Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
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Establecen el Procedimiento para la adecuacion de Centros Poblados de la Provincia Constitucional del Callao a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000051 Callao, 17 de octubre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 17 de octubre de 2009; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo Nº 9 inciso 8) establece, que es atribucion del Concejo Municipal la de aprobar, modificar, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000004 del 9 de febrero de 1994 aprueba el Reglamento que MORDAZA el procedimiento para la creacion de Centros Poblados Menores de la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Ley Nº 28458 ­ Ley que establece el plazo para la adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 1 establece que las municipalidades provinciales, bajo responsabilidad del MORDAZA Provincial, adecuan el funcionamiento de las municipalidades de centros poblados creadas durante la vigencia de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dentro de los noventa (90) dias naturales de presentada la solicitud de adecuacion o publicada la ordenanza de adecuacion; Que, mediante Oficio Nº 087-2009-MPC-NSM-MPALC del 17 de febrero de 2009, la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA Mi Peru - Callao, en merito a la Ley Nº 28458, solicita a la Municipalidad Provincial del Callao que se de cumplimiento a lo dispuesto en la referida ley; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000236-2009, el mismo que aprobo el Dictamen Nº 020-2009-MPC/SR-CP de la Comision de Poblacion y, en consecuencia, aprobar la Ordenanza Municipal que establece el Procedimiento para la Adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia Constitucional del Callao a la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 1025-2009-MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, asimismo, el Memorando Nº 1327-2009-MPC/GGAJC, de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion que hace MORDAZA el Informe Nº 422-2009-MPC-GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, todos favorables a la aprobacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADECUACION DE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO A LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES ­ LEY Nº 27972 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza Municipal es establecer el procedimiento para la adecuacion de Centros

Poblados de la Provincia Constitucional del Callao a la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. Articulo 2º.- FUNCION MUNICIPAL PROVINCIAL Corresponde a las Municipalidades Provinciales bajo responsabilidad del MORDAZA Provincial, adecuar el funcionamiento de las Municipalidades de Centros Poblados creados bajo la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo 3º.- AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza es la Provincia Constitucional del Callao. CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO DE ADECUACION Articulo 4º.- DE LAS AUTORIDADES DEL CENTRO POBLADO Las autorizades del Centro Poblado presentaran a la Municipalidad Distrital que corresponda en un file debidamente foliado la informacion que se detalla a continuacion: 1. MORDAZA de la MORDAZA legal mediante la cual se crea el Centro Poblado. 2. MORDAZA autenticada de la Resolucion o documento oficial que acredite la designacion o eleccion del MORDAZA y Regidores del Centro Poblado. 3. Croquis de la jurisdiccion del Centro Poblado debidamente actualizado. 4. Certificado del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica acreditando la poblacion actual del Centro Poblado. 5. Croquis del nucleo MORDAZA donde se localiza y funciona la Municipalidad del Centro Poblado. 6. MORDAZA de la rendicion de cuentas o estados financieros auditados sobre la administracion de los recursos transferidos y directamente recaudados. Articulo 5º.- DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL La Municipalidad Distrital debera: 1. Revisar que la informacion remitida por el Centro Poblado este completa. 2. Verificar el cumplimiento de las competencias y funciones delegadas. 3. Verificar la rendicion de cuentas o estados financieros auditados de los recursos transferidos o los recursos directamente recaudados por el Centro Poblado. 4. Verificar las propuestas sobre delegacion de facultades y asignacion presupuestal de recursos para el cumplimiento de los servicios delegados. 5. Proponer la organizacion interna y atribuciones administrativas sobre la base de indicadores economicos de recaudacion y poblacion. 6. Elaborado los Informes Tecnicos correspondientes, dicho expediente debe remitirse a la Municipalidad Provincial del Callao, solicitando la aprobacion de la Ordenanza de adecuacion del Centro Poblado. Dicho expediente debera remitirse, dentro de los treinta (30) dias naturales de presentada la solicitud de adecuacion por el Centro Poblado. Articulo 6º.- DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Recepcionado el expediente, la Municipalidad Provincial del Callao lo remitira a: La Gerencia General de Desarrollo MORDAZA para que emita opinion tecnica y posteriormente lo remitira a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, en un plazo de veinte (20) dias naturales de recepcionado el expediente de adecuacion. La Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion emitira opinion tecnica y la remitira a la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, en un plazo de veinte (20) dias naturales de recepcionado el expediente de adecuacion. La Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion emitira opinion legal y la elevara a la Secretaria General,

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