Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2000 (16/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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oxigeno necesitado cada hora y el valor MORDAZA de flujo que necesita para la altura de presion que corresponda a la presion de la cabina del avion bajo condiciones operativas normales Este parrafo no aplica al transporte de oxigeno en un avion en que los unicos pasajeros llevados son las personas que puedan tener o que tengan una necesidad medica de oxigeno durante el vuelo, acompanados de un pariente y/o asistente medico. (5) Cuando la declaracion de un medico es requerida por el parrafo (a) (4) de esta seccion, la cantidad total de oxigeno llevado es igual a la cantidad MORDAZA de oxigeno necesitada cada hora, lo especificado en la declaracion del medico, multiplicada por el numero de horas usadas para computar la cantidad de combustible del avion requerido por esta parte. (6) El piloto al mando sera informado que el equipo esta a bordo y cuando va a ser usado. (7) El equipo se almacena y cada persona que usa el equipo estara sentada para no restringir el acceso a o el uso de cualquier salida regular o de emergencia requerida o del pasillo en el compartimiento de pasajero. (b) Ninguna persona y ningun Operador Certificado puede permitir, fumar dentro de los 10 pies del almacenaje y alimentacion del equipo de oxigeno llevado segun el parrafo (a) de esta seccion. (c) Ningun Operador Certificado puede permitir a cualquier persona conectar o desconectar el equipo de dispensar oxigeno, a o desde un cilindro gaseoso de oxigeno, mientras cualquier pasajero este a bordo del avion. (d) Los requerimientos de esta seccion no aplican al transporte de oxigeno suplementario o de primeros auxilios y el equipo relacionado indicado en este capitulo. 121.575 Bebidas Alcoholicas (a) Ninguna persona puede beber alcohol a bordo de una aeronave, a menos que la Empresa que opera la aeronave MORDAZA servido bebidas con contenido alcoholico. (b) Ningun Operador Certificado puede servir una bebida alcoholica a cualquier persona a bordo de la aeronave si: (1) Parece estar embriagada; (2) Escolta a una persona o esta siendo escoltado; o (3) Tiene un arma peligrosa o mortifera accesible a el mientras este a bordo de la aeronave. (c) Ninguna Operador Certificado puede permitir a cualquier persona ingresar a una aeronave si esa persona esta embriagada. (d) Cada Operador Certificado, dentro de cinco dias despues de la incidencia, informara a la Autoridad la negacion de subir al avion a cualquier persona de acuerdo con el parrafo (a) de esta seccion, o de cualquier perturbacion ocasionada por una persona que parece estar embriagada e intenta subir a bordo de cualquiera de sus aeronaves. 121.576 Retencion de articulos de masa en compartimientos de tripulacion y pasajero El Operador Certificado debe usar compartimientos debidamente asegurados para todo articulo de equipo de galley, carritos de servicios, equipaje de tripulacion y pasajeros, que no este en uso, con la finalidad de evitar el desplazamiento de los mismos en caso de un aterrizaje de emergencia, de acuerdo a cada MORDAZA de avion. 121.577 Almacenaje de alimentos, bebidas y equipo de servicios al pasajero durante el movimiento del avion en la superficie, el despegue y aterrizaje (a) Ningun Operador Certificado puede mover un avion en la superficie, despegar, o aterrizar cuando cualquier alimento, bebida, o mesa proveida por la Operador Certificado se encuentre ubicada en cualquier asiento de pasajero. (b) Ningun Operador Certificado puede mover un avion en la superficie, despegar, o aterrizar a menos que cada bandeja de bebida y alimento y la mesa de bandeja

posterior al asiento este asegurada en su posicion guardada. (c) Ningun Operador Certificado puede permitir que un avion se mueva en la superficie, despegar, o aterrizar a menos que cada carrito de servicio de pasajeros este asegurado en su posicion de almacenaje. (d) Ningun Operador Certificado puede permitir que un avion se mueva en la superficie, despegar, o aterrizar, a menos que cada pantalla de cinema que se extienda en un pasillo este propiamente guardada. (e) Cada pasajero cumplira con las instrucciones MORDAZA por un miembro de la tripulacion respecto al cumplimiento de esta seccion. 121.578 Concentracion de ozono (No aplicable) 121.579 Alturas Minimas para el uso del piloto automatico (a) Operaciones en ruta. Excepto como se indica en los parrafos (b) y (c) de esta seccion, ninguna persona puede usar un piloto automatico en ruta, incluyendo el ascenso y descenso, a una altura sobre el terreno que sea menor que el doble de la perdida MORDAZA de altura especificada en el Manual de Vuelo del Avion para un desperfecto del piloto automatico bajo condiciones de crucero, o menos de 500 pies, cualquiera que sea mas alto. (b) Aproximaciones. Cuando se realiza una aproximacion instrumental, ninguna persona puede usar un piloto automatico en una altura sobre terreno que sea menor de dos veces la perdida MORDAZA de altura especificada en el Manual de Vuelo del Avion para un desperfecto del piloto automatico bajo condiciones de aproximacion, o menor de 50 pies mas abajo de la altura minima de descenso o altura de decision aprobada para la ayuda o facilidad de aeropuerto, cualquiera que sea mas alto, excepto: (1) Cuando las condiciones reportadas del tiempo son menores a las condiciones de tiempo VFR basico en 91.155 de este capitulo, ninguna persona puede usar un piloto automatico en una aproximacion acoplada para aproximaciones ILS en una altura sobre el terreno que es menor de 50 pies mas alto que la perdida MORDAZA de altura especificada en el Manual de Vuelo del Avion para el desperfecto del piloto automatico con una aproximacion acoplada bajo condiciones de aproximacion; y (2) Cuando las condiciones de tiempo reportadas MORDAZA iguales o mayores a los minimos basicos VFR indicados en 91.155 de este capitulo, ninguna persona puede usar un piloto automatico acoplado en una aproximacion ILS acoplada a una altura sobre el terreno que sea menos de la perdida MORDAZA de altura especificada en el Manual de Vuelo del Avion para desperfecto del piloto automatico en una aproximacion acoplada bajo condiciones de aproximacion, o 50 pies, cualquiera que sea mas alto. (c) A pesar del parrafo (a) o (b) de esta seccion, la Autoridad emite especificaciones de operaciones para autorizar el uso, al punto de toque (touchdown), de un sistema de guia de control de vuelo aprobado con la capacidad automatica, en cualquier caso en que: (1) El sistema no considere perdida de altura (sobre cero) especificada en el Manual de Vuelo del Avion para desperfecto del piloto automatico en aproximacion acoplada; y (2) El uso del sistema al punto de toque no afectara de otra manera las normas de seguridad indicadas en esta seccion. 121.581 Asiento Delantero de observador: Inspecciones en Ruta (a) Cada Operador Certificado tendra disponible un asiento en la cabina de mando de cada avion usado en el comercio aereo, incluyendo el equipamiento periferico, auriculares, mascaras de oxigeno y arneses, para ser ocupado por la Autoridad mientras conduzca Inspecciones en Ruta.

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