Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

1 .ima, miercoles 25 de noviembn: de 1998

el);kmtom, Pag. 166393
ademas adjunta fotografias de la propaganda de la lista en mencion; CONSIDERANDO: Que, del analisis de autos se establece que en fecha 17 de agosto del ano en curso don MORDAZA MORDAZA Wong Ayon inscribio ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales a la lista independiente de nombre "Paita Contigo" para participar en los comicios municipales realizados en la provincia de Paita, tal como se acredita de la solicitud de inscripcion que aparece a fojas 89 a 91, razon por la cual se desvirtua la argumentacion de perjuicio en la mutilacion del nombre que alega el personero recurrente; siendo correcto que en las cedulas de sufragio y actas electorales figure el nombre de "Paita Contigo", conforme fue solicitado al momento de su inscripcion ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, el personero impugnante no ha acreditado que los miembros de MORDAZA Electoral Especial de Paita don Teddy R. MORDAZA Sears y don MORDAZA MORDAZA Paiva hayan actuado en forma parcializada; tampoco ha probado que la Subprefecta MORDAZA actuado en forma indebida a favor del Movimiento Indenendiente "Vamos Vecino": Que, del analisis de autos se establece que el recurrente no ha acreditado las irregularidades que indica, tales alegaciones no son prueba suficiente para declarar la nulidad de elecciones que se solicita en la provincia de Paita; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de nulidad interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente Paita Contigo, respecto a solicitud de nulidad de las elecciones realizadas en la provincia de Paita, departamento de Piura. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13708 RESOLUCION W 1134-98-JNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 VISTOS: La comunicacion de don Emel MORDAZA MORDAZA Cervera, Personero Legal de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancavelica, recibida con fecha 23 de octubre del presente ano, quien solicita la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de YauIi, provincia y departamento de Huancavelica, invocando en su pedido las causales de fraude, cohecho, soborno, intimidacion, violencia, asicomo que los Miembros de Mesa han ejercido violencia e intimidacion sobre los electores, con el objeto de inclinar la votacibn a favor de la Lista Independiente "Ahora Perdi" y por graves irregularidades; y para efectos de sustentar la nulidad solicitada, enumera los siguientes puntos: 1) Al amanecer del dia de las elecciones, se apreciaron pintas en distintos lugares de la entrada de la MORDAZA de Yauli, tales como "Si votan por el tractor habra MORDAZA civil", "Si votas por Lorgio MORDAZA correra sangre", "Si gana el tractor habra MORDAZA y muerte entre la comunidad y el pueblo", asi como volantes con la hoz y el martillo, acciones que el recurrente atribuye al candidato de la Lista Independiente "Ahora Peru"; 2) Las mesas de sufragio se instalaron inadecuadamente en lugares poco apropiados, en los que funcionaban dos camaras secretas a la vez y donde no se encontraban pegadas las listas de candidatos; 3) Aproximadamente a las 14.00 horas del dia de las elecciones, el candidato a la Alcaldia Provincial, por la Lista Indepen-

el normal desarrollo del MORDAZA electoral, ademas de su supuesta vinculacion con los coordinadores de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas y aplicando supletoriamente lo dispuesto por el primer parrafo del Articulo 343" del Codigo Procesal Civil, el desistimiento carece de eficacia, debiendo por tanto, continuar el proceso; Que, a fs. 63, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se le tenga por apersonado al MORDAZA, en virtud a su condicion de Personero "Titular Suplente" de la Lista Independiente "Atuncolla al ano 2,000", conforme a la credencial que en MORDAZA certificada acompana; manifestando su conformidad con los hechos expresados en autos; que asimismo los hechos expuestos no se encuentran debidamente acreditados; por lo que, se declara improcedente lo solicitado, haciendo presente que el Articulo 136" de la Ley Organica de Elecciones N" 26859 no es aplicable al presente caso; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo IJnico.- Declarar infundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno; interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular de la Lista Independiente "Atuncolla al ano Z,OOO", atendiendo a las consideraciones expuestas en los parrafos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13707 REXOLUCION W 1130-9%JNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 VISTOS: El recurso de nulidad recibido el ll de noviembre del ano en curso, interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente Paita Contigo, quien solicita la nulidad de las elecciones realizadas en la provincia de Paita, departamento de MORDAZA, alega que: a) Se ha inducido a error al electorado al suprimir arbitrariamente en la cedula de sufragio la frase "Lista Independiente" y a continuacion Paita Contigo; b) Los miembros del MORDAZA Electoral Especial de Paita don Teddy MORDAZA Sears y don MORDAZA MORDAZA Paiva son conocidos por toda la comunidad como miembros militantes del Movimiento Independiente Vamos Vecino; c) La Subprefecta de la provincia de Paita autorizo al Movimiento Independiente Vamos Vecino para realizar un mitin el dia 8 de octubre del ano en curso, y no respeto el pedido de las demas agrupaciones de realizar su mitin; y, que utilizo a los gobernadores y personas bajo su dependencia para hacer MORDAZA a favor del Movimiento MORDAZA citado aprovechando los alimentos del PRONA& y, dl Los activistas del Movimiento Vamos Vecino repartieron en la provincia de Paita, kerosone, alimentos y pagaron dinero para que marquen el tractor; que en el distrito de Amotape no se permitio el ingreso de personeros a pesar de mostrar su credencial; que 57 personas cuando concurrieron a sufragar se dieron con la sorpresa que en la lista de electores figuraban como si ya hubieses votado; que en el Colegio Sagrado Corazon de MORDAZA miembros del Movimiento Independiente Vamos Vecino estuvieron entregando calendarios con la propaganda de su agrupacion y en el Colegio San MORDAZA entregaban tickets para reclamar alimentos; La comunicacion recibida el 20 de noviembre del ano en curso, remitida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal del Movimiento Independiente Vamos Vecino, quien remite el Oficio N" 884-98GGE/ONPE respecto a la denominacion de la lista "Paita Contigo",

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.