Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

1. La Unidad de Registro Tributario remitira a la Unidad de Fiscalizacion Tributaria, semanalmente MORDAZA de las Declaraciones Juradas del Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos recepcionados. 2. La Unidad de Fiscalizacion Tributaria a traves de los fiscalizadores designados v debidamente acreditados por la misma, verificara que los Estahlecimientos Publicos de Recreacion, Bailes v Diversiones, que hayan o no presentado su declara&n Jurada del Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, cumplan con lo establecido en el presente reglamento y normatividad vigente sobre la materia, levantando la Ficha de Fiscalizacion en original y MORDAZA, en formato Preihxpreso especialmente por la Administracion Tribut&ia : 2.1 2.2 2.2.1 2.2.2 2.2.3 2.2.4 La que sera firmada conjuntamente con el conductor del establecimiento. En la misma que se consignara entre otras. la siguiente informacitin :

POR TANTO: Mando que se registre. comunique, publiqueycumpla. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13619

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
htorizan a alcaldesa solicitar el cambio de zonificacion de lotes al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N" 023.9%MJM MORDAZA MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 Visto. la propuesta de la seriora Alcaldesa MORDAZA MORDAZA Negron, presentada en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de noviembre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose difundido por diversos medios de comunicacion social que ENACE pretende subastara traves de su Comision de Privatizacion los lotes mimeros 68y 74 de la Residencial San MORDAZA ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, terrenos utilizados por los vecinos de dicho complejo residencial, asi como por los del distrito por mas de 20 anos como zonas de uso recreacional y areas verdes, en tal sentido resulta obligacion de la Municipalidad de
Numero del boletaje usado. Valor de entrada realmente cobrado. Numero de usuarios o publico concurrente. Numero de pases o entradas libres o especiales usadas. 2.2.5 Hora de inicio y termino de la fiscalizaciiin. 2.3 Al final del espectaculo y previamente ala firma de la Ficha de Fiscalizacion. el fiscalizador procedera al conteo del boletaje usado, asi como al retiro del boletaje no usado.

Articulo Trigesimo Sexto.. Los deudores tributarios y omisos que no hubiesen subsanado las Liquidaciones de oficio en el termino de veinticuatro 124 I horas podran formular su reclamacion de acuerdo a lo establecido en el Codigo Tributario. CAPITULO IX DE LAS RECLAMACIONES Articulo Trigesimo Septimo.- Pondra fin ala reclamacion, la resolucion correspondiente. Articulo Trigesimo Octavo.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA debera adecuar sus procedimientos tecnicos y administrativos, conforme a lo ordenado con el presente reglamento, y Reglamento Nacional de Construcciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Oficina de Administracion Tributaria olas que MORDAZA SUE veces, estan obligadas al estricto cumplimiento de lc ordenado en el presente reglamento, por lo que, entre otras acciones, se encargaran de consignar claramente en los Certificados de Compatibilidad de Cs0.v de Autori. zacion Municipal de Funcionamiento, y la propia Hesolw cion autoritativa, el articulo e inciso de la presente Direc tiva. que permita identificar sin duda la actividad econo. mica autorizada. Segunda.- Deroguense el Edicto N" 01-90-X-A/ MC.. la Resolucion de Concejo N" 08-90/MC., la Resoluci0n de Alcaldia N" 1428-96-A/MC, y toda disposicion que se oponga a lo ordenado con la presente directiva. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Los Establecimientos Publicos de Recreacion, Bailes y Diversiones, en actual funcionamiento, que cuentan con la respectiva Autorizacion Municipal de Funcionamiento, y que no cumplan con lo ordenado con los incisos a I y b I del Articulo MORDAZA del presente Reglamenta tendran un plazo de sesenta (60) dias, para adecuarse alo indicado, en cuyo defecto debera procederse al cierre o clausura de los mismos.

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