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PÆg. 247155 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 y se desarrollen los procedimientos necesarios en el MGM (procedimientos "buy-back"). (f) Ninguna persona puede invalidar la decisión de un inspector, referida a una inspección requerida (RII), a me-nos que sea el jefe de la unidad de inspección o gerente de aseguramiento de la calidad, y se desarrollen los procedi- mientos necesarios en el MGM. 121.372Administración del sistema de manteni- miento (a) El poseedor de un AOC, aprobado como TMA, pue- de cumplir con los requerimientos especificados en lossubpárrafos 121.363 (a)(2), (a)(3) y (a)(5). (b) Si el poseedor de un AOC no ha sido aprobado como TMA, deberá cumplir sus responsabilidades especificadasen los subpárrafos 121.363 (a)(2), (a)(3) y (a)(5), usando: (1) Un sistema equivalente de mantenimiento aprobado o aceptado por la DGAC; o (2) A través de un contrato de servicios entre el posee- dor del AOC y un TMA, detallado las funciones de mante-nimiento y definiendo las funciones de calidad aprobadas o aceptadas por la DGAC; o (3) A través de un contrato de servicios entre el posee- dor del AOC y otro poseedor de un AOC, al que se le haya aprobado un sistema equivalente de mantenimiento; deta- llando las funciones de mantenimiento y definiendo las fun-ciones de calidad aprobadas por la DGAC. (c) Cada poseedor de un AOC deberá contratar a una persona o grupo de personas, aceptable para la DGAC, para asegurar que todo el mantenimiento es llevado a cabo a un estándar aprobado, de tal manera que se cumplantodos los requerimientos de mantenimiento de la Sección 121.363 y los requerimientos del MGM del poseedor del AOC, y para asegurar el sistema de calidad. (d) Cada poseedor de un AOC deberá proporcionar una adecuada oficina en una ubicación apropiada para el per- sonal especificado en el párrafo (c) de esta Sección. 121.373Análisis y vigilancia continua (a) Cada poseedor de un AOC establecerá y mantendrá un sistema para el análisis y vigilancia continua de la ejecu- ción y eficacia de su programa de mantenimiento de aero-navegabilidad continua, para la corrección de cualquier defi- ciencia en este programa, sin considerar si este programa es cumplido por el titular de un AOC o por otra persona. (b) Cada vez que la DGAC encuentre que el programa descrito en el párrafo (a) de esta Sección no contenga los procedimientos y normas adecuadas para cumplir los re-querimientos de esta Parte, el poseedor de un AOC debe, después de la notificación de la DGAC, realizar cualquier cambio en este programa que sea necesario para cumpliraquellos requerimientos. (c) Un poseedor de un AOC puede pedir a la DGAC para que reconsidere la notificación para hacer un cambioen el programa indicado (revisión). La petición debe ser enviada a la DGAC, dentro de los treinta (30) días después que el titular de un AOC recibe la notificación. Excepto enel caso de una emergencia que requiere acción inmediata en interés de la seguridad, la respuesta de la petición que- da pendiente de la decisión de la DGAC. 121.374Sistema de calidad (a) Para propósitos de mantenimiento, cada sistema de calidad del poseedor de un AOC requerido por la Sección 121.89 deberá incluir al menos las siguientes funciones: (1) Vigilar que las actividades especificadas en la Sec- ción 121.363 sean realizadas de acuerdo con los procedi-mientos aceptados; (2) Asegurarse que todo el mantenimiento contratado es llevado a cabo de acuerdo con el contrato; (3) Vigilar que en todo momento se cumpla los requeri- mientos de la Subparte L de esta Parte; y (4) Vigilar el cumplimiento y la adecuación de los pro- cedimientos requeridos para asegurar prácticas de mante- nimiento seguras, la aeronavegabilidad de la aeronave y productos aeronáuticos. (b) Para propósitos de mantenimiento, cada sistema de calidad del poseedor de un AOC requerido por la Sección121.89 