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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (30/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 247149 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 (c) Chequeo del Equipo dur ante el Pre-vuelo. Antes de cada vuelo, cada PBE ubicado en las estaciones de traba- jo de los miembros de la tripulación de vuelo debe ser che- queado por el tripulante que lo usaría, para asegurar queestá funcionando, disponible, ajustado apropiadamente, conectado a los terminales de abastecimiento y con la pre- sión adecuada para su uso. 121.339Equipos de emergencia para operaciones prolongadas sobre agua (a) Excepto que la DGAC, mediante enmienda de las Especificaciones de Operación del poseedor de un AOC,requiera llevar a bordo todos o algunos de los ítems de los listados más abajo para cualquier operación sobre el agua o que, por solicitud del Poseedor de un AOC, permita ex-cepciones para una operación particular prolongada sobre el agua (a una distancia de tierra mayor a 120 minutos a velocidad de crucero o 740 Km. (400 NM), la que resultemenor); ninguna persona puede operar un avión en opera- ciones prolongadas sobre el agua sin tener en él lo siguien- te: (1) Un chaleco con una luz aprobada para la localiza- ción del sobreviviente para cada ocupante del avión. (2) Suficientes balsas salvavidas (cada una equipada con una luz aprobada localizadora de sobrevivientes) con una capacidad y flotabilidad para acomodar a los ocupan-tes del avión. A menos que sean provistas balsas salvavi- das en exceso, la flotabilidad y la capacidad de asientos de las balsas deben acomodar a todos los ocupantes delavión en el caso de pérdida de una de las balsas de mayor capacidad. (3) Al menos un dispositivo de señalización pirotécnica para cada balsa salvavidas. (4) Por lo menos dos transmisores localizador de emer- gencia (ELT) aprobado del tipo de supervivencia que cum-pla con los requerimientos aplicables. Las baterías usadas del ELT deben ser cambiadas (o recargadas según corres- ponda) cuando las mismas hayan sido usadas por más deuna (1) hora acumulada, o cuando el 50% de su vida útil haya expirado. La nueva fecha de expiración para el reem- plazo (o la pila recargada) debe ser claramente marcadaen una parte visible del ELT. Estos requerimientos no son aplicables a aquellas baterías que no están afectas a su- frir descargas durante el tiempo de almacenaje (tales comoaquellas activadas al contacto con el agua). (b) Las balsas salvavidas, los salvavidas y el transmi- sor localizador de emergencia del tipo de supervivencia requerido, deben ser de fácil accesibilidad en el caso de acuatizaje forzoso, y los procedimientos de preparación nodeben demandar un tiempo apreciable. Estos equipos de- ben ser instalados en lugares aprobados y marcados cons- picuamente. (c) Un equipos de supervivencia, apropiado para las rutas a ser voladas, debe estar anexo a cada balsa salva- vidas. 121.340Medios de flotación de emergencia (a) Excepto lo previsto en el párrafo (b) de esta Sec- ción ninguna persona puede operar un avión grande de transporte, en cualquier operación sobre el agua a menosque esté equipado con salvavidas, de acuerdo con el subpá- rrafo 121.339 (a)(1) de esta Subparte o con medios de flo- tación aprobados para cada ocupante. Estos medios deben ser de fácil alcance para cada ocupante sentado y ser rápidamente desmontables de la aeronave. (b) A solicitud del poseedor de un AOC, la DGAC pue- de aprobar la operación de un avión sobre el agua sin los salvavidas o medios de flotación requeridos en el párrafo(a) de esta Sección, si este demuestra que el agua sobre la cual debe operar el avión es de una extensión y profun- didad tal que no necesitan salvavidas o medios de flota-ción para la supervivencia de los ocupantes en el caso que el vuelo termine sobre el agua. 121.341Equipos para operaciones en condiciones de formación de hielo (a) A menos que un avión esté certificado según los requerimientos de aeronavegabilidad de categoría de trans- porte relativos a la protección por formaciones de hielo, nin-guna persona puede operar un avión en condiciones de for- mación de hielo a menos que esté equipado con medios para la prevención y remoción de hielo sobre parabrisas, alas, empenaje, hélices y otras partes del avión donde suformación pueda afectar adversamente la seguridad del vuelo. (b) Ninguna persona puede operar un avión en condi- ciones de formación de hielo de noche a menos que esténprovistos los medios para la iluminación, o de otra manera determinar la formación de hielo sobre las partes críticas de acumulación de éste en las alas. Cualquier iluminaciónque sea usada no debe causar problemas de resplandor o reflexión que pudiera entorpecer las tareas de los tripulan- tes. 121.342Sistema de indicación de calefacción del tubo pitot Ninguna persona puede operar un avión de categoría transporte equipado con un sistema de calefacción de tuboPitot, a menos que el avión esté equipado con un sistema indicador de calefacción de tubo Pitot, que cumpla con lo señalado por la DGAC. 121.343Registradores de datos de vuelo (FDR). (a) Los FDR de Tipo I registrarán los parámetros nece- sarios para determinar con precisión la trayectoria de vue- lo, velocidad, actitud, potencia de los motores, configura-ción y operación del avión. (b) Los FDR de Tipo II y IIA registrarán los parámetros necesarios para determinar con precisión la trayectoria devuelo, velocidad, actitud, potencia de los motores, confi- guración de los dispositivos de sustentación y resistencia aerodinámica del avión. (c) Se suspenderá el uso de FDR de película fotográfi- ca el 01 de Enero de 2003. (d) Los FDR de Tipo IA registrarán los parámetros ne- cesarios para determinar con precisión la trayectoria de vuelo, velocidad, actitud, potencia de los motores, confi- guración y operación del avión. Los parámetros que satis-facen los requisitos de FDR de Tipo IA se indican en los párrafos a continuación. (1) Los siguientes parámetros satisfacen los requisitos relativos a trayectoria de vuelo y a la velocidad: (i) Altitud de presión; (ii) Velocidad indicada o velocidad calibrada; (iii) Situación aire-tierra y sensor aire-tierra de cada pata del tren de aterrizaje, de ser posible; (iv) Temperatura total o temperatura exterior del aire; (v) Rumbo (de la aeronave) (referencia primaria de la tripulación de vuelo); (vi) Aceleración normal; (vii) Aceleración lateral;(viii) Aceleración longitudinal (eje de la aeronave); (ix) Hora o cronometraje relativo del tiempo. (2) Los siguientes parámetros satisfacen los requisitos relativos a la actitud: (i) Actitud de cabeceo; (ii) Actitud de balanceo; (3) Los siguientes parámetros satisfacen los requisitos relativos a la potencia de los motores: (i) Empuje/potencia del motor: empuje/potencia de pro- pulsión de cada motor, posición de la palanca de empuje/ potencia en el puesto de pilotaje. (4) Los siguientes parámetros satisfacen los requisitos relativos a la configuración: (i) Posición de la superficie de compensación. (5) Los siguientes parámetros satisfacen los requisitos relativos a la operación (avisos): (i) Superficie del mando primario de vuelo y acción del piloto en el mando primario de vuelo: Eje de cabeceo, eje de alabeo, eje de guiñada; (ii) Paso por radiobaliza; (iii) Selección de frecuencia de cada receptor de nave- gación;