Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (16/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

589654 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2016 / El Peruano nombre y representación del Estado peruano realice la operación respectiva; Que, al respecto, corresponde precisar que en la fecha en que se efectuó la adquisición del inmueble objeto del presente (año 2001), no existía un procedimiento específi co para tal fi n; procediéndose a emitir las resoluciones ministeriales indicadas en los párrafos precedentes, por medio de las cuales se autorizó la adquisición en mención, dentro del marco legal vigente en su oportunidad; Que, siendo que desde el año 2007 se han expedido dispositivos legales referidos al procedimiento para adquirir inmuebles en el exterior para el funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, corresponde enmarcar lo solicitado por la Embajada del Perú en la República Portuguesa dentro de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE en lo que respecta a la autorización para que en nombre y representación del Estado peruano se suscriba el contrato y demás documentos que fueran necesarios; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como, con el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1.- Representación del Estado peruano para las operaciones de fi nalización de arrendamiento fi nanciero y otras que resulten necesarias Autorícese al (la) Embajador(a) del Perú en la República Portuguesa para que, en nombre y representación del Estado peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para la fi nalización del contrato de arrendamiento fi nanciero celebrado para la adquisición del inmueble ubicado en Calçada de Galvão N° 19, Parroquia de Belém, Municipio de Lisboa, República Portuguesa; así como para efectuar la transferencia de la titularidad del predio antes indicado a favor del Estado peruano. Artículo 2.- Registro Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los registros que fueran necesarios en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 3.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1393426-2 Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2016-RE Lima, 15 de junio de 2016 VISTO: El Ofi cio N° 0830-2016-MTC/04, de 26 de abril de 2016, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, de acuerdo al detalle que se consigna en la presente resolución, la misma que corresponde ser emitida a fi n de autorizar los respectivos pagos; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Transporte y Comunicaciones a efectuar el pago de las siguientes cuotas: PLIEGO PRESU- PUESTARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 036 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES USD 155,760.15 COMISIÓN LATINOAMERICANA DE AVIACIÓN CIVIL – CLAC USD 50,000.00 COMISIÓN LATINOAMERICANA DE AVIACIÓN CIVIL Y ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL USD 142,285.00 ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL – OACI CHF 79,500.00 UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - UIT| USD 32,566.00 UNIÓN POSTAL DE LAS AMÉRICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL – UPAEP EUR 4,000.00 ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE METROS Y SUBTERRÁNEOS – ALAMYS Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1393428-1