Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de diciembre de 2018 /

El Peruano

2019, los cuales constan de diecisiete (17) Artículos y un (01) Anexo, así como los Anexos A, B y C, los mismos que forman parte integrante de este Decreto Supremo. Artículo 2. Vigencia El Decreto Supremo entra en vigencia a partir del 02 de enero del año 2019. Artículo 3. Publicación El Decreto Supremo y sus Anexos aprobados en el artículo 1, se publican en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de su publicación. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Metas correspondientes al año 2019 Apruébase las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2019, elaboradas en cumplimiento de los Lineamientos aprobados mediante Resolución Directoral N° 018-2018-EF/50.01, cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 31 de diciembre del año 2019 y se encuentran señaladas en el Anexo A de este Decreto Supremo. La evaluación de las metas referidas en el párrafo precedente se realiza considerando las actividades, los medios de verificación, las fechas límite y los puntajes establecidos en los "Cuadros de actividades" que son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, hasta el 31 de enero del año 2019. SEGUNDA. Transferencia de recursos por el cumplimiento de metas correspondientes al año 2019 La transferencia de recursos a favor de las municipalidades que cumplen las metas correspondientes al año 2019, se realiza hasta el mes de abril del año 2020, con cargo a los recursos que sean asignados al Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020. Los recursos del PI no transferidos por el incumplimiento de las metas señaladas en el párrafo precedente, son distribuidos por concepto de Bono adicional, hasta el mes de abril del año 2020, de acuerdo a la metodología que se detalla en el Anexo B de este Decreto Supremo, para lo cual, previamente la Dirección General de Presupuesto Público aprueba el Ranking de cumplimiento correspondiente a dicho periodo, de acuerdo a la metodología detallada en el Anexo C de este Decreto Supremo. TERCERA. Diseño de metas correspondientes al año 2020 La Dirección General de Presupuesto Público aprueba mediante Resolución Directoral los Lineamientos para la presentación de propuestas de metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal con la finalidad de establecer los criterios de evaluación y las fases del proceso de diseño de metas correspondientes al año 2020, en el marco del citado Programa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas

PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL DEL AÑO 2019 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Finalidad Establecer las metas y los "Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2019", en cumplimiento de lo dispuesto en el literal d) del párrafo 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 2. Objetivos El PI es una herramienta de Incentivos Presupuestarios diseñada en el marco del Presupuesto por Resultados (PpR) con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional. El PI tiene como objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales. Los objetivos específicos del PI son los siguientes: a) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. b) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales. Artículo 3. Ámbito de aplicación El PI es de aplicación a todas las municipalidades provinciales y distritales del país. Artículo 4. Financiamiento para el año 2019 El PI se financia en el año 2019 con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el literal d) del párrafo 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. La transferencia de dichos recursos se autoriza mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento recursos determinados. Artículo 5. Clasificación de municipalidades para el año 2019 La clasificación de municipalidades que utiliza el PI para las metas correspondientes al año 2019 es la siguiente: Clasificación de municipalidades
Nombre del grupo Municipalidades pertenecientes ciudades principales a Provincial Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E Distrital Tipo F 509 122 42 129 378 Jurisdicción Abreviatura Tipo A N° 74

Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales Municipalidades de Lima Metropolitana Municipalidades pertenecientes a otras ciudades principales Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con más de 70% de población urbana Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con población urbana entre 35% y 70% Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con menos de 35% de población urbana TOTAL

Tipo G

620 1874

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