deberá incluir un programa de aseguramiento de la calidad que contenga procedimientos diseñados para veri- ficar que todas las operaciones de mantenimiento están siendo conducidas de acuerdo con todos los procedimien-tos, estándares y requerimientos aplicables. (c) Cuando el poseedor de un AOC está aprobado como TMA, el sistema de administración de calidad del posee-dor del AOC puede ser combinado con los requerimientos como TMA y someterlo a la aprobación y aceptación de la DGAC, y a la Autoridad Aeronáutica del país de matriculapara aeronaves no matriculadas en la República del Perú. 121.375Programa de instrucción de mantenimien- to y mantenimiento preventivo Cada poseedor de un AOC o persona que realice funciones de mantenimiento o mantenimiento preventivo (por el mismo) debe tener un programa de instrucción para asegurar que cada persona (incluyendo el personal de inspección) que trabaje en ocertifique la calidad del ítem de trabajo realizado esté plena- mente informada acerca de los procedimientos, técnicas y los nuevos equipos en uso, y que es competente para efectuar sustareas y tiene su respectiva licencia vigente. 121.377Limitaciones del tiempo de trabajo del per- sonal de mantenimiento y mantenimiento preventivo (a) Ningún poseedor de un AOC puede programar a una persona para realizar funciones de mantenimiento en una aeronave certificada para transporte aéreo comercial por masde doce (12) horas consecutivas de trabajo. Si dicha persona ha trabajado doce (12) horas continuas, al día siguiente no podrá trabajar mas horas de su jornada normal (8 horas). (b) El poseedor de un AOC deberá establecer el des- canso de la persona que realiza las funciones de manteni- miento por un periodo de veinticuatro (24) horas consecuti-vas después que esta persona haya laborado por seis (6) días consecutivos. 121.378Requerimientos de un AOC que utiliza un sistema equivalente de mantenimiento (a) Excepto para el mantenimiento, mantenimiento pre- ventivo, alteraciones e inspecciones requeridas (RII) efec- tuadas por un TMA certificado bajo las disposiciones de laSubparte C de la Parte 145, cada persona que está directa- mente a cargo del mantenimiento, mantenimiento preventi- vo, o alteraciones y cada persona que realice las inspeccio-nes requeridas (RII), deben estar certificadas apropiadamente según lo prescrito en la Parte 65 Subpartes E y G. (b) Una persona que está directamente a cargo no ne- cesita observar físicamente a cada operario constantemen- te, no obstante dicha persona debe estar permanentemen- te disponible para consultas y decisiones de mayor autori-dad que las personas que efectúan el trabajo. 121.379Autoridad para efectuar y aprobar mante- nimiento, mantenimiento preventivo y al- teraciones (a) Un poseedor de un AOC puede realizar, o puede hacer acuerdo con otras personas o un TMA apropiada- mente habilitada para efectuar, mantenimiento, manteni-miento preventivo, y alteraciones como está previsto en su programa de mantenimiento de aeronavegabilidad con- tinua y su MGM y aprobado en sus OPSPECS, según laRAP 121.372. Además un explotador certificado puede efectuar esas funciones para otro explotador certificado, como está previsto en el programa de mantenimiento deaeronavegabilidad continua y MGM del otro explotador. (b) Un poseedor de un AOC puede aprobar cualquier aero- nave, estructura, motor de aeronave, hélice o accesorio pararetornar al servicio después de mantenimiento, mantenimiento preventivo, o alteraciones que son efectuadas según el párrafo (a) de esta Sección. No obstante, en el caso de una reparaciónmayor o alteración mayor, el trabajo debe ser según informa- ción técnica aprobada por la DGAC, y ser realizado por una persona licenciada y autorizada de acuerdo a la Parte 65. 121.380Requerimientos del registro de manteni- miento (a) Cada poseedor de un AOC debe mantener (usando el sistema especificado en el manual requerido en la Sec-