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46 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021 El Peruano / b) El servidor judicial investigado intervino directamente en los siguientes actuados del proceso: Escritos presentados al 28º Juzgado Civil de LimaActuados dentro del proceso Expediente Nº 220-2012Resolución suscritaParticipación directa del servidor judicial investigado Del 1 de abril de 2013, de fojas 46 a 50, Margoth Alarcón Silvera solicita se autorice su intervención como litisconsorte demandada.Resolución Nº 9 del 10 de abril de 2013, de fojas 51: Pone a conocimiento de la demandante Cecilia Rosado Grados.Juez Simón Hugo Placido y el investigado.SI Del 9 de abril de 2013, de fojas 58 a 63, Margoth Alarcón Silvera solicita la suspensión del proceso, de acuerdo con el artículo 3º del Código Procesal Civil.Resolución Nº 11 del 18 de abril de 2013, de fojas 64, señala “Pendiente de resolver la intervención litisconsorcial, resuélvase oportunamente”.Juez Simón Hugo Placido y el investigado.SI Del 15 de mayo de 2013, de fojas 284, Cecilia Rosado Grados solicita expida auto de saneamiento.Resolución Nº 14 del 5 de junio de 2013, de fojas 285: “Pídase resuelto sea la intervención litisconsorcial”.Juez Segundo Rosas Montoya y el investigado.SI Del 23 de mayo de 2013, de fojas 67 a 70, pide absuelva el traslado conferido por Resolución Nº 9 sobre intervención litisconsorcial.Resolución Nº 15 del 5 de junio de 2013, de fojas 71: Declara improcedente la intervención litisconsorcial.Juez Segundo Rosas Montoya y el investigado.SI Resolución Nº 16 del 5 de junio de 2013, de fojas 72: Oficiar a Notario Público de Lima Aurelio Díaz Rodríguez para que dentro de cinco días informe sobre si ha firmado el contrato de transferencia de terreno y cláusula adicional.Juez Segundo Rosas Montoya y el servidor judicial Renán Martín Quiroz Batory.NO Escrito del 31 de mayo de 2013, de fojas 293 a 296, Margoth Alarcón Silvera anexa copia de atestado policial, de fojas 74 a 78, e informe de Notario Público de Lima Aurelio Díaz Rodríguez, de fojas 82, que dan cuenta que el contrato de transferencia de terreno y cláusula adicional no ha sido firmado por él. Resolución Nº 17 del 31 de julio de 2013, de fojas 297, señala: “Estese resuelto por resolución quince, recomendándosele al Especialista que da cuenta, poner mayor celo en el ejercicio de sus funciones”. Juez Gustavo Alberto Real Macedo y el investigado.SI Del 6 de junio de 2013, de fojas 89, Cecilia Rosado Grados solicitó se expida auto conforme al artículo 486º del Código Procesal Penal. Resolución Nº 18 del 31 de julio de 2013, de fojas 88: Pídase una vez resuelta la incidencia derivada de la resolución dieciséis.Juez Gustavo Alberto Real Macedo y el investigado.SI Del 10 de julio de 2013, de fojas 302, Margoth Alarcón Silvera interpone recurso de apelación contra la Resolución Nº 15.Resolución Nº 20 del 31 de julio de 2013, de fojas 306: Pídase una vez resuelta la incidencia derivada de la resolución dieciséis.Juez Gustavo Alberto Real Macedo y el investigado.SI Oficio del 12 de agosto de 2013, de fojas 311: Notario Público Aurelio Díaz Rodríguez veri fican que las certi ficaciones no coinciden con la fecha que fue asignado el notario.Resolución Nº 22 del 2 de octubre de 2013, de fojas 312: Suspende el proceso hasta que se resuelva en definitiva dicha incidencia, remitiendo copias certi ficadas al Ministerio Público.Juez Segundo Rosas Montoya y el investigado.SI iii) Pista de audio descargada del celular de la denunciante Cecilia Rosado Grados, de fojas once a veinticinco, transcrita mediante Informe número ciento treinta y uno guión dos mil trece guión AATE guión UIA guión OCMA diagonal PJ, del nueve de diciembre de dos mil trece, que acredita lo siguiente: a) La quejosa Cecilia Rosado Grados y el servidor judicial investigado se conocían y mantuvieron una relación extraprocesal. b) Ambos llegaron a un acuerdo dinerario relacionado al proceso del cual la quejosa es parte demandante por la suma total de tres mil soles, a ser entregados en dos etapas: la primera de mil quinientos soles con la entrega una vez emitida la resolución que resuelve el litisconsorcio, y la segunda de mil quinientos soles cuando se sanee el proceso: “Denunciante: Nosotros llegamos a un acuerdo , tú me dijiste los tres mil, yo te doy mira los tres mil, tú me dijiste el proceso ya saneado, mil quinientos cuando ya estaba la resolución de litisconsorte ... tú me dijiste eso sí o no? (...) pero yo también quiero que cumplas (...) ¿el juez ya sacó la resolución? Servidor: ininteligible Denunciante: En cuántos días crees que se pueda aprobar eso. Servidor: ... ya está en el despacho ...” (el resaltado es nuestro). c) El servidor judicial investigado entregó el proyecto de la resolución que declara improcedente la pretensión de litisconsorte a la señora Cecilia Rosado Grados, estando aun en despacho del juez y sin fi rmar: “Denunciante: (ininteligible) litisconsorcio (ininteligible) demandante y demandado tiene una misma pretensión sin pretensiones (ininteligible) una pudiera afectar a la otra; tercero, que de la remisión de autos podemos advertir que la pretendiente sólo ha acreditado su condición de posesionado, mas no (ininteligible) por otro lado tampoco ha sido parte de la (ininteligible) en la cual sería obligado a entregar escritura pública a favor de la demandante, que a la sentencia a expedirse en el presente proceso, únicamente tiene por objeto (ininteligible) escritura pública (ininteligible) enervan la posición alegada (ininteligible) en el presente proceso, esta judicatura resuelve declara improcedente (...) Ángel tú crees que para mañana esto ya salga? ” (el resaltado es nuestro). d) El servidor judicial investigado tuvo conocimiento de la investigación iniciada con Denuncia número quince guión trece guión Quincuagésimo segundo FPPL, de fojas setenta y cuatro a setenta y ocho, contra Cecilia Rosado Grados, por el delito contra la fe pública -uso de documento público falso y falsedad ideológica-, y supo que ello generaba implicancias desfavorables para ella en el decurso del proceso: “Denunciante: (...) nosotros habíamos llegado a un compromiso y tú no estás cumpliendo (...). Denunciante: Y si mañana te doy, mira Ángel.Denunciante: (ininteligible) en el Ministerio Público. Servidor: (ininteligible) lo paraliza todo... Denunciante: ... yo tengo acá la plata...” (el resaltado es nuestro). e) La quejosa Cecilia Rosado Grados pidió al servidor judicial investigado que emita con celeridad la resolución de litisconsorcio como parte de su acuerdo, lo que le permitía obtener más tiempo en el proceso principal, para lo cual el servidor judicial investigado accede: “Denunciante: ... porque ellos van a apelar, mientras ellos apelan, ya nosotros ganamos tiempo en el proceso y todo (...) pero yo también quiero que cumplas... ¿el juez ya sacó la resolución? (...)