales son organos de gobierno local y que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, para el caso de Gobiernos Locales, es aprobado por Ordenanza Municipal; Que, en concordancia con las normas indicadas precedentemente, mediante Ordenanza Nº 308-MM de fecha 24 de junio del 2009, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores, el cual fue remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su correspondiente ratificacion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, tanto el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 308MM del 24 de junio de 2009 como el anexo que con dicha ordenanza se aprobo, fueron modificados mediante la Ordenanza Nº 310-MM del 20 de agosto de 2009, con la finalidad de subsanar las observaciones formuladas por el Servicio de Administracion Tributaria en el requerimiento adjunto a su Oficio Nº 004-090-00007091 (Carta Externa Nº 25196-2009); Que, el Servicio de Administracion Tributaria, mediante el Requerimiento Nº 004-078-00000498 adjunto a su Oficio Nº 004-090-00006297, ha observado nuevamente el texto de la ordenanza que es materia de ratificacion asi como el anexo que fue aprobado con la Ordenanza Nº 310-MM del 20 de agosto de 2009; por tal razon, a efecto de continuar con el tramite de ratificacion correspondiente, resulta necesario adecuar el texto de la Ordenanza Nº 308-MM del 24 de junio del 2009 asi como el anexo con MORDAZA aprobado, modificados ambos mediante la Ordenanza Nº 310-MM del 20 de agosto

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