Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 15 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

37

ANEXO C METODOLOGÍA DE ELABORACIÓN DEL ÍNDICE DE POSICIÓN EN EL "RANKING DE CUMPLIMIENTO DE METAS" ESTABLECIDAS AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 La posición que cada municipalidad tenga en el "Ranking de cumplimiento de metas" se determina a partir de un índice I, el que tiene tres componentes: (i) un componente determinado por la sumatoria del puntaje ponderado de metas cumplidas de las establecidas al 31 de diciembre del año 2019; (ii) un componente compuesto por la proporción de metas, establecidas al 31 de diciembre del año 2019, en las cuales se cumplió la totalidad de actividades; y (iii) un componente M compuesto por la proporción de metas cumplidas, respecto de las establecidas al 31 de diciembre del año 2018. En ese sentido, el índice I se construye considerando lo siguiente: a. Cada grupo de municipalidades (A, B, C, D, E, F y G) tiene un "Ranking de cumplimiento de metas". y , el b. Para el cálculo de los componentes índice I considera los resultados obtenidos por cada municipalidad en cada una de las metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019. c. Para el componente M se toma en cuenta el número de metas cumplidas en el periodo inmediato anterior (establecidas al 31 de diciembre del año 2018), entre el número total de metas establecidas para dicho periodo. Componente Se calcula considerando la suma ponderada de los puntajes alcanzados en las metas, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 2 de estos Procedimientos. Con el fin de que el componente tome valores entre 0 y 1, para cada grupo de municipalidades, se divide la suma ponderada de los puntajes obtenidos por cada municipalidad entre el valor máximo alcanzado en el periodo. Dichos valores máximos se determinan a partir del mayor puntaje ponderado que se obtuvo en cada grupo. Lo mencionado previamente se expresa en la siguiente fórmula:

valor corresponde a la suma ponderada de los puntajes obtenidos en cada meta.

Donde: Para cada municipalidad j dentro del grupo de municipalidades m:

Componente Está conformado por el número de metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019 en las cuales la municipalidad cumple la totalidad de las actividades, respecto del total de metas establecidas para dicho periodo. Lo mencionado previamente se expresa en la siguiente fórmula:

Componente M Está conformado por el número de metas establecidas al 31 de diciembre del año 2018 que la municipalidad cumple respecto del total de metas establecidas para dicho periodo. Lo mencionado previamente se expresa en la siguiente fórmula:

Índice I Empleando los tres componentes descritos previamente, se construye el índice I que toma valores entre 0 y 1, tal como se expresa en la siguiente fórmula:

Donde: i : Denota las metas consideradas en el Anexo Nº 2 de estos Procedimientos. m : Grupo m de municipalidades según la clasificación municipal (A, B, C, D, E, F y G). j : Municipalidad j en cada grupo m de municipalidades, donde j toma valores entre 1 y el valor correspondiente, de acuerdo al siguiente detalle: j = [1; 74] para el grupo A j = [1; 122] para el grupo B j = [1; 42] para el grupo C j = [1; 129] para el grupo D = [1; 378] para el grupo E j = [1; 509] para el grupo F j = [1; 620] para el grupo G Puntaje: j,m 31dec2019: Es el puntaje obtenido en las metas evaluadas hasta el 31 de diciembre del año 2019 por la municipalidad j del grupo de municipalidades m, según las consideraciones establecidas en los respectivos "Cuadros de actividades". Ponderador: j,m 31dec2019: Es el valor determinado para cada municipalidad grupo de municipalidades m en el Anexo N° 02 de estos Procedimientos. Ponderador: j,m 31dec2019: Es el máximo valor alcanzado en el cumplimiento de metas evaluadas al 31 de diciembre del año 2019 por alguna de las municipalidades dentro de su clasificación m (A, B, C, D, E, F y G). Este 1723865-1

Aceptan renuncia de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2018-EF Lima, 14 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 015-2015EF, de fecha 30 de abril de 2015, se designó al señor José Antonio Jesús Corrales Gonzales en el cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE; Que, el señor José Antonio Jesús Corrales Gonzales, formula renuncia al cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE, la que es pertinente aceptar; Que, el artículo 61 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, contempla como causal de vacancia la renuncia al cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE, la cual se formaliza

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.