Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2009 (07/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 2009

Inversion Privada ­ PROINVERSION, como organismo publico descentralizado adscrito al sector economia y finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, se aprueba la calificacion de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, como Organismo Publico Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Titulo IV de la Ley Nº 29158; Que, el numeral 1.16 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Articulo 32º de la misma MORDAZA, establecen que la tramitacion de los procedimientos administrativos se sustenta en la aplicacion de la fiscalizacion posterior, quedando las entidades obligadas a verificar de oficio mediante el sistema de muestreo, la autenticidad de las declaraciones, documentos, informaciones y traducciones proporcionadas por el administrado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM se establecieron las normas y lineamientos aplicables a las acciones de fiscalizacion posterior en los procedimientos administrativos sujetos a aprobacion automatica o evaluacion previa, habiendose previsto en su MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria que las entidades a que se refiere el Articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, deberan dictar las normas especificas para la implementacion de la fiscalizacion posterior; Que, para el caso de PROINVERSION, los procedimientos administrativos sobre los cuales se efectuara la fiscalizacion posterior son todos aquellos que se realicen al MORDAZA del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la entidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 191-2003-EF; Que, mediante el literal g) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION - ROF, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, se establece entre las funciones del Director Ejecutivo, la de aprobar las politicas de administracion, personal, finanzas, contratacion de consultores y relaciones institucionales; Que, mediante Informe Nº 7-2009-OPR/ PROINVERSION de fecha 23 de octubre de 2009, el Jefe de la Oficina de Planificacion y Racionalizacion senalo que resulta necesario emitir una Directiva para la Fiscalizacion Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de PROINVERSION; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 689-2009-OAJ-AR, senalo que la Directiva para la Fiscalizacion Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos Contenidos en el MORDAZA de PROINVERSION se ajusta a la normatividad vigente y constituye un instrumento necesario a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; Que, en ese sentido corresponde aprobar la Directiva Nº 008-2009-PROINVERSION - "Directiva para la Fiscalizacion Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos Contenidos en el MORDAZA de PROINVERSION"; Que, estando a lo resuelto por la Oficina de Planificacion y Racionalizacion y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2009PROINVERSION- "Directiva para la Fiscalizacion Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos Contenidos en el MORDAZA de PROINVERSION", que como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y de la Directiva aprobada en la Pagina Web de PROINVERSION (www.proinversion.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Directora Ejecutiva PROINVERSION 419439-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban adjudicaciones en venta directa a favor de persona natural y de persona juridica, de predios ubicados en los departamentos de MORDAZA e Ica
RESOLUCION Nº 134-2009/SBN MORDAZA, 4 de noviembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 095-2009/SBNJAD, que contiene el tramite de adjudicacion en venta directa formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pauro, del predio de propiedad del Estado de 147,00 m² ubicado frente a la MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n , Mz. 10, Lote 1-C, Pueblo Joven Samegua, distrito de Samegua, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es un organismo publico, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, en merito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es la titular de dominio del predio de 147,00 m² ubicado frente a la MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n , Mz. 10, Lote 1-C, Pueblo Joven Samegua, distrito de Samegua, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº P08040105 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 1105 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales correspondiente al Libro de MORDAZA, el cual corresponde al predio submateria; Que, la MORDAZA de la titularidad de dominio a favor de la SBN, fue aprobada mediante Resolucion Nº 1662009/SBN-GO-JAR de fecha 10 de agosto de 2009, debidamente inscrita en el asiento 00006 de la Partida Registral Nº P08040105 del Registro de Predios de MORDAZA, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, que modifico el articulo 74º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pauro solicita mediante escrito recibido por la SBN el 05 de junio de 2008, la adjudicacion en venta directa del predio MORDAZA descrito; Que, segun el Informe Nº 0123-2009/SBN-GOJAD-USK-LLSL, de fecha 29 de Febrero de 2009, con la conformidad del Jefe de Adjudicaciones, se emite pronunciamiento favorable sobre la factibilidad de la adjudicacion en venta directa del inmueble anteriormente descrito a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pauro, toda vez que se ha determinado que la adjudicacion en venta directa del predio solicitado se enmarca en lo establecido en el literal c) del articulo 77 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, en adelante el Reglamento; Que, el articulo 75.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada

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