Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 1998 VISTOS: El recurso de nulidad, recibido el 2 1 de octubre del ano en curso, interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personal Legal del Movimiento Indenendiente Vamos Vecino quien solicita se declare la nulidad de la Resolucion N" 022-98JEECP expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo que declaro infundada las observaciones realizadas al acta de la Mesa de Sufragio N" 208099, alega que la MORDAZA de acta en mencion de la ODPE de MORDAZA Portillo difiere con la MORDAZA entregada a los personeros de las listas que se acreditaron en dicha mesa; y, en consecuencia, se declare nula la proclamacion de los resultados electorales en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Los Oficios N"s. 054,055 y 057-98-JEE-CP, recibidos en fecha 23 de octubre del ano en curso, del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, quien remite los pedidos presentados por don MORDAZA MORDAZA Garcia: a) El recurso de nulidad del computo general de los resultados electorales en distrito de MORDAZA por no tener el total de votos validos de la lista independiente "Izquierda MORDAZA MORDAZA, ya que el Acta Electoral N" 208099 que tienen los personeros difiere de las actas de la ODPE y la del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo; y: b) La queja de derecho por denegatoria de apelacion interpuesta contra las Resoluciones Ns. 022 y 024-98-JEE-CP que declaran infundadas las observaciones realizadas en las Mesas de Sufragio N"s. 208099 y 000095; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 178" de la Constitucion Politica, este Supremo Organo Electoral ejerciendo su funcion fiscalizadora ha procedido a abrir el sobre MORDAZA que contiene el acta de la Mesa de Sufragio N" 208099, se ha verificado que dicha acta guarda conformidad con el acta de sufragio de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales y el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, razon por la cual dicha acta es valida y conforme a ley la Resolucion N 022-98-JEE-CP expedida por el MORDAZA Electoral en referencia; Que, respecto a la validez del acta de la Mesa de Sufragio N" 000095 se aprecia que el numero de electores habiles es de 85, que los votos emitidos para la provincia de MORDAZA Portillo son en numero de 45 yen el distrito de MORDAZA aparecen 25 votos emitidos, en caso de diferencia entre las sumas respectivas, se toma el numero mayor, en este caso 45 es menor al numero de electores habiles, de 85, razon por la cual dicha acta es valida y conforme a ley la Resolucion N" 024-98-JEE-CP expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo; de conformidad con lo disnuesto por el Articulo 315" literal b) de la Ley Organka de Elecciones N" 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de nulidad interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal del Movimiento Independiente Vamos Vecino contra la Resolucion N" 022.98.JEECP expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo que declaro infundada las observaciones realizadas al acta de la Mesa de Sufragio N" 208099. Articulo Segundo.- Declarar infundado el recurso de nulidad interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Izquierda de MORDAZA MORDAZA, respecto a la nulidad de computo general de los resultados electorales en distrito de Campoverde; asimismo, declarar infundada la queja de derecho por denegatoria de apelacion contra las Resoluciones Nos. 022 y 024-98-JEE-CPque declaran infundadas las obsrrvaciones realizadas en las Mesas de Sufragio N"s. 208099 y 000095. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13711

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan ampliacion de alcance de auditoria para el examen de estados financieros y otros aspectos del Programa de Rehabilitacion y Mantenimiento de Carreteras
RESOLUCION DE CONTRALORIA IV" 143~98-CG MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 Vistos, la Hoja de Recomendacion N" 028-98-CGiNTE de 18 de noviembre de 1998, respecto ala procedencia de otorgar autorizacion para la ampliacion del alcance de la auditotia externa solicitada por el Programa de Rehabilitacion de Transportes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para el examen a los Estados Financieros y otros aspectos operativos del periodo 1998, del Programa 06 Rehabilitacion y Mantenimiento de Carreteras Prestamo BID W 651/OC-PE, contando con las visaciones de la Gerencia de Supervision y Desarrollo? Normas Tecnicas y Secretaria Tecnico Juridica y de Etica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Contraloria N" 17497-CG de 20 de octubre de 1997, resultado del Concurso Publico de Meritos N" 09-97-CG, se designo ala Sociedad de Auditoria MORDAZA Brown y Asociados S. Civil, para examinar los estados financieros y otros aspectos operativos del periodo 1997; Que, existe elrequerimiento del Programa de Rehabilitacion de Transportes para ampliar el alcance de la auditoria por el periodo 1998, por cuanto la firma auditora no pudo incluir en el cierre de operaciones del prestamo, el costo final de contratos de obra y supervision que se encontraban en MORDAZA de liquidacion final, los mismos que estan concluyendo en el presente ejercicio y que han originado pagos de US$ 100,000.00 (cien mil y OO/100 dolares); Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID ha comunicado la no objecion a la suscripcion de la Addenda al contrato suscrito con la firma MORDAZA Brown y Asociados S. Civil; Que! mediante el proyecto de Addenda remitido; se determman los objetivos del examen, composicion de equipo auditor, fecha de entrega de los informes y honorarios profesionales a sufragarse; aspecto que garantiza la calidad del trabajo a realizarse; Que, en merito a lo expuesto, resulta pertinente otorgar la autorizacion solicitada, teniendo en cuenta que la firma auditora ha recibido toda la informacion actualizada de las operaciones de la entidad, al haber efectuado la auditoria del periodo 1997 y cumplido con las estipulaciones del contrato, aspectos que favorecen la prontitud con la que se requieren los informes; Que, la entidad conformara una comision especial que se encargara de cautelar el cumplimiento del contrato, la que mantendra informada a la Contraloria General de la Republica de las incidencias en su ejecucion, ademas ~ alcanzara la evaluacion de su cumplimiento, segun lo previsto en el Articulo 44" del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria;

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