NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328768El Peruano sábado 23 de setiembre de 2006 Es pertinente recordar que el 4 de octubre de 1968 el diario La Prensa hizo pública la nota editorial en que expresó su protesta por la violación del ordenconstitucional, y, al día siguiente -premonitoriamente- indicó Libertad de Prensa: Garantía Que No Admite Limitaciones Al preguntársele si el régimen que encabeza va a respetar la libertad de prensa, el Presidente de la JuntaMilitar, General Velasco, respondió: “depende…depende”, agregando que cuando un periódico o unaradio hable sin tener fundamento, sin tener base, “habrálimitaciones”. Tal afirmación reviste una gravedad queno es posible pasar por alto. Una “libertad de prensa” que se deja sujeta al criterio de lo que los gobernantes consideren que tienefundamento o tiene base, simplemente no es libertad deprensa, ya que el derecho ciudadano a la libre expresiónqueda limitado por juicios subjetivos que, por sersubjetivos, resultan arbitrarios. La libertad de prensa es la columna sobre la que se sustenta el respeto a la dignidad de la persona humana,que es la esencia misma del sistema occidental y cristiano.Allí donde la libertad de prensa no existe, pasan en silenciotodo género de arbitrariedades, los gobernantes pierdentodo contacto con la opinión pública, y la falta de esederecho fundamental o su recorte van acumulando en elpueblo el profundo resentimiento que lleva a los ciudadanossensatos y moderados a los peores extremos. La historia de nuestro continente está llena de ejemplos de los extremos a que conduce la instauraciónde limitaciones al ejercicio de la libertad de prensa. Puedeafirmarse, sin exageración alguna, que hoy no puedesilenciarse a la opinión pública sin que el régimen querecurre a esos procedimientos y, por desgracia, el paísmismo, sufran las consecuencias. En las últimas décadas la situación en este aspecto ha variado radicalmente con relación a lo que fue en elpasado. La Sociedad Interamericana de Prensa es undefensor denodado de la libertad de expresión. Bastaque un diario del continente sea clausurado, sometido ala censura o que sufra cualquier recorte en la libertad deexpresión, para que todos los órganos de expresión, deun extremo al otro del hemisferio, inicien una tenazcampaña en defensa del derecho conculcado. Si se ha de defender, por encima de todo, el prestigio del Perú como un país donde se respetan las libertadesbásicas inherentes a la persona humana, ningún peruanopuede ver sin alarma cualquier conato de supresión orecorte de la libertad que es la base del sistema occidentaly cristiano: la libertad de prensa. Ninguna razón, ningunadisculpa, por elaborada que sea, puede justificar que selimite el derecho de la opinión pública a expresar suspuntos de vista, su posición y su crítica frente a losproblemas comunes que a todos afectan. La verdaderagarantía para todos, para gobernantes y gobernados, esque los asuntos públicos puedan tratarse a la luz pública.Nadie tiene el monopolio del acierto y solamente de lacompulsa de las opiniones libremente expresadas es quepuede lograrse una línea de acción positiva en beneficiodel país. Hay que esperar, por ello, que sea cual fuere laposición de la Junta Militar, respete sin trabas ni limitacionesde ninguna clase el derecho de libre expresión, una libertadde prensa auténtica no sujeta en ningún caso a lacalificación o censura directa o indirecta del gobierno. El diario El Comercio , también el 4 de octubre de 1968, manifestó en su editorial sobre el pronunciamientode la Fuerza Armada, entre otros conceptos que En menos de veinticuatro horas la vida política del país ha dado un viraje por muchos sectores temido,ante la inexplicable acumulación de circunstancias que,poco a poco, distanciaron al Gobierno del PresidenteBelaúnde de sus dos tradicionales columnas de respaldo:la opinión pública y la Fuerza Armada. Es inútil disfrazarla realidad con visiones o espejismos. El proceso que haculminado con el derrocamiento del Presidente de laRepública y la clausura del Congreso no se ha incubadoantier, ni una semana antes. Es el resultado penoso deun lento deterioro institucional que puso a prueba no sólo la habilidad política de los grupos dirigentes, que esosería adjetivo y secundario, sino principios fundamentalespara el equilibrio social del Perú cuales son la soberanía,la autoridad, la moralidad pública y el sentido de generosodesprendimiento que debe animar la conducta públicade los hombres que desempeñan una misión en el cursode una democracia. …… Espera el país que la Fuerza Armada cumpla las promesas solemnemente formuladas. Espera laciudadanía que el problema de La Brea y Pariñas sea totaly definitivamente saldada en armonía con las aspiracionespopulares. Aguarda, asimismo, como lo expresa el“Estatuto del Gobierno Revolucionario”, que se logre lamoralización pública y privada y la mejora de los nivelesde vida, la defensa de la soberanía y dignidad nacionales.Igualmente, el respeto a los derechos inherentes a la librey soberana dignidad del país como la libertad de prensa, garantía de diálogo entre gobernantes y gobernados. Todo esto hará posible el regreso a una Democracia coninstituciones perfeccionadas y robustecidas a través dela indispensable reforma de la Constitución para evitarque se imponga el trajín, a menudo poco decoroso de lospolíticos, sobre el bienestar popular que es sinónimo depaz y de tranquilidad social. Los sectores ciudadanosdeben mantener la calma y la serenidad para que el Perúsalga triunfante de la crisis y no derrotado por el rencorpolítico y la lucha de hermanos contra hermanos. La Patrianuestra y la Patria de nuestros hijos hay que reedificarla con sacrificio y desinterés para que el Perú sepa siempre vivir con honor y dignidad. Los dos diarios –por aquel entonces– más importantes del Perú equivocaron notoriamente laapreciación de los hechos y de los propósitos del golpemilitar del 3 de octubre de 1968. Indujeron, incluso, a lapoblación a respaldar el delito de rebelión perpetrado. Para el ejercicio arbitrario, sin sujeción al derecho, conculcando las libertades fundamentales, el Gobiernomilitar, so pretexto de reorganizar el Poder Judicial, cesócon el beneplácito de varios medios de comunicación alos Vocales y Fiscales de la Corte Suprema, mediante el DECRETO LEY 18060 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPOR CUANTO:El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente: EL GOBIERNO REVOLUCIONARIOCONSIDERANDO:Que es objetivo del Gobierno Revolucionario moralizar el país en todos los campos de la actividadnacional y restablecer plenamente el principio deautoridad, el respeto a la ley y el imperio de la justicia; Que dentro de la acción renovadora de las instituciones nacionales asumida por el Gobierno Revolucionarioconstituye-materia de fundamental importancia la reformageneral de la administración de Justicia; Que la acumulación de procesos y el excesivo número de inculpados y acusados detenidos sin que judicialmentesea definida su situación, demuestra retardo en laadministración de Justicia lo que debe ser superado; Que la reforma ha de encarar primordialmente la tarea de configurar el Poder del Estado encargado de taladministración dentro de lineamientos que, asegurandobásicamente su total e indispensable independencia,garanticen asimismo la idoneidad de su personalcomponente dentro de un sistema que, alentando elesfuerzo y la dedicación austera, excluya la permanenciaen el cargo de los magistrados que no hubierandemostrado tal idoneidad para la función; Que igualmente constituye factor básico de esa reforma la redistribución adecuada de los Tribunales yJuzgados que satisfaga las necesidades reales del país;