Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

Iha, miercoles 25 dc noviemhrc de 1998 fin de lograr la adopcion de normas que aseguren una cabal aplicacion del Acuerdo Amplio de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, en lo que se refiere al regimen fronterizo. (i) Cumplir con las demas responsabilidades que le MORDAZA asignadas por la Comision de Vecindad ANEXON" REGLAMENTO DE LOS COMITES DE FRONTERAPERUANO-ECUATORIANOS CAPITULO 1 Disposiciones Generales Articulo 1" Los Comites de Frontera constituyen mecanismos de coordinacion binacional que tienen por objeto impulsar y supervisar la aplicacion de los acuerdos de regimen fronterizo peruano-ecuatoriano, asi como proponer procedimientos y soluciones agiles y oportunas a los problemas del MORDAZA de personas, bienes y medios de transporte por los pasos de frontera, puertos y aeropuertos habilitados, en un MORDAZA orientado a promover la cooperacion, integracion y el desarrollo de la region fronteriza. Articulo 2" Los Comites de Frontera Peruano-Ecuatorianos estaran conformados por Secciones Nacionales y se constituiran por pares de circunscripciones administrativas de nivel departamental (Peru) y provincial (Ecuador 1 adyacentes a la linea de frontera comun. Articulo 3" El presente reglamento se aplicara a los Comites de Frontera correspondientes a los siguientes pares de circunscripciones: EL ORO - TUMBES, MORDAZA - MORDAZA y MORDAZA CHINCHIPE - CAJAMARCA. Se aplicara, asimismo, a los futuros Comites de Frontera que los Gobiernos de Peru y Ecuador constituyan mediante canje de notas de sus respectivas Cancillerias. CAPITULO II Atribuciones Articulo 4" Los Comites de Frontera tendran las siguientes atribuciones: a) Participar activamente en la solucion de los problemas operativos del MORDAZA transfronterizo, binacional e internacional de personas, bienes y medios de transporte. b) Evaluar periodicamente el estado de aplicacion de los acuerdos sobre regimen fronterizo y elevar informes, incluyendo sugerencias, a los Coordinadores de las Secciones Nacionales del Comite Tecnico Binacional de Regimen Fronterizo de la Comision de Vecindad PeruanoEcuatoriana. c) Cumplir las instrucciones y tomar en cuenta las recomendaciones del Comite Tecnico Binacional de Regimen Fronterizo para la aplicacion mas eficiente de los acuerdos sobre regimen fronterizo. d) Promover la difusion de los acuerdos sobre regimen fronterizo entre los usuarios de los servicios localizados en los pasos de frontera, puertos y aeropuertos de su circunscripcion. e) Proponer al Comite Tecnico Binacional de Regimen Fronterizo programas de capacitacion destinados a los funcionarios de los organismos responsables de la aplicacion de los acuerdos sobre regimen fronterizo, asi como organizar y supervisar su ejecucion en sus respectivas circunscripciones. 0 Promover y supervisar programas de reuniones periodicas entre las autoridades de los servicios publicos presentes en los Centros de Atencion en Frontera CENAF - y en los puestos de control fronterizo, orienta-

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idos a coordinar la fluida y eficiente aplicacion de los :acuerdos sobre regimen fronterizo. CAPITULO III Composicion Articulo 5" El Comite de Frontera estara presidido en forma .alternada por el Prefecto Departamental, cuando la reunion se realice en el Peru, y por el Gobernador de la Provincia, cuando esta se efectue en el Ecuador. Estas autoridades ejerceran la Jefatura de sus respectivas Secciones Nacionales. Articulo 6" La autoridad que preside la reunion designara, entre las instituciones de su MORDAZA representadas en el Comite de Frontera, una Secretaria Permanente que ejercera dicha labor hasta que tenga lugar la proxima reunion. Articulo 7" Son miembros del Comite de Frontera los Jefes de los servicios publicos presentes en los CENA!? y puestos de control fronterizo, y puertos y aeropuertos habilitados, ademas del Consul o Consules de ambos paises en las respectivas circunscripciones, segun el listado siguiente de instituciones: PERU Superintendencia Nacional de Aduanas; Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; Policia Nacional del Peru; Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA)i Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Comite Transitorio de Administracion Regional. ECUADOR - Ministerio de Gobierno y Policia; Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones; Ministerio de Agricultura y Ganaderia; Ministerio de Turismo; Consejo Nacional de MORDAZA y Transporte Terrestre; Policia Nacional del Ecuador; Corporacion Aduanera del Ecuador; y la Direccion General de Migracion. Articulo 8" Podran asistir a las reuniones del Comite de Frontera representantes del sector publico y privado de las circunscripciones departamentales y provinciales que corresponda, provenientes de las areas de turismo, comercio! industria y actividades afines de ambos paises, a quienes se invitara cuando el temario haga pertinente su participacion y puedan contribuir a la tarea de orientacion y asesoramiento en las materias propias del Comite. Articulo 9" Los miembros del Comite de Frontera actuaran en el MORDAZA de las atribuciones que les corresponden conforme a sus respectivas legislaciones internas y reglamentos institucionales. CAPITULO Iv Funcionamiento Articulo 10" La autoridad que presida el Comite de Frontera convocara a reuniones ordinarias y extraordinarias con conocimiento del Comite Tecnico Binacional de Regimen Fronterizo. Articulo ll" El Comite sesionara en forma ordinaria con periodicidad trimestral en forma alternada en uno y otro pais. Sus miembros seran convocados con al menos dos semanas de anticipacion. Junto con dicha convocatoria, los miembros del Comite recibiran el temario, el mismo que debera ser

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