Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, micrcoles 25 de noviembre oc 199X presente ano en el distrito de SAN MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13705 RESOLUCION W 1131-9%JNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 Vista, en sesion publica del 13 de noviembre de 1998, la solicitud de nulidad, presentada por don MORDAZA Valdivieso MORDAZA, Personero Legal del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", contra la Resolucion N" 038-98-JEET de fecha 15 de octubre de 1998 del MORDAZA Electoral Especial deTrujillo que declaro improcedente la solicitud de nulidad de las Elecciones Municipales realizadas en el distrito IA MORDAZA de la provincia de MORDAZA, departamento La MORDAZA realizada el ll de octubre del presente ano; por considerar que los medios probatorios presentados a criterio del MORDAZA Electoral Especial no son pertinentes para declarar la nulidad de las elecciones realizadas en dicho distrito; CONSIDERANDO: Que, la solicitud del Personero Legal del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", sobre nulidad de elecciones en el distrito La MORDAZA (Trujillo), esta sustentada en el hecho de que los participantes de la lista ganadora del Partido Aprista un dia MORDAZA y en el mismo dia de las elecciones repartieron volantes MORDAZA por MORDAZA difamando al candidato de la Lista Independiente Vamos Vecino, don MORDAZA MORDAZA Arrestegui, razon por la cual inclinaron sus votos a favor de don MORDAZA Raza MORDAZA del APRA; Que. por resolucion N" 038-98-JEET de fecha 15 de octubre de 1998 el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA declaro improcedente la solicitud de nulidad de las elecciones realizadas en el distrito de La MORDAZA (Trujillo) por los siguientes fundamentos: que los recortes periodisticos no constituyen elementos probatorios sino son notas decaracterinformativos, tampocopresentandocumentos de denuncias ante la policia o fiscalia por la realizacion de propaganda electoral en los dias prohibidos y que ademas las declaraciones juradas presentadas no son elementos probatorios, por no haber sido expedidas por la autoridad competente; Que, la reparticion de los volantes contra el candidato del "Movimiento Independiente Vamos Vecino" en dias prohibidos por la Ley Electoral no esta acreditado, por lo que no constituye elemento probatorio que podrian haber inclinado la votacion a favor del Partido Aprista y en contra del "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; igualmente los recortes periodisticos presentados no constituyen pruebas que pueden haber variado los resultados de las elecciones, y el memorial adjuntado por los recurrentes no constituyen pruebas que amerite la nulidad de las elecciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundada la solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA Valdivieso MORDAZA, Personero Legal del "Movimiento Independiente Vamos Vecino" contra la Resolucion N" 038-98 JEET que declaro improcedente la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de LA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, el ll de octubre del presente ano: por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion.

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SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13709

Declaran que MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA continuan en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION W 1132-98-JNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 VISTOS: Las comunicaciones recibidas los dias 11 y 16 de noviembre del ano en curso, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, quien comunica que en sesion de Regidores realizada el 9 de noviembre pasado, se aprobo acordar la vacancia del cargo de MORDAZA que desempena don MORDAZA MORDAZA Rosello MORDAZA, por la causal contenida en el inciso 71 del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades; El Oficio N" 083-98-A-MDMM y las comunicaciones cursadas por don MORDAZA MORDAZA Rosello MORDAZA,,Alcalde del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, con Ingresos de fechas 11, 17 y 18 de noviembre del presente ano, respectivamente,comunicandohaberinterpuestodenuncia penal contra los Regidores de su comuna por los delitos de usurpacion de autoridad, violencia y resistencia a la autoridad,, y abuso de autoridad, en agravio de la Municipalidad Distrital de MORDAZA del Mar; asimismo, solicita la revision del acuerdo de Regidores que declara la vacancia del cargo de MORDAZA que desempena; y, finalmente, solicita pronunciamiento sobre aplicacion del Articulo 42" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, de declaracion de vacancia de once Regidores de su comuna, siendo estos los siguientes: 1) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 2) MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, 3) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 4) Delmer MORDAZA MORDAZA, 5) MORDAZA Paiva Arbulu, 6) MORDAZA Klauer MORDAZA, 7) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 8) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 9) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 101 MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, y 111 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya inasistencia a sesiones impide el funcionamiento del Concejo por falta de quorum; El Oficio N" 137-98-SG-MDMM recibido el 19 de noviembre ultimo, suscrito por el Secretario General de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, quien remite la Resolucion de Alcaldia N" 586.98-A-MDMM de fecha 16 de noviembre de 1998, mediante la cual se constituye la Junta Ejecutiva Municipal conformada por el MORDAZA MORDAZA Rosello MORDAZA, y los Regidores MORDAZA Marmarelli Cavagnari, MORDAZA Paulini MORDAZA y MORDAZA Cenas Casamayor; en aplicacion del Articulo 42" de la Ley N" 23853, por no poder funcionar el concejo por falta de quorum; El escrito recibido el 19 de noviembre de 1998,, presentado por el Regidor del mismo Concejo Distntal, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, impugnando la constitucion de la Junta Ejecutiva Municipal constituida mediante Resolucion de Alcaldia N" 586-98-A-MDMM; CONSIDERANDO: Que, de la lectura de la MORDAZA legalizada del acta de sesion de fecha 9 de noviembre de 1998, obrante a fojas veintitres a veinticinco, se desprende que un grupo de Regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, declaro la vacancia del cargo de MORDAZA del mencionado Concejo, ejercido por don MORDAZA MORDAZA Rosello MORDAZA, invocando como causal el inciso 71 del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades, y enunciando los siguientes fundamentos: 1) No ha informado sobre: al Personal de confianza y por servicios no personales, b)

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