Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

I.ima, mi&wles 25 de nuvicmhrc dc 1998

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MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 13723

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa y Encargado de la Cartera del Interior 13688

Afectan en uso a favor del INDECOPI y del OSIPTEL, terreno ubicado en el Autorizan el apoyo prestado por SEDA- distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA la provincia de Nasca con motivo RESOLUCION SUPREMA w 27%9%PRES de desastres naturales ocasionados MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 por el Fenomeno del MORDAZA

PRES

DECRETO SUPREMO N" 019-9%PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" OlO-98.PCM de fecha 19 de febrero de 1998, se declaro en emergencia, por el plazo de 120 dias, a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, Ayacucho. MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, asi como la provincia de Oxapampa y el distrito de MORDAZA, afectados por los desastres naturales ocasionados por el Fenomeno del Nino; Que,los trabajos programados en las zonas declaradas en emergencia, tanto para prevenir los posibles desastres como para rehabilitar los sistemas colapsados, demandaron la participacion efectiva de los Ministerios del Sector Publico y de sus organismos y empresas dependientes, que cuentan con recursos economicos y tecnicos, a fin de ejecutar oportunamente las acciones dispuestas y restituir el normal desenvolvimiento de los servicios publicos; Que, en ese sentido se solicito la cooperacion de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, que cuenta con la capacidad tecnica, equipos especializados, recursos humanos y capacidad financiera requerida, para apoyar a algunas ciudades en la rehabilitacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado colapsados por las inundaciones producldas, asi como para abastecer de agua potable a traves de camiones cisterna a poblaciones que se quedaron sin el servicio; Que, en este sentido se solicito la colaboracion de SEDAPAL, a fin de apoyar a la pro+icia de Nasca con un camion cisterna, a partir del mes de MORDAZA de 1998 hasta el `15 de agosto de 1998; Que, en consecuencia es necesario autorizara SEDAPAL, en via de regularizacion, a prestar dicho apoyo, exonerandola de lo dispuesto en el Art. 3 1" del Reglamento de la Ley N" 26338, aprobado por Decreto Supremo N" 09-95-PRES del 25 de agosto de 1995; De conformidad conlodisnuesto ~ore1Ar-t. 8"tiela Lev N" 26338, Decreto Legislativo N" 560 y Decreto Legislat~VO N" 25556; DECRETA Articulo l".- Autorizar, en via de regularizacion, el apoyo prestado por la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, a la provincia de Nasca, departamento de Ica, desde el mes de MORDAZA de 1998 hasta el 15 de agosto de 1998, mediante un camion cisterna y un chofer para su operacion. Articulo 2".- La citada empresa queda exceptuada de lo previsto en el Art. 31" del Reglamento de la Ley N" 26338, aprobado por Decreto Supremo N" OY-95PRES. Articulo 3".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

Visto, el Expediente N" 3 13405, por el cual el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual INDECOPI y el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, solicitan la afectacion en uso del terreno de 12 823,00 m2, ubicado en la esquina de la avenida MORDAZA Civil y avenida Canada, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de que sea destinado a sus sedes institucionales; CONSIDERANDO: Que? el Estado es propietario del terreno de 18 471,84 m2, ubicado en la esquina de la avenida MORDAZA Civil y avenida Canada, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha N" 120482 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el Asiento N" 1362 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Carta W 453-INDECOPYGEG, de fecha 16de noviembre de 1994y Documento C. 174-GG/95, de fecha 26 de enero de 1995, modificado porla Carta WO1211998/GEG-INDECOPI, de fecha 10 de marzo de 1998, suscrita porlos Gerentes del Instituto Nacional de Defensa delaCompetenciaydelaPropiedadIntelectual-INDECOPI y del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, solicitan de acuerdo a sus necesidades institucionales la afectacion en uso del terreno de 12 127,24 m2 y 695,76 m2, ubicado en la esquina de las avenidas MORDAZA Civil y Canada, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo W 006~81-VC, de fecha 27 de febrero de 1987, se afecto en uso a favor del Instituto de Investigacion Tecnologica Industrial y de Normas Tecnicas "ITINTEC" el terreno de 12 823,00 m2. ubicado en la esquina de las avenidas MORDAZA Civil y Canada, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para la construccion de su local y laboratorios, el mismo que se encuentra formando parte del terreno de mayor extension indicado en el primer considerando de la presente resolucion; Que, mediante Decrete Ley N' 25868 se creo el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, como organismo dependiente del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Decreto Ley acotado dispuso que por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se transfiera al INDECOPI los recursos economicos, saldos presupuestales, bienes patrimoniales y acervo documentario del Instituto de Investigacion Tecnologica Industrial y de Normas Tecnicas - ITINTEC conforme a lo dispuesto en el Articulo 2" del Decreto Ley N" 25818 que declara en disolucion y liquidacion a dicho instituto; Que, mediante Informe N"328-98/SBN-DAT, de fecha 5 de agosto de 1998, la Direccion de Apoyo Tecnico da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el terreno submateria indicando que el predio de 695,76 m2 que solicita OSIPTEL corresponde a parte del edificio que ocupa INDECOPI, con ingreso directo e independiente por la MORDAZA La Prosa con numero municipal 136, correspondiendo a una edificacion de material noble, con servicios basicos de infraestructura, originalmente de 2 nive-

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