Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 206-2009-OS/CD

ANEXO

Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 222, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Telef.: 219-3400 Fax 264-3739/219-3413

Acta de Supervision de Control de Calidad de Biocombustibles y/o del Volumen en sus Mezclas

Supervisor Supervisado Nombre Comecial Direccion Dpto. / Prov. / Dist. Producto(s) que almacena(n) Biodiesel B100 Alcohol Carburante B2 G84P B5 G90P B20 G95P G97P Telef. D.N.I. Fecha R.U.C. Codigo Osinergmin Codigo Establec. N° Reg. D.G.H.

-CCBIO-GFHL-20__ __

Con el objeto de dar cumplimiento a los reglamentos vigentes y con las facultades previstas en la Ley de Creacion de OSINERGMIN ­ Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, Ley Nº 26734 y modificatorias; en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332 y modificatorias; en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699; y en el Reglamento General de OSINERGMIN, Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; el supervisor o funcionario del OSINERGMIN se constituyo en el establecimiento supervisado constatandose que almacena:

Producto
Total de Tanques N° de tanque N° Patio/Zona/Bloque Cap. MORDAZA (bbl/ /gl/ /)

Biodiesel B100

B2

B5

B20

Alcohol Carburante

Gasohol 84 Gasohol 90 Gasohol 95 Gasohol 97 Plus Plus Plus Plus

Nivel de Combustible (pies/plg) Volumen de combustible N° de Valvulas totales (en/sa)

Asimismo, se ha procedido a tomar muestras de los tanques senalados en la presente Acta, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria N° 206-2009-OS/CD, mediante la cual se aprueba el Procedimiento de Control de Calidad de los Bicombustibles y sus Mezclas, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699, en concordancia con el literal b) del articulo 6 del Reglamento para la Comercializacion de Bicombustibles, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 064-2008-EM.

Se extrajeron muestras de biocombustibles y/o mezclas para el laboratorio: Si 1 (Laboratorio)

/ No 1 (Laboratorio) 2 (Dirimencia)

Producto

2 (Dirimencia)

Producto

P R E C I N T O

P R E C I N T O

Observaciones:

La toma de muestras del (los) producto(s) se efectuaron en presencia de: Nombres y Apellidos D.N.I. Nº Cargo Firma representante del OSINERGMIN Hora Firma del representante del establecimiento o unidad

418734-1

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