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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (23/12/2002)

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TEXTO PAGINA: 64

Pág. 235786 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de diciembre de 2002 de 2Mb ps, cumpliendo con las recomendaciones UIT-T y que incorpora una terminación coaxial de 75 ohms des- balanceado. Este Punto de Interconexión estará en el Bastidor de Distribución Digital (DDF), el cual separa la red de cada operador. El DDF será, de preferencia, el especificado se- gún norma ETSI y de requerirse su instalación (en caso de falta de capacidad de los DDF’s de TELEFÓNICA en los puntos de interconexión establecidos o por decisión de RURAL TELECOM) será instalado por el operador que provea el enlace, en este caso dicho operador suministra- rá toda la información correspondiente sobre este equipo y las conexiones del equipo de transmisión, conveniente- mente identificados a fin de asegurar una asignación co- rrecta de los enlaces de interconexión, los cuales también estarán claramente identificados. Estos DDF serán equi- pados con conectores según norma DIN (para cable coaxial de 75 ohms de acuerdo a su espesor, los cuales son denominados como "flex 5" y "flex 6" por ejemplo), con clavijas de paso con punto de prueba desacoplado (U LINK) El punto de acceso tendrá la velocidad de 2 Mbps cum- pliendo con las recomendaciones UIT-T. Ambos operadores proporcionarán en cada área local y donde se establezca la interconexión números de res- puesta automática, los cuales no serán de uso exclusivo del operador. Estos números de respuesta automática permitirán a los operadores probar los niveles de conti- nuidad y encaminamiento. 2. SEÑALIZA CIÓN 2.1. El sistema de señalización por canal común Nº 7 PTM-PUSI deberá utilizarse para el enlace de interco- nexión de acuerdo a las especificaciones utilizadas por TELEFÓNICA. TELEFÓNICA proporcionará a RURAL TELECOM, en un plazo no mayor de cinco (05) días calendario computa- dos a partir de la vigencia del presente MANDATO, las especificaciones de la señalización por canal común Nº 7 PTM- PUSI que usa en el Perú. 2.2. Si hubiera algún cambio en estas especificacio- nes, TELEFÓNICA informará a RURAL TELECOM con 3 meses de anticipación, en el caso de cambios mínimos y con 6 meses de anticipación en el caso de cambios ma- yores. Se entiende por cambio mínimo aquellas correcciones que no requieren un cambio sustancial en el software y que generalmente son realizadas mediante "parches". Los cambios mayores son los que requieren una actualiza- ción más detallada de las especificaciones inicialmente establecidas del software, que pueden implicar una ac- tualización de versión. 2.3. En el caso que TELEFÓNICA o RURAL TELE- COM establezca un Punto de Transferencia de Señali- zación (PTS) para la atención del área local donde se establezca la interconexión y de demostrarse la nece- sidad de su uso, con un mínimo de seis meses de anti- cipación, se entregará un E1 por cada PTS a interco- nectar hasta el punto de interconexión que se usará para conectarse al punto de transferencia de señalización. En caso contrario, la señalización se establecerá me- diante la señalización por canal común Nº 7 en modo asociado. 2.4. TELEFÓNICA y RURAL TELECOM se proveerán mutuamente y de manera oportuna sus respectivos códi- gos de los puntos de señalización, a fin de que sean pro- gramados en sus redes, cautelando que la presente rela- ción de interconexión se realice en las fechas previstas en el presente MANDATO. 2.5. TELEFÓNICA y RURAL TELECOM acordarán las características de la información a enviar, tales como número A, número B, cantidad de dígitos a en- viar, naturaleza de los tipos de números a enviar y toda la información necesaria para hacer efectiva la inter- conexión. 2.6. La señalización que utilicen las partes, deberá ade- cuarse a la normativa que para tal efecto emita el MTC. 3. MEDIO DE TRANSMISIÓN Para el medio de transmisión se emplearán cables de fibra óptica monomodo.4. ENCAMINAMIENT O El encaminamiento de las llamadas se regirá bajo el principio de neutralidad. Por lo tanto, las llamadas origi- nadas y terminadas en la red de TELEFONICA, hacia y desde la red de RURAL TELECOM deberán tener el mis- mo tratamiento de las llamadas hacia y desde la red TE- LEFÓNICA. En el caso que haya más de un punto de interconexión en el área local, TELEFÓNICA y RURAL TELECOM en- tregarán las llamadas en los puntos de interconexión, usan- do el encaminamiento por doblete, bajo la misma señali- zación, siempre y cuando RURAL TELECOM se encuen- tre interconectado a por lo menos dos puntos de interco- nexión. 5. SINCR ONIZA CIÓN TELEFÓNICA y RURAL TELECOM utilizarán su pro- pio sistema de sincronización, en su modalidad plesiócro- na. En caso RURAL TELECOM lo crea conveniente, po- drá sincronizar su red tomando la señal de los tributarios del enlace de interconexión. 6. NUMERA CIÓN TELEFÓNICA Y RURAL TELECOM usarán los có- digos que asigne el Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción y deberán solici- tar su habilitación en la red del operador interconecta- do. La solicitud de habilitación deberá ser presentada con una anticipación mínima de treinta (30) días ca- lendario a la fecha en que se solicita la puesta en ser- vicio de dicha numeración. Asimismo, con cinco (05) días de anticipación a la puesta en servicio, el opera- dor al que se le solicita el servicio deberá informar al otro operador que la numeración requerida se encuen- tra habilitada. ANEXO 1.D PROTOCOLO DE PRUEBAS TÉCNICAS DE ACEPTACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS 1. PRUEB A DE A CEPT ACIÓN Luego de la instalación de la central de RURAL TE- LECOM, enlace o troncal de interconexión, que esté directamente conectado a la red de TELEFÓNICA, ambos operadores llevarán a cabo de manera conjun- ta las pruebas de aceptación. El propósito de estas pruebas es verificar la capacidad de comunicarse de ambos sistemas, de tal manera que se garantice una alta calidad de conexión y operación entre ambas re- des. 1.1. Notificación de pruebas a) El operador que instale el nuevo equipo y/o en- lace de interconexión, propondrá por escrito, a más tardar una semana después de haber terminado la ins- talación, la fecha, hora y lugar para llevar a cabo las pruebas de aceptación. TELEFÓNICA y RURAL TE- LECOM fijarán de mutuo acuerdo la fecha y la hora de las pruebas. Ambos operadores garantizarán la disponibilidad de su personal técnico para la ejecución de las pruebas de aceptación, con el fin de asegurar que las pruebas culmi- nen en un plazo no mayor de 15 días hábiles del inicio de las mismas. b) Luego de recibida la notificación oficial indicada en el punto a), el personal designado se reunirá para definir en un plazo máximo de 7 días hábiles las pruebas a reali- zarse. c) Por lo menos una semana antes de la fecha para inicio de las pruebas, los operadores intercambiarán in- formación con los nombres y números telefónicos de los técnicos que asignarán para llevar a cabo dichas pruebas. El operador que instale el nuevo equipo de interco- nexión y/o enlace comunicará a OSIPTEL la fecha y hora convenidas para llevar a cabo las pruebas. OSIPTEL po-