Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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LICA DEL P E

RU

329318

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-54 RESOLUCION Nº 2189-2006-JNE Exp. Nº 1960-2006 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 20 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Chevarria MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Avanza Pais-Partido de Integracion Social", contra la Resolucion Nº 079-2006-JEE-Cusco, de fecha 3 de setiembre de 2006, expedida por dicho MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO:

de MORDAZA, para las proximas Elecciones Municipales de 2006. Articulo Segundo.- Devolver en el dia, al MORDAZA Electoral Especial de origen, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-55 RESOLUCION Nº 2190-2006-JNE Expediente Nº 1961-2006 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 20 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Union por el Peru", contra la Resolucion Nº 079-2006JNE-PUNO, de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Puno; CONSIDERANDO:

Que, por Resolucion Nº 079-2006-JEE-Cusco, se denego la admision a tramite de inscripcion de la lista para el Concejo Distrital de MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Avanza Pais-Partido de Integracion Social", en vista que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Avendano MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Paliza, candidatos de la referida lista, no acreditaron domiciliar en el distrito de MORDAZA, cuando menos dos anos continuos; Que, el recurrente sostiene que la denegatoria de admitir a tramite la lista se sustenta en un computo aritmetico efectuado a la fecha de emision de los DNI de los ciudadanos aludidos, sin tomar en cuenta que han sido objeto de renovacion por caducidad del anterior, que en todo caso acompanan a su recurso de apelacion, la documentacion que permitira establecer que los candidatos cumplen con las disposiciones que la ley manda; Que, el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, establece que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos, que en caso de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Avendano MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Paliza presentan documentos de identidad caducos, asimismo, recibos de luz y de telefonia fija, comprobantes de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios, recibo por honorarios profesionales, con los cuales queda demostrada la residencia continua, de por lo menos dos anos de los candidatos observados, en consecuencia, se colige que se ha cumplido con el requisito establecido en la precitada MORDAZA legal; Que, por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por personero legal titular del partido politico "Avanza Pais-Partido de Integracion Social"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion 0792006-JEE-Cusco, de fecha 3 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del partido politico "Avanza Pais-Partido de Integracion Social" para el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento

Que, mediante Resolucion Nº 079-2006-JNE-PUNO, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Ilave, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union por el Peru"; por cuanto: (i) El ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor, se encuentra afiliado al partido politico "Partido Nacionalista Peruano", no habiendo presentado conjuntamente con la solicitud de inscripcion, la autorizacion o renuncia correspondiente; y, (ii) No ha cumplido con efectuar el pago total del derecho de tramite por concepto de inscripcion de la lista de candidatos, habiendo unicamente acreditado un pago de equivalente a S/. 304.00 (trescientos cuatro nuevos soles); Que, el apelante sostiene que el ciudadano MORDAZA referido no se encuentra afiliado al partido politico "Partido Nacionalista Peruano", por cuanto presento su renuncia irrevocable con fecha 29 de febrero de 2006; asimismo, senala que cumple con presentar el comprobante del deposito efectuado por la suma de S/. 36.00 (treinta y seis nuevos soles), a la cuenta corriente del JNE, a fin de acreditar el pago total por concepto de inscripcion de la lista de candidatos; Que, el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094, establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripciones, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen; Que, obra en el expediente, como documento adjunto al escrito de apelacion, la carta de renuncia presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al partido politico "Partido Nacionalista Peruano", el 18 de febrero de 2006; y el documento de fecha 20 de febrero de 2006, remitida por el Coordinador Departamental de MORDAZA del par tido politico "Par tido Nacionalista Peruano", al ciudadano MORDAZA referido, mediante el cual se acepta su renuncia; en ese sentido, se cumple con lo establecido en la Ley de Partidos Politicos; Que, asimismo, se ha adjuntado al escrito de apelacion el comprobante del deposito efectuado por la suma de S/. 36.00 (treinta y seis nuevos soles), por concepto inscripcion de la lista de candidatos, habiendose acreditado el referido pago; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones

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